---
title: "Arbitraje en contrataciones públicas: cuándo procede y cuánto cuesta"
url: https://modelo.pe/blog/arbitraje-en-contrataciones-publicas-cuando-procede-y-cuanto-cuesta/
canonical: https://modelo.pe/blog/arbitraje-en-contrataciones-publicas-cuando-procede-y-cuanto-cuesta/
area: "Derecho Administrativo"
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
publisher_url: https://modelo.pe
license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-08-09
date_modified: 2026-08-09
keywords: arbitraje contrataciones del estado, arbitraje ley 32069, arbitraje institucional oece, cuanto cuesta un arbitraje contra el estado, regaju centros de arbitraje
---

# Arbitraje en contrataciones públicas: cuándo procede y cuánto cuesta

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe) · Derecho Administrativo · Perú · es-PE
**URL canónica:** https://modelo.pe/blog/arbitraje-en-contrataciones-publicas-cuando-procede-y-cuanto-cuesta/
**Licencia:** CC-BY-4.0 (cita libre con atribución)

## Resumen

Bajo la Ley 32069, el arbitraje en contratos con el Estado es institucional por regla general, ante centros acreditados en el REGAJU que administra el OECE. El arbitraje ad hoc solo procede cuando la controversia no supera 10 UIT, equivalentes a S/ 55,000 en 2026. El costo depende del centro elegido y del monto en controversia, y cada centro cuenta con su propia tabla de gastos arbitrales.

## Datos rápidos

- **Regla general:** Arbitraje institucional en centros acreditados en el REGAJU (OECE)
- **Arbitraje ad hoc:** Solo si la controversia no supera 10 UIT
- **UIT 2026:** S/ 5,500
- **Tope arbitraje ad hoc 2026:** S/ 55,000 (10 UIT)

## Qué controversias pueden ir a arbitraje en un contrato público

El arbitraje es la vía habitual para resolver controversias que surgen durante la ejecución de un contrato con el Estado: discrepancias sobre penalidades aplicadas, ampliaciones de plazo no reconocidas, valorizaciones u obligaciones de pago no cumplidas, resolución de contrato, nulidad de actos posteriores a la buena pro, entre otras materias de libre disposición vinculadas a la ejecución contractual. No todo puede arbitrarse: las decisiones que corresponden exclusivamente a potestades administrativas de la entidad, como ciertos actos previos a la firma del contrato, generalmente se cuestionan por la vía del recurso administrativo y no por arbitraje. El convenio arbitral, incluido en el contrato o incorporado por mandato de la ley, es el que habilita esta vía: por eso, antes de asumir que un desacuerdo puntual es arbitrable, conviene revisar tanto la cláusula de solución de controversias del contrato como el marco legal vigente al momento en que se suscribió.

## Arbitraje institucional: la regla general bajo la Ley 32069

La Ley 32069 establece el arbitraje institucional como la regla general para resolver controversias derivadas de contratos con el Estado. Esto significa que el proceso se tramita ante un centro de arbitraje acreditado en el REGAJU (Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas), que administra el OECE. Los árbitros deben formar parte de la nómina del centro que administra el proceso, y ese centro, a su vez, debe estar registrado en el REGAJU para que el arbitraje sea válido bajo la nueva ley.

## Arbitraje ad hoc: la excepción y su límite de 10 UIT

La Ley 32069 introduce, por primera vez, la posibilidad de un arbitraje ad hoc (es decir, sin la administración de un centro institucional) pero con una limitación económica expresa: solo procede cuando la controversia no supera las 10 UIT. Con el valor de la UIT 2026 en S/ 5,500, ese límite equivale a S/ 55,000. Si el monto en controversia supera ese umbral, el arbitraje debe tramitarse necesariamente de forma institucional, ante un centro acreditado en el REGAJU.

## Qué pasó con el antiguo SNA-OSCE

El Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE) organizaba y administraba directamente los arbitrajes en contrataciones públicas bajo la ley anterior. Con la Ley 32069, el OECE ya no organiza ni administra nuevos arbitrajes: su rol cambió al de registrar y supervisar a las instituciones arbitrales y centros que sí pueden hacerlo, a través del REGAJU. El SNA-OSCE solo continúa tramitando los procesos que ya estaban iniciados antes de la entrada en vigencia de la nueva ley, el 22 de abril de 2025. Si tu contrato o convenio arbitral designa al SNA-OSCE para una controversia nueva, necesitas verificar qué centro acreditado en el REGAJU corresponde utilizar en su lugar.

## Cómo se calculan los costos de un arbitraje

El costo de un arbitraje institucional depende principalmente de dos factores: el centro arbitral elegido, cada uno con su propia tabla de honorarios y gastos administrativos, y el monto en controversia, que suele determinar de forma proporcional los honorarios de los árbitros y los gastos de la secretaría arbitral. Antes de iniciar el proceso, revisa el reglamento y la tabla de gastos del centro correspondiente para estimar el costo total, que normalmente incluye honorarios arbitrales, gastos administrativos del centro y, en algunos casos, los honorarios de un secretario arbitral. A ese costo hay que sumar, según el caso, los honorarios de tu propio abogado o defensa técnica, y los peritajes que puedan requerirse para sustentar montos, plazos o incumplimientos técnicos discutidos en el proceso. Estimar el costo total antes de decidir si vale la pena litigar es un ejercicio que conviene hacer con calma, comparando el monto en controversia contra el costo probable de todo el proceso.

## Antes del arbitraje: la conciliación como paso previo

Antes de asumir el costo y el tiempo de un proceso arbitral, evalúa la conciliación en contrataciones del Estado como mecanismo previo de solución de controversias. Es más rápida, generalmente más económica, y en varios casos permite llegar a un acuerdo sin necesidad de litigar formalmente. Si la conciliación no prospera, el arbitraje queda como la vía natural para resolver la controversia, conforme a lo pactado en el convenio arbitral del contrato. Incluso cuando la conciliación no cierra el conflicto por completo, sirve para acotar los puntos realmente controvertidos: en la práctica, muchos arbitrajes que sí llegan a iniciarse terminan discutiendo un número menor de materias porque parte del desacuerdo original ya se resolvió en la etapa conciliatoria.

## Cómo iniciar el proceso arbitral

Para iniciar un arbitraje presentas la solicitud de arbitraje o, según el reglamento del centro elegido, la petición de arbitraje ante el centro acreditado en el REGAJU que corresponda conforme al convenio arbitral. Durante el proceso, si necesitas que se te devuelva una garantía retenida por la interposición de un recurso de apelación, existe la solicitud de devolución de garantía por interposición de recurso de apelación ante el OECE. Y al finalizar, si necesitas liquidar formalmente lo que corresponde asumir a cada parte, se tramita la solicitud de liquidación de costos y costas del arbitraje.

## Preguntas frecuentes

### ¿El arbitraje contra el Estado es siempre institucional?

Por regla general sí. La Ley 32069 exige arbitraje institucional ante centros acreditados en el REGAJU; el arbitraje ad hoc solo procede cuando la controversia no supera 10 UIT.

### ¿Cuánto es el límite del arbitraje ad hoc en 2026?

Equivale a 10 UIT. Con el valor de la UIT 2026 en S/ 5,500, el límite es de S/ 55,000.

### ¿El SNA-OSCE sigue administrando arbitrajes nuevos?

No. El OECE ya no organiza ni administra nuevos arbitrajes; el SNA-OSCE solo continúa con los procesos iniciados antes del 22 de abril de 2025. Los arbitrajes nuevos deben tramitarse ante centros acreditados en el REGAJU.

### ¿Cuánto cuesta un arbitraje contra una entidad pública?

Depende del centro arbitral elegido y del monto en controversia. Cada centro acreditado en el REGAJU tiene su propia tabla de honorarios y gastos administrativos, que conviene revisar antes de iniciar el proceso.

### ¿Es obligatorio conciliar antes de ir a arbitraje?

La conciliación no siempre es un requisito previo obligatorio, pero es una vía recomendable por su rapidez y menor costo antes de asumir un proceso arbitral completo.


---

**Aviso:** Modelo.pe es un repositorio utilitario de formatos. Este artículo tiene fin informativo y no es asesoría legal.
**Cómo citar:** Modelo.pe. Arbitraje en contrataciones públicas: cuándo procede y cuánto cuesta. Disponible en https://modelo.pe/blog/arbitraje-en-contrataciones-publicas-cuando-procede-y-cuanto-cuesta/. Licencia CC-BY-4.0.
