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title: "Contrato de Mutuo Dinerario entre Particulares con Garantía de Letra de Cambio en Blanco"
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area: "Consumidor y Financiero"
category: "Financiero"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-07-26

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# Contrato de Mutuo Dinerario entre Particulares con Garantía de Letra de Cambio en Blanco

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/contrato-de-mutuo-dinerario-entre-particulares-con-garantia-de-letra-de-cambio-en-blanco/
**Área:** Consumidor y Financiero (Financiero)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-07-26
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Modelo de contrato de mutuo (préstamo) dinerario entre particulares, garantizado con una letra de cambio en blanco y su carta de instrucciones de llenado, conforme al Código Civil y la Ley de Títulos Valores. Documento Word editable y listo para personalizar.

## Contenido del modelo

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CONTRATO DE MUTUO DINERARIO ENTRE PARTICULARES CON GARANTÍA DE LETRA DE CAMBIO EN BLANCO

Conste por el presente documento el Contrato de Mutuo Dinerario que celebran de una parte [NOMBRE_COMPLETO_DEL_MUTUANTE], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_MUTUANTE], con domicilio en [DIRECCIÓN_DEL_MUTUANTE], a quien en adelante se denominará EL MUTUANTE; y de otra parte [NOMBRE_COMPLETO_DEL_MUTUATARIO], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_MUTUATARIO], con domicilio en [DIRECCIÓN_DEL_MUTUATARIO], a quien en adelante se denominará EL MUTUATARIO; en los términos siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
EL MUTUANTE entrega en calidad de mutuo (préstamo) a EL MUTUATARIO la suma de S/ [MONTO_DEL_PRÉSTAMO] ([MONTO_EN_LETRAS] soles), que EL MUTUATARIO recibe en este acto a su entera satisfacción, obligándose a devolver igual suma de dinero en la forma y plazo que se establecen en las cláusulas siguientes, conforme a lo dispuesto por el artículo 1648 y siguientes del Código Civil.

CLÁUSULA SEGUNDA: PLAZO Y FORMA DE PAGO
EL MUTUATARIO se obliga a devolver el monto recibido en el plazo de [PLAZO_DE_DEVOLUCIÓN], mediante [MODALIDAD_DE_PAGO_UNICO_O_CUOTAS], según el cronograma detallado en el Anexo N.° 1, que forma parte integrante del presente contrato.

CLÁUSULA TERCERA: INTERESES
Las partes acuerdan que el préstamo devengará un interés [COMPENSATORIO_Y/O_MORATORIO] de [TASA_DE_INTERÉS_PACTADA] mensual, el cual no excederá las tasas máximas de interés convencional permitidas por la ley y las disposiciones del Banco Central de Reserva del Perú.

CLÁUSULA CUARTA: GARANTÍA MEDIANTE LETRA DE CAMBIO EN BLANCO
En garantía del cumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato, EL MUTUATARIO acepta y entrega a EL MUTUANTE una letra de cambio girada a la orden de este último, incompleta en cuanto a su fecha de vencimiento y monto, conforme a lo permitido por el artículo 10 y siguientes de la Ley N.° 27287, Ley de Títulos Valores, para los títulos incompletos al momento de su emisión.

CLÁUSULA QUINTA: CARTA DE INSTRUCCIONES DE LLENADO
Se suscribe conjuntamente con el presente contrato una carta de instrucciones de llenado, en la que EL MUTUATARIO autoriza expresamente a EL MUTUANTE a completar la letra de cambio consignando como monto el saldo deudor pendiente y como fecha de vencimiento la del incumplimiento, únicamente en caso de mora o incumplimiento de las obligaciones de pago pactadas, en estricta observancia de dicha carta de instrucciones.

CLÁUSULA SEXTA: DEVOLUCIÓN DEL TÍTULO VALOR
Una vez cancelada la totalidad de la deuda, EL MUTUANTE se obliga a devolver a EL MUTUATARIO la letra de cambio otorgada en garantía, dejando constancia escrita de dicha devolución y de la cancelación total de la obligación.

CLÁUSULA SÉPTIMA: INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de EL MUTUATARIO en el pago de cualquiera de las cuotas pactadas facultará a EL MUTUANTE a dar por vencidos todos los plazos y a completar y protestar, de ser el caso, la letra de cambio otorgada en garantía, conforme a la carta de instrucciones suscrita.

CLÁUSULA OCTAVA: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para efectos del presente contrato, las partes señalan como sus domicilios los indicados en la introducción del presente documento y se someten a la jurisdicción de los jueces de [CIUDAD].

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente contrato en [CIUDAD], a los [FECHA].

_______________________________          _______________________________
EL MUTUANTE                                              EL MUTUATARIO
DNI N.° [DNI_DEL_MUTUANTE]                        DNI N.° [DNI_DEL_MUTUATARIO]

Aviso: este es un formato referencial de uso general. Verifique la vigencia de las normas citadas y consulte con un abogado antes de suscribirlo, especialmente respecto de las tasas de interés máximas aplicables.
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Contrato de Mutuo Dinerario entre Particulares con Garantía de Letra de Cambio en Blanco. Disponible en https://modelo.pe/contrato-de-mutuo-dinerario-entre-particulares-con-garantia-de-letra-de-cambio-en-blanco/. Licencia CC-BY-4.0.
