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title: "Contrato de Garantía Mobiliaria sobre Existencias e Inventario Rotativo"
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category: "Contratos"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-07-19
legal_citations:
  - "Decreto Legislativo 1400"
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# Contrato de Garantía Mobiliaria sobre Existencias e Inventario Rotativo

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/contrato-de-garantia-mobiliaria-sobre-existencias-e-inventario-rotativo/
**Área:** Contratos (Contratos)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-07-19
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Contrato de garantía mobiliaria sin desplazamiento sobre las existencias e inventario rotativo del negocio, como universalidad de contenido variable con subrogación real, inscribible en el SIGM al amparo del Decreto Legislativo 1400.

## Base legal citada

- Decreto Legislativo 1400

## Contenido del modelo

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CONTRATO DE GARANTÍA MOBILIARIA SOBRE EXISTENCIAS E INVENTARIO ROTATIVO

Conste por el presente documento el contrato de garantía mobiliaria que celebran, de una parte, [NOMBRE_CONSTITUYENTE], con RUC N.° [RUC_CONSTITUYENTE] y domicilio en [DOMICILIO_CONSTITUYENTE], debidamente representado(a) por [REPRESENTANTE_CONSTITUYENTE], a quien se denominará EL CONSTITUYENTE; y, de otra parte, [NOMBRE_ACREEDOR], con RUC o DNI N.° [DOC_ACREEDOR] y domicilio en [DOMICILIO_ACREEDOR], a quien se denominará EL ACREEDOR GARANTIZADO; en los términos siguientes:

PRIMERO.- OBLIGACIÓN GARANTIZADA. La presente garantía asegura el cumplimiento de la obligación de EL CONSTITUYENTE frente a EL ACREEDOR GARANTIZADO por la suma de S/ [MONTO_OBLIGACIÓN], derivada de [ORIGEN_DE_LA_OBLIGACIÓN], con vencimiento el [FECHA_VENCIMIENTO], incluidos sus intereses y gastos.

SEGUNDO.- BIENES GRAVADOS. EL CONSTITUYENTE constituye garantía mobiliaria sobre las existencias e inventario rotativo de su negocio ubicado en [DIRECCIÓN_DEL_NEGOCIO], consistentes en [DESCRIPCIÓN_DE_LAS_EXISTENCIAS], tales como mercadería, materias primas y productos terminados. Por su naturaleza rotativa, los bienes ingresan y salen en el giro ordinario, por lo que la garantía recae sobre las existencias presentes y futuras como una universalidad de contenido variable, admitida por el Decreto Legislativo 1400.

TERCERO.- SUBROGACIÓN REAL. Los bienes que se incorporen al inventario en reemplazo de los que se vendan quedan automáticamente afectados por la garantía, así como el producto o los créditos derivados de su enajenación, conforme al Decreto Legislativo 1400.

CUARTO.- VALOR MÍNIMO A MANTENER. EL CONSTITUYENTE se obliga a mantener existencias por un valor no inferior a S/ [VALOR_MÍNIMO_INVENTARIO] y a reponer oportunamente los bienes vendidos. Se autoriza la disposición ordinaria de las existencias mientras se conserve dicho valor mínimo.

QUINTO.- SIN DESPLAZAMIENTO. La garantía se constituye sin desplazamiento de la posesión. EL CONSTITUYENTE conserva los bienes en calidad de depositario, con deber de conservación, de llevar registro del inventario y de permitir la inspección periódica por EL ACREEDOR GARANTIZADO.

SEXTO.- INSCRIPCIÓN EN EL SIGM. Las partes acuerdan inscribir la presente garantía en el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM), conforme al Decreto Legislativo 1400, a fin de dotarla de oponibilidad y prelación frente a terceros. Los gastos de inscripción son de cuenta de [PARTE_QUE_ASUME_GASTOS].

SÉPTIMO.- EJECUCIÓN. En caso de incumplimiento, EL ACREEDOR GARANTIZADO podrá ejecutar la garantía conforme al procedimiento del Decreto Legislativo 1400. Para tal efecto, se designa como representante para la venta a [NOMBRE_REPRESENTANTE], con las facultades previstas en dicho régimen.

OCTAVO.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. En lo no previsto rige el Decreto Legislativo 1400 y sus normas complementarias. Las partes se someten a la jurisdicción de los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Suscrito en [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO].


_______________________        _______________________
EL CONSTITUYENTE                EL ACREEDOR GARANTIZADO
RUC N.° [RUC_CONSTITUYENTE]     DOC. N.° [DOC_ACREEDOR]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Contrato de Garantía Mobiliaria sobre Existencias e Inventario Rotativo. Disponible en https://modelo.pe/contrato-de-garantia-mobiliaria-sobre-existencias-e-inventario-rotativo/. Licencia CC-BY-4.0.
