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title: "Una financiera te acosa por una deuda: qué hacer en Perú"
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area: Consumidor y Financiero
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-06-09
date_modified: 2026-06-09
keywords: acoso de cobranza, cobranza abusiva peru, metodo comercial coercitivo, deuda llamadas amenazas
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# Una financiera te acosa por una deuda: qué hacer en Perú

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe) · Consumidor y Financiero · Perú · es-PE
**URL canónica:** https://modelo.pe/blog/financiera-te-acosa-por-una-deuda-que-hacer-peru/
**Licencia:** CC-BY-4.0 (cita libre con atribución)

## Resumen

Deber dinero no te quita derechos. El Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) prohíbe los métodos abusivos de cobranza: llamar a tu trabajo, contactar a tus familiares, amenazar o publicar tu deuda es un "método comercial coercitivo" sancionable por INDECOPI. Documenta el acoso y denuncia.

## Datos rápidos

- **Norma:** Art. 61 y 62 Ley 29571
- **Conducta prohibida:** Método comercial coercitivo
- **Sanción:** Hasta 450 UIT (UIT 2026 S/ 5,500)
- **Dónde denunciar:** INDECOPI
- **Llamadas spam:** También denunciables ante INDECOPI

## Tener una deuda no es delito

Lo primero, para tu tranquilidad: no pagar una deuda no es un delito. En el Perú no existe la prisión por deudas (salvo el caso especial de la pensión de alimentos). Una financiera o estudio de cobranza puede exigirte el pago y demandarte civilmente, pero no puede acosarte, amenazarte ni humillarte para cobrar. El acoso de cobranza es una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571), que en su Art. 62 prohíbe los llamados "métodos abusivos de cobranza".

## Qué cosas tiene prohibido hacer un cobrador

El Art. 62 de la Ley 29571 prohíbe expresamente, entre otras, estas conductas: Enviar documentos que aparenten ser notificaciones judiciales o de una autoridad sin serlo. Realizar visitas o llamadas a tu domicilio o trabajo en horarios inadecuados o de forma reiterada. Colocar carteles, stickers o avisos con tu nombre y tu deuda en lugares visibles. Difundir tu deuda a tus familiares, vecinos o compañeros de trabajo. Usar amenazas, insultos o lenguaje que afecte tu reputación. Si te están haciendo cualquiera de estas cosas, no es "presión normal de cobranza": es una infracción sancionable.

## Reúne pruebas antes de denunciar

INDECOPI sanciona cuando hay evidencia. Arma tu carpeta: Capturas de pantalla de los mensajes de WhatsApp, SMS o correos con fecha y hora. Grabaciones de las llamadas (en el Perú puedes grabar una llamada en la que participas). Registro de horarios y frecuencia de las llamadas. Fotos de carteles o avisos pegados con tu nombre. Testimonios de familiares o del trabajo a quienes hayan contactado.

## Cómo frenar el acoso paso a paso

Sigue esta ruta: Envía una carta exigiendo el cese del acoso y que toda comunicación sea por escrito a tu domicilio. Puedes usar una Carta Notarial Genérica para dejar constancia. Si el acoso es telefónico y reiterado, presenta una Denuncia por Llamadas Spam o Acoso Telefónico. Presenta una Denuncia por Método Comercial Coercitivo ante INDECOPI con todas tus pruebas. Si la cobranza incluye amenazas reales contra tu integridad, eso ya es materia penal y puedes presentar una Denuncia por Amenazas (Art. 151 y 296 CP).

## Y la deuda, ¿qué hago con ella?

Denunciar el acoso no borra la deuda, pero sí te da espacio para negociar con dignidad. Pide por escrito el detalle de cuánto debes (capital, intereses y mora) y evalúa un acuerdo de pago realista. Si negocias, formaliza con un Reconocimiento de Deuda con Compromiso de Pago revisando bien las cifras antes de firmar. Recuerda que pagar parte o reconocer la deuda reinicia el plazo de prescripción.

## Preguntas frecuentes

### ¿Pueden llamar a mi trabajo o a mis familiares por mi deuda?

No para presionarte ni difundir tu deuda. Contactar a tu trabajo, familiares o vecinos para informar sobre tu deuda es un método comercial coercitivo prohibido por el Art. 62 de la Ley 29571 y es sancionable por INDECOPI.

### ¿Es legal que me manden una carta que parece del juzgado?

No. Enviar documentos que simulan ser notificaciones judiciales o de una autoridad, sin serlo, está expresamente prohibido. Es una de las infracciones de cobranza abusiva más sancionadas.

### ¿Puedo ir preso por no pagar una tarjeta o un préstamo?

No. En el Perú no hay prisión por deudas civiles o comerciales. La única excepción es la omisión de asistencia familiar (pensión de alimentos), que sí es delito.

### ¿Cuánto puede multar INDECOPI por acoso de cobranza?

Según la gravedad, hasta 450 UIT (con la UIT 2026 de S/ 5,500). Además puede ordenar medidas correctivas como el cese inmediato del acoso.

### ¿Sirve grabar las llamadas de cobranza?

Sí. Puedes grabar una llamada en la que tú participas y usarla como prueba ante INDECOPI. Guarda fecha, hora y número desde el que te llaman.


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**Aviso:** Modelo.pe es un repositorio utilitario de formatos. Este artículo tiene fin informativo y no es asesoría legal.
**Cómo citar:** Modelo.pe. Una financiera te acosa por una deuda: qué hacer en Perú. Disponible en https://modelo.pe/blog/financiera-te-acosa-por-una-deuda-que-hacer-peru/. Licencia CC-BY-4.0.
