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title: "Contrato de Agenciamiento de Carga Internacional (Freight Forwarder)"
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area: "Comercio Exterior y Aduanas"
category: "Comercio Exterior y Aduanas"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-08-06

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# Contrato de Agenciamiento de Carga Internacional (Freight Forwarder)

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/contrato-de-agenciamiento-de-carga-internacional-freight-forwarder/
**Área:** Comercio Exterior y Aduanas (Comercio Exterior y Aduanas)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-08-06
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Contrato de agenciamiento de carga internacional (freight forwarder), regulado supletoriamente por el Código de Comercio y la normativa de transporte multimodal, distinto del mandato al agente de aduana.

## Contenido del modelo

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CONTRATO DE AGENCIAMIENTO DE CARGA INTERNACIONAL (FREIGHT FORWARDER)

Conste por el presente documento el Contrato de Agenciamiento de Carga Internacional que celebran de una parte [NOMBRE_CARGADOR] (en adelante, EL CARGADOR o EL CLIENTE), con domicilio en [DIRECCION_CARGADOR], identificado con RUC N.° [RUC_CARGADOR], debidamente representado por [REPRESENTANTE_CARGADOR]; y de otra parte [NOMBRE_AGENTE_DE_CARGA] (en adelante, EL AGENTE DE CARGA o FREIGHT FORWARDER), con domicilio en [DIRECCION_AGENTE_DE_CARGA], identificado con RUC N.° [RUC_AGENTE_DE_CARGA], debidamente representado por [REPRESENTANTE_AGENTE_DE_CARGA]; en los términos siguientes:

PRIMERA.- OBJETO
EL AGENTE DE CARGA se obliga a coordinar, gestionar y contratar en nombre propio o por cuenta de EL CARGADOR el transporte internacional de la mercadería descrita en la cláusula segunda, incluyendo la contratación con porteadores marítimos, aéreos o terrestres, la consolidación de carga cuando corresponda, y demás gestiones logísticas necesarias para el traslado de la mercadería desde el punto de origen hasta el punto de destino.

SEGUNDA.- MERCADERÍA Y RUTA
La mercadería objeto del servicio consiste en [DESCRIPCION_MERCADERIA], con un peso/volumen aproximado de [PESO_VOLUMEN], a transportarse desde [LUGAR_DE_ORIGEN] hasta [LUGAR_DE_DESTINO], por vía [VIA_DE_TRANSPORTE] (marítima, aérea, terrestre o multimodal).

TERCERA.- OBLIGACIONES DEL AGENTE DE CARGA
EL AGENTE DE CARGA se obliga a: (i) cotizar y contratar el transporte en las mejores condiciones razonables de mercado; (ii) emitir o gestionar la emisión del documento de transporte que corresponda (house bill of lading, master bill of lading, guía aérea, entre otros); (iii) coordinar la recepción, almacenaje temporal y entrega de la carga; (iv) informar oportunamente sobre incidencias en el tránsito; y (v) actuar con la diligencia propia de un operador logístico profesional.

CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CARGADOR
EL CARGADOR se obliga a: (i) entregar la mercadería correctamente embalada, rotulada y con la documentación comercial necesaria; (ii) declarar con veracidad el contenido, peso y valor de la carga; (iii) pagar oportunamente los fletes, gastos y comisiones pactados; y (iv) informar sobre mercancías peligrosas, restringidas o de manejo especial que declare oportunamente a EL AGENTE DE CARGA.

QUINTA.- TARIFAS Y FORMA DE PAGO
Los honorarios y gastos del servicio ascienden a [MONTO_Y_MONEDA], que EL CARGADOR pagará mediante [MEDIO_DE_PAGO] dentro de los [PLAZO_DE_PAGO] días de emitida la factura correspondiente.

SEXTA.- RESPONSABILIDAD
EL AGENTE DE CARGA responde por los daños derivados de su propia negligencia en la selección de porteadores o en la gestión logística, sin perjuicio de la responsabilidad directa del porteador efectivo conforme a los convenios internacionales de transporte y a las condiciones del documento de transporte emitido. Las partes podrán pactar límites de responsabilidad conforme a los usos del comercio internacional y a la normativa aplicable de transporte multimodal.

SÉTIMA.- SEGURO
[Indicar si EL CARGADOR contrata seguro de transporte de forma independiente o si EL AGENTE DE CARGA lo gestiona por cuenta de aquel, precisando la cobertura y el asegurador].

OCTAVA.- VIGENCIA Y RESOLUCIÓN
El presente Contrato tiene vigencia de [VIGENCIA_DEL_CONTRATO], pudiendo cualquiera de las partes resolverlo por incumplimiento previo requerimiento escrito no subsanado en [PLAZO_DE_SUBSANACION] días.

NOVENA.- LEY APLICABLE Y CONTROVERSIAS
El presente Contrato se rige supletoriamente por las disposiciones del Código de Comercio sobre comisión y mandato mercantil, y por la normativa aplicable en materia de transporte multimodal, en tanto resulten compatibles con la naturaleza del servicio de agenciamiento de carga. Las controversias se resolverán mediante trato directo y, de persistir, ante los jueces y tribunales de [CIUDAD_O_FUERO_COMPETENTE] o mediante arbitraje si así lo acuerdan las partes.

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente documento en la ciudad de [CIUDAD_DE_SUSCRIPCION], a los [FECHA].

EL CARGADOR                                    EL AGENTE DE CARGA
[NOMBRE_CARGADOR]                              [NOMBRE_AGENTE_DE_CARGA]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Contrato de Agenciamiento de Carga Internacional (Freight Forwarder). Disponible en https://modelo.pe/contrato-de-agenciamiento-de-carga-internacional-freight-forwarder/. Licencia CC-BY-4.0.
