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title: "Contrato de Tercerización de Servicios con Desplazamiento de Personal (Ley 29245)"
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area: "Derecho Laboral"
category: "Laboral"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-07-26
legal_citations:
  - "Ley N° 29245"
  - "Decreto Legislativo N° 1038"
  - "Decreto Supremo N° 006-2008-"
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# Contrato de Tercerización de Servicios con Desplazamiento de Personal (Ley 29245)

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/contrato-de-tercerizacion-de-servicios-con-desplazamiento-de-personal-ley-29245/
**Área:** Derecho Laboral (Laboral)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-07-26
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Modelo de contrato de tercerización de servicios con desplazamiento de personal a las instalaciones de la empresa principal, conforme a la Ley N° 29245, el Decreto Legislativo N° 1038 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-TR.

## Base legal citada

- Ley N° 29245
- Decreto Legislativo N° 1038
- Decreto Supremo N° 006-2008-

## Contenido del modelo

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CONTRATO DE TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS CON DESPLAZAMIENTO CONTINUO DE PERSONAL

Conste por el presente documento el CONTRATO DE TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS que celebran, de una parte, [RAZON_SOCIAL_PRINCIPAL], con RUC N° [RUC_PRINCIPAL], con domicilio en [DOMICILIO_PRINCIPAL], representada por [REPRESENTANTE_PRINCIPAL], identificado(a) con DNI N° [DNI_REP_PRINCIPAL], a quien en adelante se denominará LA EMPRESA PRINCIPAL; y de la otra parte, [RAZON_SOCIAL_TERCERIZADORA], con RUC N° [RUC_TERCERIZADORA], inscrita en el Registro Nacional de Empresas Tercerizadoras del MTPE con N° [NUMERO_REGISTRO_MTPE], representada por [REPRESENTANTE_TERCERIZADORA], identificado(a) con DNI N° [DNI_REP_TERCERIZADORA], a quien en adelante se denominará LA TERCERIZADORA; al amparo de la Ley N° 29245, su norma complementaria el Decreto Legislativo N° 1038, y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-TR, en los términos siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- LA TERCERIZADORA cuenta con organización empresarial propia, asume los servicios prestados por cuenta y riesgo propio, cuenta con pluralidad de clientes, y dispone de equipamiento, inversión de capital y responsabilidad en los resultados, cumpliendo los elementos característicos de la tercerización previstos en el artículo 2 de la Ley N° 29245.

OBJETO

SEGUNDO.- LA TERCERIZADORA se obliga a ejecutar el servicio integral de [DESCRIPCION_DEL_SERVICIO] a favor de LA EMPRESA PRINCIPAL, con desplazamiento continuo de su personal a las unidades productivas de esta última, ubicadas en [DIRECCION_UNIDAD_PRODUCTIVA], conforme al artículo 3 de la Ley N° 29245.

TERCERO.- El servicio se prestará bajo la exclusiva dirección, supervisión y control de LA TERCERIZADORA respecto de su propio personal, sin que LA EMPRESA PRINCIPAL ejerza subordinación directa sobre los trabajadores desplazados, conforme al artículo 4 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-TR.

PLAZO Y CONTRAPRESTACIÓN

CUARTO.- El presente contrato tendrá una vigencia de [PLAZO_VIGENCIA], renovable por acuerdo expreso de las partes. LA EMPRESA PRINCIPAL pagará a LA TERCERIZADORA la contraprestación mensual de S/ [MONTO_CONTRAPRESTACION], dentro de los [PLAZO_PAGO] días de emitida la factura correspondiente.

OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN

QUINTO.- Conforme al artículo 5 de la Ley N° 29245, LA TERCERIZADORA se obliga a informar por escrito a sus trabajadores desplazados sobre la identidad de LA EMPRESA PRINCIPAL, y esta última se obliga a informar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el desplazamiento de personal, conforme a los procedimientos del reglamento.

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

SEXTO.- LA EMPRESA PRINCIPAL garantizará al personal desplazado las mismas condiciones de seguridad y salud en el trabajo que a su propio personal, conforme a la Ley N° 29783 y al artículo 9 del Decreto Supremo N° 006-2008-TR.

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

SÉTIMO.- Conforme al artículo 9 de la Ley N° 29245, LA EMPRESA PRINCIPAL es solidariamente responsable por el pago de los derechos y beneficios laborales de los trabajadores desplazados, así como de las obligaciones de seguridad social devengadas durante el desplazamiento, en caso de incumplimiento de LA TERCERIZADORA.

DESNATURALIZACIÓN

OCTAVO.- Las partes declaran conocer que, de configurarse los supuestos de desnaturalización previstos en el artículo 5 de la Ley N° 29245 (ausencia de autonomía empresarial o simple provisión de personal), los trabajadores desplazados serán considerados trabajadores de LA EMPRESA PRINCIPAL para todo efecto legal.

RESOLUCIÓN

NOVENO.- El presente contrato podrá resolverse por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas, mediante comunicación escrita cursada con [DIAS_DE_ANTICIPACION] días de anticipación.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]

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LA EMPRESA PRINCIPAL LA TERCERIZADORA
[REPRESENTANTE_PRINCIPAL] [REPRESENTANTE_TERCERIZADORA]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Contrato de Tercerización de Servicios con Desplazamiento de Personal (Ley 29245). Disponible en https://modelo.pe/contrato-de-tercerizacion-de-servicios-con-desplazamiento-de-personal-ley-29245/. Licencia CC-BY-4.0.
