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title: "Contrato de Trabajo de Porteador para Expedición de Trekking o Caminata"
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area: "Turismo y Hotelería"
category: "Turismo y Hotelería"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02
legal_citations:
  - "Ley N.° 31614"
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# Contrato de Trabajo de Porteador para Expedición de Trekking o Caminata

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/contrato-de-trabajo-de-porteador-para-expedicion-de-trekking-o-caminata/
**Área:** Turismo y Hotelería (Turismo y Hotelería)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Contrato laboral para porteadores de rutas de caminata conforme a la Ley N.° 31614: peso máximo de carga, equipo, alimentación, remuneración diaria y seguro del trabajador.

## Base legal citada

- Ley N.° 31614

## Contenido del modelo

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CONTRATO DE TRABAJO DE PORTEADOR PARA EXPEDICIÓN DE TREKKING O CAMINATA

Conste por el presente documento el contrato de trabajo que celebran, de una parte, [RAZON_SOCIAL_DE_LA_AGENCIA], con RUC N.° [RUC_DE_LA_AGENCIA], agencia de viajes y turismo con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_AGENCIA], representada por [REPRESENTANTE_DE_LA_AGENCIA], en adelante EL EMPLEADOR; y, de la otra parte, [NOMBRE_DEL_PORTEADOR], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_PORTEADOR], de [EDAD] años, natural de [LUGAR_DE_NACIMIENTO], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_PORTEADOR], en adelante EL PORTEADOR.

PRIMERA: OBJETO. EL EMPLEADOR contrata los servicios personales de EL PORTEADOR para transportar carga (equipos de campamento, alimentos y pertrechos) en la ruta [NOMBRE_DE_LA_RUTA], durante la expedición programada del [FECHA_DE_INICIO] al [FECHA_DE_FIN], bajo la modalidad de contrato de trabajo intermitente por temporada propia de la actividad, sujeta al régimen laboral de la actividad privada.

SEGUNDA: MARCO LEGAL Y PESO MÁXIMO. La prestación se sujeta a la Ley N.° 31614, Ley del Porteador, y sus normas complementarias, que reconocen los derechos del porteador como trabajador de ruta. La carga asignada a EL PORTEADOR no excederá de [PESO_MAXIMO_DE_CARGA] kilogramos, incluyendo sus efectos personales, y será pesada en presencia de EL PORTEADOR al inicio de cada jornada, dejándose constancia en la planilla de pesaje.

TERCERA: REMUNERACIÓN. EL PORTEADOR percibirá una remuneración de S/ [REMUNERACION_DIARIA] por día de expedición, pagadera [OPORTUNIDAD_DE_PAGO], más los beneficios sociales de ley proporcionales. Las propinas entregadas por los turistas pertenecen íntegramente a EL PORTEADOR.

CUARTA: CONDICIONES DE TRABAJO. EL EMPLEADOR garantiza: a) alimentación completa durante la expedición (desayuno, almuerzo, cena y refrigerios); b) espacio de pernocte en campamento con abrigo adecuado; c) equipo de porteo: [EQUIPO_ENTREGADO] (mochila o armazón, poncho impermeable, calzado apto, entre otros), cuyo costo no se descuenta de la remuneración; d) atención de primeros auxilios y evacuación en caso de emergencia; e) el seguro que corresponda conforme a la normativa aplicable a la actividad.

QUINTA: JORNADA Y DESCANSOS. Las jornadas de caminata respetarán los descansos necesarios en ruta y los campamentos programados. EL PORTEADOR no está obligado a realizar labores ajenas al porteo ni a cargar peso adicional al pactado; todo exceso da lugar al pago adicional de S/ [PAGO_POR_KILO_ADICIONAL] por kilogramo, sin superar los límites de seguridad.

SEXTA: OBLIGACIONES DEL PORTEADOR. a) Presentarse en el punto de partida [PUNTO_DE_PARTIDA] en la fecha y hora señaladas; b) cuidar la carga y el equipo entregado; c) observar las normas de la ruta y las indicaciones del guía responsable; d) mantener un trato respetuoso con los turistas y el equipo; e) devolver el equipo al término de la expedición en el estado que corresponde a su uso normal.

SÉPTIMA: SEGURIDAD Y SALUD. Ambas partes cumplen las normas de seguridad y salud en el trabajo aplicables. EL PORTEADOR declara encontrarse apto para el esfuerzo físico en altura y comunica cualquier dolencia; EL EMPLEADOR suspende la asignación de carga ante señales de riesgo para la salud del trabajador.

OCTAVA: VIGENCIA. El contrato rige por la expedición señalada, pudiendo renovarse por nuevas expediciones mediante anexos, manteniendo la antigüedad acumulada para los derechos que corresponda.

Firmado en [CIUDAD_Y_FECHA_DE_FIRMA], en dos ejemplares, quedando uno en poder de EL PORTEADOR.


_______________________________          _______________________________
EL EMPLEADOR                             EL PORTEADOR
[RAZON_SOCIAL_DE_LA_AGENCIA]             DNI N.° [DNI_DEL_PORTEADOR]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Contrato de Trabajo de Porteador para Expedición de Trekking o Caminata. Disponible en https://modelo.pe/contrato-de-trabajo-de-porteador-para-expedicion-de-trekking-o-caminata/. Licencia CC-BY-4.0.
