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title: "Seguro Vida Ley en Perú: cobertura y montos para tu familia 2026"
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area: Derecho Laboral
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-06-07
date_modified: 2026-06-07
keywords: seguro vida ley, vida ley peru, ds 009-2020-tr, beneficiarios trabajador, indemnizacion fallecimiento
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# Seguro Vida Ley en Perú: cobertura y montos para tu familia 2026

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe) · Derecho Laboral · Perú · es-PE
**URL canónica:** https://modelo.pe/blog/seguro-vida-ley-trabajador-peru-cobertura-montos-2026/
**Licencia:** CC-BY-4.0 (cita libre con atribución)

## Resumen

El Seguro Vida Ley es obligatorio y lo paga el empleador desde el primer día de la relación laboral. Cubre 16 remuneraciones mensuales por muerte natural, 32 por muerte accidental y 32 por invalidez total permanente. Si la empresa no contrató la póliza, igual debe pagar el beneficio a tus herederos con su propio patrimonio.

## Datos rápidos

- **Norma:** D.U. 044-2019 y D.S. 009-2020-TR
- **Muerte natural:** 16 remuneraciones
- **Muerte por accidente:** 32 remuneraciones
- **Invalidez total permanente:** 32 remuneraciones
- **Costo para el trabajador:** S/ 0 (lo paga el empleador)

## ¿Qué es el Seguro Vida Ley?

Es un seguro de vida obligatorio que el empleador debe contratar a favor del trabajador. Desde el D.U. 044-2019 y su reglamento D.S. 009-2020-TR, la cobertura empieza desde el primer día de la relación laboral (antes recién a los 4 años). Lo paga íntegramente el empleador: a ti no te descuentan nada de tu boleta por este concepto.

## Cuánto reciben tus beneficiarios

Muerte natural (enfermedad, etc.): 16 remuneraciones mensuales. Muerte por accidente (laboral o no): 32 remuneraciones mensuales. Invalidez total y permanente por accidente: 32 remuneraciones, que las cobra el propio trabajador. La remuneración asegurable se calcula con lo que figura en planilla y boletas, hasta el tope de remuneración máxima asegurable del Sistema Privado de Pensiones.

## Quiénes son los beneficiarios

En caso de fallecimiento, cobran el cónyuge o conviviente y los descendientes; a falta de ellos, los ascendientes y hermanos menores de edad. Para cobrar, los herederos suelen necesitar acreditar el vínculo con documentos como la sucesión intestada o la declaratoria de herederos.

## Si la empresa no contrató la póliza

La obligación no desaparece. Si el empleador no contrató o no mantuvo vigente el seguro, debe pagar directamente la indemnización con su propio patrimonio. Si te niegan el pago, puedes denunciar el incumplimiento ante SUNAFIL con una denuncia administrativa ante SUNAFIL y reclamar judicialmente.

## Preguntas frecuentes

### ¿Desde cuándo me cubre el Seguro Vida Ley?

Desde el primer día de la relación laboral, según el D.U. 044-2019. Ya no hay que esperar los 4 años de la regla anterior.

### ¿Cuánto me descuentan por este seguro?

Nada. El costo de la prima lo asume el empleador en su totalidad.

### ¿Qué reciben mis hijos si fallezco en un accidente?

Tus beneficiarios reciben 32 remuneraciones mensuales por muerte accidental, el doble de la cobertura por muerte natural.

### ¿Quién cobra si no tengo cónyuge ni hijos?

A falta de cónyuge o conviviente y descendientes, cobran los ascendientes y los hermanos menores de edad.

### ¿Y si la empresa nunca contrató el seguro?

Igual debe pagar el beneficio con su propio dinero. Puedes denunciar el incumplimiento ante SUNAFIL y exigir el pago en la vía laboral.


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**Aviso:** Modelo.pe es un repositorio utilitario de formatos. Este artículo tiene fin informativo y no es asesoría legal.
**Cómo citar:** Modelo.pe. Seguro Vida Ley en Perú: cobertura y montos para tu familia 2026. Disponible en https://modelo.pe/blog/seguro-vida-ley-trabajador-peru-cobertura-montos-2026/. Licencia CC-BY-4.0.
