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title: "Acuerdo de Nivel de Servicio de Infraestructura en la Nube"
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canonical: https://modelo.pe/acuerdo-de-nivel-de-servicio-de-infraestructura-en-la-nube/
area: "Digital y Tecnología"
category: "Digital"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-06-24

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# Acuerdo de Nivel de Servicio de Infraestructura en la Nube

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/acuerdo-de-nivel-de-servicio-de-infraestructura-en-la-nube/
**Área:** Digital y Tecnología (Digital)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-06-24
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

SLA específico para servicios de infraestructura en la nube (IaaS) con disponibilidad garantizada, créditos por incumplimiento y respaldo de datos. Código Civil Art. 1755.

## Contenido del modelo

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ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA EN LA NUBE

Conste por el presente documento el acuerdo de nivel de servicio que celebran de una parte [NOMBRE_PROVEEDOR], con RUC [RUC_PROVEEDOR] y domicilio en [DIRECCION_PROVEEDOR], a quien se denomina EL PROVEEDOR, y de la otra parte [NOMBRE_CLIENTE], con RUC [RUC_CLIENTE] y domicilio en [DIRECCION_CLIENTE], a quien se denomina EL CLIENTE, bajo los términos siguientes.

PRIMERA. OBJETO
EL PROVEEDOR brinda a EL CLIENTE servicios de infraestructura en la nube (cómputo, almacenamiento y red) sobre el entorno [NOMBRE_SERVICIO]. La prestación se rige por el artículo 1755 del Código Civil.

SEGUNDA. DISPONIBILIDAD GARANTIZADA
EL PROVEEDOR garantiza una disponibilidad mensual del [PORCENTAJE_UPTIME] por ciento (uptime), medida sobre el total de minutos del mes calendario, excluyendo las ventanas de mantenimiento programado avisadas con [HORAS_AVISO] horas de anticipación.

TERCERA. CRÉDITOS POR INCUMPLIMIENTO
Si la disponibilidad cae por debajo del nivel garantizado, EL CLIENTE tendrá derecho a un crédito equivalente al [PORCENTAJE_CREDITO] por ciento de la tarifa mensual por cada punto porcentual de incumplimiento.

CUARTA. SOPORTE Y TIEMPOS DE RESPUESTA
Los incidentes críticos serán atendidos en un plazo máximo de [HORAS_CRITICO] horas y los incidentes menores en [HORAS_MENOR] horas.

QUINTA. RESPALDO Y RECUPERACIÓN
EL PROVEEDOR realizará respaldos automáticos cada [FRECUENCIA_BACKUP] y garantiza un punto de recuperación (RPO) de [RPO_HORAS] horas.

SEXTA. SEGURIDAD Y DATOS PERSONALES
EL PROVEEDOR aplicará medidas de seguridad conforme a la Ley 29733 y su reglamento (D.S. 016-2024-JUS), y notificará cualquier incidente de seguridad dentro de las 48 horas de conocido.

SÉTIMA. CONTRAPRESTACIÓN
EL CLIENTE pagará S/ [MONTO_MENSUAL] mensuales.

OCTAVA. JURISDICCIÓN
Las controversias se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Firmado en [CIUDAD], el [FECHA].


_______________________               _______________________
        EL PROVEEDOR                            EL CLIENTE
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Acuerdo de Nivel de Servicio de Infraestructura en la Nube. Disponible en https://modelo.pe/acuerdo-de-nivel-de-servicio-de-infraestructura-en-la-nube/. Licencia CC-BY-4.0.
