---
title: "Acuerdo de Confidencialidad de las Actuaciones Arbitrales entre las Partes y el Tribunal"
url: https://modelo.pe/acuerdo-de-confidencialidad-de-las-actuaciones-arbitrales-entre-las-partes-y-el-tribunal/
canonical: https://modelo.pe/acuerdo-de-confidencialidad-de-las-actuaciones-arbitrales-entre-las-partes-y-el-tribunal/
area: "Arbitraje y MARC"
category: "Arbitraje"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
publisher_url: https://modelo.pe
license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

---

# Acuerdo de Confidencialidad de las Actuaciones Arbitrales entre las Partes y el Tribunal

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/acuerdo-de-confidencialidad-de-las-actuaciones-arbitrales-entre-las-partes-y-el-tribunal/
**Área:** Arbitraje y MARC (Arbitraje)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Convenio que refuerza y detalla el deber de confidencialidad del arbitraje, precisando qué información se protege, quiénes quedan obligados y qué excepciones se admiten.

## Contenido del modelo

```
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD DE LAS ACTUACIONES ARBITRALES

Arbitraje seguido por [NOMBRE_DEL_DEMANDANTE] contra [NOMBRE_DEL_DEMANDADO]
Expediente arbitral N.° [NUMERO_DE_EXPEDIENTE_ARBITRAL]

En [CIUDAD_SEDE_DEL_ARBITRAJE], a los [FECHA_DEL_ACUERDO], las partes que suscriben, con la intervención del tribunal arbitral y del secretario arbitral, acuerdan lo siguiente:

PRIMERA: PARTES OBLIGADAS
Quedan obligados por el presente acuerdo: las partes, sus representantes legales y asesores; los miembros del tribunal arbitral; el secretario arbitral; la institución arbitral, de ser el caso; y los testigos, peritos y cualquier otra persona que intervenga en las actuaciones.

SEGUNDA: INFORMACIÓN PROTEGIDA
Se considera información confidencial: el hecho mismo de la existencia del arbitraje, los escritos y anexos presentados, las actas y resoluciones, el contenido de las audiencias, los informes periciales, el laudo y toda información conocida a través de las actuaciones. Se incluye de manera expresa: [INFORMACION_ESPECIALMENTE_SENSIBLE_A_PROTEGER].

TERCERA: OBLIGACIONES
Los obligados se abstendrán de divulgar, publicar, comentar o ceder a terceros la información protegida, y de utilizarla con fines distintos del arbitraje. El acceso interno se limitará a las personas estrictamente necesarias, quienes suscribirán compromisos equivalentes.

CUARTA: EXCEPCIONES
No constituye incumplimiento la divulgación cuando: (i) sea exigida por norma legal o por autoridad competente; (ii) resulte necesaria para proteger o hacer cumplir un derecho; (iii) sea indispensable para interponer el recurso de anulación o ejecutar el laudo en sede judicial; o (iv) medie autorización escrita de [PARTE_QUE_DEBE_AUTORIZAR_LA_DIVULGACION].

QUINTA: MEDIDAS DE SEGURIDAD
Las comunicaciones se cursarán por [CANAL_DE_COMUNICACION_ACORDADO], con las siguientes medidas de resguardo: [MEDIDAS_TECNICAS_DE_SEGURIDAD_ACORDADAS].

SEXTA: VIGENCIA Y CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
El deber de confidencialidad se mantendrá durante el arbitraje y por [PLAZO_DE_VIGENCIA_POSTERIOR_AL_LAUDO] contados desde la terminación de las actuaciones. El incumplimiento generará la obligación de indemnizar los daños causados y, de ser el caso, la penalidad de [MONTO_DE_LA_PENALIDAD_PACTADA].

FUNDAMENTO LEGAL: El artículo 51 del Decreto Legislativo N.° 1071, que norma el Arbitraje, establece que, salvo pacto en contrario, el tribunal arbitral, el secretario, la institución arbitral y, en su caso, los testigos, peritos y cualquier otro que intervenga en las actuaciones arbitrales están obligados a guardar confidencialidad sobre el curso de las mismas, incluido el laudo, así como sobre cualquier información que conozcan a través de dichas actuaciones, bajo responsabilidad; deber que alcanza también a las partes, sus representantes y asesores legales, salvo cuando por exigencia legal sea necesario hacer públicas las actuaciones o el laudo para proteger o hacer cumplir un derecho, o para interponer el recurso de anulación o ejecutar el laudo en sede judicial. En los arbitrajes en los que interviene el Estado peruano como parte, las actuaciones están sujetas a confidencialidad y el laudo es público una vez terminadas las actuaciones.

En señal de conformidad, firman los intervinientes.

_______________________       _______________________
     DEMANDANTE                     DEMANDADO

_______________________       _______________________
  TRIBUNAL ARBITRAL                SECRETARIO
```

---

**Cómo citar:** Modelo.pe. Acuerdo de Confidencialidad de las Actuaciones Arbitrales entre las Partes y el Tribunal. Disponible en https://modelo.pe/acuerdo-de-confidencialidad-de-las-actuaciones-arbitrales-entre-las-partes-y-el-tribunal/. Licencia CC-BY-4.0.
