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title: "Acuerdo de Reparto de Gastos Comunes en Edificio sin Junta de Propietarios Constituida"
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canonical: https://modelo.pe/acuerdo-de-reparto-de-gastos-comunes-en-edificio-sin-junta-de-propietarios-constituida/
area: "Derecho Civil"
category: "Civil"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
publisher_url: https://modelo.pe
license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-07-26
legal_citations:
  - "artículo 969 del Código Civil"
  - "Decreto Legislativo N.° 1568"
  - "Ley N.° 27157"
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# Acuerdo de Reparto de Gastos Comunes en Edificio sin Junta de Propietarios Constituida

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/acuerdo-de-reparto-de-gastos-comunes-en-edificio-sin-junta-de-propietarios-constituida/
**Área:** Derecho Civil (Civil)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-07-26
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Acuerdo privado entre copropietarios de un edificio que aún no ha constituido su Junta de Propietarios conforme al Decreto Legislativo N.° 1568 y la Ley N.° 27157, para repartir los gastos comunes de conservación del artículo 969 del Código Civil.

## Base legal citada

- artículo 969 del Código Civil
- Decreto Legislativo N.° 1568
- Ley N.° 27157

## Contenido del modelo

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ACUERDO DE REPARTO DE GASTOS COMUNES EN EDIFICIO SIN JUNTA DE PROPIETARIOS CONSTITUIDA

Conste por el presente documento el Acuerdo de Reparto de Gastos Comunes (en adelante, "el Acuerdo"), que suscriben los propietarios de las unidades inmobiliarias del edificio ubicado en [DIRECCION DEL EDIFICIO], cuyos datos se detallan a continuación:

1. [NOMBRE DEL PROPIETARIO 1], DNI N.° [DNI DEL PROPIETARIO 1], propietario de la unidad [NUMERO DE UNIDAD 1].
2. [NOMBRE DEL PROPIETARIO 2], DNI N.° [DNI DEL PROPIETARIO 2], propietario de la unidad [NUMERO DE UNIDAD 2].
3. [NOMBRE DEL PROPIETARIO 3], DNI N.° [DNI DEL PROPIETARIO 3], propietario de la unidad [NUMERO DE UNIDAD 3].
[AGREGAR TANTOS PROPIETARIOS COMO CORRESPONDA]

quienes dejan constancia de que el edificio antes descrito aún no ha constituido su Junta de Propietarios conforme a los requisitos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo N.° 1568 y la Ley N.° 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, por lo que, en su condición de copropietarios de los bienes y servicios comunes, acuerdan lo siguiente al amparo del artículo 969 del Código Civil:

PRIMERA.- OBJETO
Los propietarios acuerdan establecer un régimen provisional de reparto de los gastos comunes de conservación, mantenimiento y administración de las áreas y servicios comunes del edificio, en tanto no se constituya formalmente la Junta de Propietarios.

SEGUNDA.- GASTOS COMPRENDIDOS
Se consideran gastos comunes, entre otros: el mantenimiento de ascensores, la limpieza de áreas comunes, el pago de vigilancia, el mantenimiento de cisternas y bombas de agua, el pago de energía eléctrica de las áreas comunes, y las reparaciones menores de la fachada y estructuras compartidas.

TERCERA.- CRITERIO DE REPARTO
Los gastos comunes se distribuirán entre los propietarios en proporción a [CRITERIO DE REPARTO, EJ. PORCENTAJE DE PARTICIPACION SEGUN AREA DE CADA UNIDAD, O EN PARTES IGUALES], conforme al artículo 969 del Código Civil, que obliga a los copropietarios a concurrir a los gastos de conservación del bien común en proporción a su parte.

CUARTA.- ADMINISTRADOR PROVISIONAL
Los propietarios designan como administrador provisional de los fondos comunes a [NOMBRE DEL ADMINISTRADOR PROVISIONAL], quien se encargará de recaudar las cuotas, pagar los servicios comunes y rendir cuentas mensualmente a los demás propietarios.

QUINTA.- CUOTA MENSUAL Y FORMA DE PAGO
La cuota mensual por gastos comunes asciende a S/ [MONTO DE LA CUOTA MENSUAL] por unidad, la cual deberá cancelarse dentro de los primeros [NUMERO DE DIAS] días de cada mes mediante [MEDIO DE PAGO ACORDADO].

SEXTA.- RENDICIÓN DE CUENTAS
El administrador provisional presentará un informe de ingresos y gastos cada [PERIODICIDAD DE RENDICION, EJ. TRIMESTRE], con los comprobantes de pago correspondientes, a disposición de todos los propietarios.

SÉTIMA.- INCUMPLIMIENTO
El propietario que incumpla con el pago de su cuota dentro del plazo pactado abonará un interés moratorio de [PORCENTAJE DE INTERES MORATORIO] mensual sobre el monto adeudado, sin perjuicio de las acciones de cobranza que correspondan.

OCTAVA.- CONSTITUCIÓN FUTURA DE LA JUNTA
Los propietarios dejan constancia de su compromiso de impulsar, en el corto plazo, la constitución formal de la Junta de Propietarios conforme al Decreto Legislativo N.° 1568 y su reglamento, momento en el cual el presente acuerdo provisional quedará sin efecto y será reemplazado por el reglamento interno correspondiente.

NOVENA.- VIGENCIA Y MODIFICACIÓN
El presente acuerdo podrá ser modificado por decisión de la mayoría de los propietarios firmantes, dejando constancia escrita de cualquier variación.

En señal de conformidad, los propietarios suscriben el presente acuerdo en la ciudad de [CIUDAD], a los [FECHA DE FIRMA].

[FIRMAS DE TODOS LOS PROPIETARIOS CON NOMBRE Y DNI]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Acuerdo de Reparto de Gastos Comunes en Edificio sin Junta de Propietarios Constituida. Disponible en https://modelo.pe/acuerdo-de-reparto-de-gastos-comunes-en-edificio-sin-junta-de-propietarios-constituida/. Licencia CC-BY-4.0.
