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title: "Contrato de Donación con Cargo de Destino Específico a Favor de Entidad Religiosa"
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area: "Entidades Religiosas"
category: "Entidades Religiosas"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Contrato de Donación con Cargo de Destino Específico a Favor de Entidad Religiosa

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/contrato-de-donacion-con-cargo-de-destino-especifico-a-favor-de-entidad-religiosa/
**Área:** Entidades Religiosas (Entidades Religiosas)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Contrato por el que una persona o empresa dona dinero o bienes a una iglesia con la obligación de destinarlos a un fin determinado, con rendición de cuentas y reversión por incumplimiento.

## Contenido del modelo

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CONTRATO DE DONACIÓN CON CARGO DE DESTINO ESPECÍFICO A FAVOR DE ENTIDAD RELIGIOSA

Conste el contrato de donación que celebran:

EL DONANTE: [NOMBRE_DEL_DONANTE], identificado(a) con [TIPO_Y_NUMERO_DE_DOCUMENTO_DEL_DONANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_DONANTE].

LA DONATARIA: [NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_RELIGIOSA], con RUC N.° [RUC_DE_LA_ENTIDAD], inscrita en el Registro de Entidades Religiosas con Registro N.° [NUMERO_DE_REGISTRO_RER], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL], con DNI N.° [DNI_DEL_REPRESENTANTE].

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
EL DONANTE dona a LA DONATARIA, quien acepta, [DESCRIPCION_DEL_BIEN_DONADO: suma de dinero, bien mueble o inmueble], cuyo valor asciende a S/ [VALOR_DE_LA_DONACION].

CLÁUSULA SEGUNDA: ENTREGA
La entrega se realizará el [FECHA_DE_ENTREGA] mediante [FORMA_DE_ENTREGA: transferencia a la cuenta institucional, acta de entrega física o escritura pública], suscribiéndose el acta correspondiente.

CLÁUSULA TERCERA: CARGO DE DESTINO ESPECÍFICO
LA DONATARIA se obliga a destinar íntegramente lo donado a [DESTINO_ESPECIFICO: construcción del templo, adquisición de mobiliario, programa de alimentación, becas de estudio u obra social], quedando prohibido darle un destino distinto sin autorización escrita de EL DONANTE.

CLÁUSULA CUARTA: PLAZO DE EJECUCIÓN
El cargo deberá ejecutarse dentro de [PLAZO_DE_EJECUCION] contados desde la entrega. Si el proyecto se ejecuta por etapas, se seguirá el cronograma anexo.

CLÁUSULA QUINTA: RENDICIÓN DE CUENTAS
LA DONATARIA presentará a EL DONANTE un informe [PERIODICIDAD_DEL_INFORME] con el detalle del uso de lo donado, acompañando comprobantes, fotografías y, de corresponder, avance de obra. EL DONANTE podrá verificar la ejecución en el lugar, previa coordinación.

CLÁUSULA SEXTA: REVERSIÓN POR INCUMPLIMIENTO
Si LA DONATARIA no ejecuta el cargo en el plazo pactado o le da un destino distinto, EL DONANTE podrá exigir su cumplimiento o la restitución de lo donado o de su valor, conforme a las normas del Código Civil sobre donación con cargo y sobre revocación de la donación.

CLÁUSULA SÉTIMA: DECLARACIONES
7.1. EL DONANTE declara que los recursos donados son de origen lícito y que se encuentra facultado para disponer de ellos.
7.2. LA DONATARIA declara ser una entidad sin fines de lucro y que lo donado no será distribuido entre sus miembros, ministros ni directivos.
7.3. Ninguna de las partes ofrece ni recibe contraprestación, beneficio, ventaja ni preferencia por esta donación.

CLÁUSULA OCTAVA: RECONOCIMIENTO Y RESERVA
El nombre de EL DONANTE [PODRA_O_NO_PODRA] ser mencionado públicamente. El tratamiento de sus datos se sujeta a la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.

CLÁUSULA NOVENA: FORMALIDAD Y ASPECTOS TRIBUTARIOS
9.1. Tratándose de bienes inmuebles, la donación se otorgará por escritura pública con indicación individual del bien, conforme a la formalidad exigida por el Código Civil.
9.2. Las partes evaluarán con sus asesores el tratamiento tributario aplicable y los comprobantes que corresponda emitir. El artículo 11 de la Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa, reconoce que las entidades religiosas gozan de las donaciones y beneficios tributarios existentes conforme a los requisitos legales.

CLÁUSULA DÉCIMA: CONTROVERSIAS
En lo no previsto rigen las normas del Código Civil sobre donación. Las controversias se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA_DE_SUSCRIPCION], en dos ejemplares.

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EL DONANTE                              LA DONATARIA
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Contrato de Donación con Cargo de Destino Específico a Favor de Entidad Religiosa. Disponible en https://modelo.pe/contrato-de-donacion-con-cargo-de-destino-especifico-a-favor-de-entidad-religiosa/. Licencia CC-BY-4.0.
