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title: "Acuerdo de Cesión de Propiedad Intelectual de Consultor o Freelancer Externo a Favor de la Startup"
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area: "Startups y Tecnología"
category: "Startups y Tecnología"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-08-06
legal_citations:
  - "Decreto Legislativo 822"
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# Acuerdo de Cesión de Propiedad Intelectual de Consultor o Freelancer Externo a Favor de la Startup

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/acuerdo-de-cesion-de-propiedad-intelectual-de-consultor-o-freelancer-externo-a-favor-de-la-startup/
**Área:** Startups y Tecnología (Startups y Tecnología)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-08-06
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Modelo de acuerdo de cesión expresa de la titularidad de los derechos de autor sobre los desarrollos que un consultor o freelancer independiente realiza para la startup, conforme a la presunción de titularidad del autor regulada en el Decreto Legislativo 822.

## Base legal citada

- Decreto Legislativo 822

## Contenido del modelo

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ACUERDO DE CESIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE CONSULTOR O FREELANCER EXTERNO A FAVOR DE LA STARTUP

Conste por el presente documento el ACUERDO DE CESIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL que celebran de una parte:

[RAZON_SOCIAL_DE_LA_STARTUP], con RUC N° [RUC_DE_LA_STARTUP], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_STARTUP], debidamente representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL], identificado con DNI N° [DNI_DEL_REPRESENTANTE], en adelante LA EMPRESA;

Y de la otra parte:

[NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEL_CONSULTOR], identificado con [DNI_O_RUC_DEL_CONSULTOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_CONSULTOR], en adelante EL CONSULTOR;

En los términos siguientes:

PRIMERO.- ANTECEDENTES
Que, EL CONSULTOR presta servicios independientes a favor de LA EMPRESA en virtud de [CONTRATO_DE_SERVICIOS_O_LOCACION_QUE_ORIGINA_EL_VINCULO], sin que exista entre las partes una relación de subordinación laboral, circunstancia por la cual, conforme al Decreto Legislativo N° 822, Ley sobre el Derecho de Autor, que presume la titularidad del autor sobre su obra salvo pacto expreso en contrario, resulta necesario que EL CONSULTOR ceda expresamente a LA EMPRESA la titularidad de los derechos sobre los desarrollos que realice, a diferencia de lo que ocurriría con un trabajador subordinado sujeto a un contrato de desarrollo de software genérico con cláusulas más amplias.

SEGUNDO.- OBJETO
Que, mediante el presente acuerdo, EL CONSULTOR cede a favor de LA EMPRESA, de manera exclusiva, definitiva e irrevocable, la titularidad de los derechos patrimoniales de autor sobre todo el código fuente, documentación técnica, diseños, interfaces y demás obras que desarrolle en el marco de [PROYECTO_O_ENCARGO_ESPECIFICO], quedando dicha cesión limitada a la clausula de titularidad de propiedad intelectual materia del presente acuerdo.

TERCERO.- ALCANCE DE LA CESIÓN
La cesión comprende los derechos de reproducción, transformación, distribución y comunicación pública sobre las obras desarrolladas, por el plazo máximo que reconoce el Decreto Legislativo N° 822, y sin limitación territorial, quedando LA EMPRESA facultada para registrar dichas obras ante INDECOPI si lo estima conveniente.

CUARTO.- DERECHOS MORALES
Las partes reconocen que los derechos morales de autor, entre ellos el derecho de paternidad, son inherentes a la persona de EL CONSULTOR y resultan irrenunciables e inalienables conforme al Decreto Legislativo N° 822, sin perjuicio de la cesión de los derechos patrimoniales pactada en el presente documento.

QUINTO.- CONTRAPRESTACIÓN
La cesión de derechos pactada se encuentra comprendida dentro de la contraprestación acordada en [CONTRATO_DE_SERVICIOS_QUE_ORIGINA_EL_VINCULO], salvo que las partes pacten una contraprestación adicional específica en [ANEXO_DE_CONTRAPRESTACION_ADICIONAL_SI_APLICA].

SEXTO.- DECLARACIÓN DE ORIGINALIDAD
EL CONSULTOR declara que las obras y desarrollos objeto de cesión son de su autoría original, o que cuenta con las licencias correspondientes sobre los componentes de terceros que utilice, y se obliga a mantener indemne a LA EMPRESA frente a cualquier reclamo de terceros por infracción de derechos de propiedad intelectual.

SÉTIMO.- CONFIDENCIALIDAD
EL CONSULTOR se obliga a mantener en reserva la información técnica y comercial a la que acceda con ocasión del proyecto, tanto durante su ejecución como después de su conclusión.

OCTAVO.- LEY APLICABLE
El presente acuerdo se rige por las leyes de la República del Perú, en especial por el Decreto Legislativo N° 822, Ley sobre el Derecho de Autor.

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en la ciudad de [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO].

_______________________________          _______________________________
[NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL]           [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEL_CONSULTOR]
LA EMPRESA                                 EL CONSULTOR
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Acuerdo de Cesión de Propiedad Intelectual de Consultor o Freelancer Externo a Favor de la Startup. Disponible en https://modelo.pe/acuerdo-de-cesion-de-propiedad-intelectual-de-consultor-o-freelancer-externo-a-favor-de-la-startup/. Licencia CC-BY-4.0.
