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title: "Acuerdo Simple para Futuras Acciones (SAFE) con Tope de Valuación para Startup Peruana"
url: https://modelo.pe/acuerdo-simple-para-futuras-acciones-safe-con-tope-de-valuacion-para-startup-peruana/
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area: "Startups y Tecnología"
category: "Startups y Tecnología"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Acuerdo Simple para Futuras Acciones (SAFE) con Tope de Valuación para Startup Peruana

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/acuerdo-simple-para-futuras-acciones-safe-con-tope-de-valuacion-para-startup-peruana/
**Área:** Startups y Tecnología (Startups y Tecnología)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Adaptación al derecho peruano del SAFE: el inversionista entrega dinero hoy a cambio del derecho a recibir acciones en la próxima ronda de financiamiento, con tope de valuación y descuento, sin deuda, sin intereses y sin plazo de vencimiento.

## Contenido del modelo

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ACUERDO SIMPLE PARA FUTURAS ACCIONES (SAFE)

Conste por el presente documento el acuerdo que celebran:

[RAZON_SOCIAL_DE_LA_STARTUP], con RUC N.° [RUC_DE_LA_STARTUP], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_STARTUP], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_DE_LA_STARTUP], a quien se denominará LA SOCIEDAD.

[NOMBRE_DEL_INVERSIONISTA], identificado con [DOCUMENTO_DEL_INVERSIONISTA], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_INVERSIONISTA], a quien se denominará EL INVERSIONISTA.

CLÁUSULA PRIMERA.- NATURALEZA DEL ACUERDO
1.1. Este acuerdo no constituye un mutuo ni un préstamo: no genera intereses, no tiene fecha de vencimiento y EL INVERSIONISTA no puede exigir la devolución del monto entregado.
1.2. Tampoco convierte a EL INVERSIONISTA en accionista a la fecha de firma. Le otorga el derecho a recibir acciones de LA SOCIEDAD cuando ocurra alguno de los eventos previstos en la cláusula cuarta.
1.3. El acuerdo se celebra al amparo de la libertad de contratación reconocida por el Código Civil y se ejecuta conforme a la Ley General de Sociedades en lo relativo al aumento de capital y a la emisión de acciones.

CLÁUSULA SEGUNDA.- MONTO
EL INVERSIONISTA entrega a LA SOCIEDAD la suma de [MONEDA] [MONTO_DE_LA_INVERSION], que se abona en la cuenta [CUENTA_BANCARIA_DE_LA_SOCIEDAD] dentro de los [DIAS_PARA_EL_DESEMBOLSO] días hábiles siguientes a la firma.

CLÁUSULA TERCERA.- DEFINICIONES
3.1. Ronda calificada: aumento de capital con emisión de acciones por un monto igual o mayor a [MONEDA] [MONTO_DE_RONDA_CALIFICADA].
3.2. Tope de valuación: [MONEDA] [TOPE_DE_VALUACION], valor máximo de la sociedad para efectos del cálculo de las acciones de EL INVERSIONISTA.
3.3. Descuento: [PORCENTAJE_DE_DESCUENTO] por ciento sobre el precio por acción pagado por los nuevos inversionistas de la ronda calificada.
3.4. Precio de conversión: el menor entre el precio resultante de aplicar el tope de valuación y el precio resultante de aplicar el descuento.

CLÁUSULA CUARTA.- EVENTOS DE CONVERSIÓN
4.1. Ronda calificada: al cerrarse, LA SOCIEDAD emite a favor de EL INVERSIONISTA el número de acciones que resulte de dividir el monto entregado entre el precio de conversión.
4.2. Venta de la sociedad: si antes de una ronda calificada se transfiere el control o la totalidad del negocio, EL INVERSIONISTA elige entre recibir el monto entregado o las acciones que le corresponderían aplicando el tope de valuación.
4.3. Disolución y liquidación: EL INVERSIONISTA participa del remanente después de los acreedores y antes de la distribución a los fundadores, hasta por el monto entregado.

CLÁUSULA QUINTA.- FORMALIZACIÓN
Producido el evento, LA SOCIEDAD convoca a junta general y adopta los acuerdos de aumento de capital y emisión de acciones necesarios, otorgando la escritura pública correspondiente y su inscripción registral. Los fundadores se obligan a votar a favor de dichos acuerdos.

CLÁUSULA SEXTA.- DERECHOS Y LÍMITES DE EL INVERSIONISTA
6.1. Mientras no se emitan las acciones, EL INVERSIONISTA no tiene derecho de voto ni de dividendos.
6.2. Tiene derecho a recibir información financiera resumida cada [MESES_PARA_REPORTE] meses.
6.3. No participa en la gestión ni interviene en las decisiones ordinarias del negocio.

CLÁUSULA SÉPTIMA.- DECLARACIONES DE LA SOCIEDAD
7.1. Que se encuentra válidamente constituida y sus obligaciones tributarias están al día.
7.2. Que la propiedad intelectual del producto está cedida a favor de la sociedad.
7.3. Que no existen acuerdos previos que impidan la emisión de acciones pactada.
7.4. Que informará a EL INVERSIONISTA de todo acuerdo con inversionistas anteriores que otorgue condiciones más favorables.

CLÁUSULA OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD
EL INVERSIONISTA mantiene en reserva la información técnica, comercial y financiera recibida, por un plazo de [ANIOS_DE_CONFIDENCIALIDAD] años.

CLÁUSULA NOVENA.- CESIÓN
EL INVERSIONISTA no puede ceder su posición sin consentimiento escrito de LA SOCIEDAD, salvo a favor de vehículos de inversión bajo su control.

CLÁUSULA DÉCIMA.- LEY APLICABLE Y CONTROVERSIAS
Este acuerdo se rige por la ley peruana. Toda controversia se somete a arbitraje de derecho ante [INSTITUCION_ARBITRAL], con sede en [SEDE_DEL_ARBITRAJE].

Suscrito en [CIUDAD], a los [FECHA_DEL_ACUERDO].

_______________________________
LA SOCIEDAD

_______________________________
EL INVERSIONISTA
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Acuerdo Simple para Futuras Acciones (SAFE) con Tope de Valuación para Startup Peruana. Disponible en https://modelo.pe/acuerdo-simple-para-futuras-acciones-safe-con-tope-de-valuacion-para-startup-peruana/. Licencia CC-BY-4.0.
