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title: "Contrato de Transferencia de Tecnología y Know-How"
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jurisdiction: PE
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-04-22
legal_citations:
  - "D.Leg. 1075"
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# Contrato de Transferencia de Tecnología y Know-How

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe) — Repositorio gratuito de formatos legales peruanos
**URL canónica:** https://modelo.pe/m/contrato-de-transferencia-de-tecnologia-y-know-how/
**Área:** Propiedad Intelectual (Propiedad Intelectual)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-04-22
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/) — uso libre con atribución

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Contrato de transferencia de tecnología, conocimientos técnicos y know-how entre proveedor y receptor, conforme al D.Leg. 1075 y Decisión 486 CAN.

## Base legal citada

- D.Leg. 1075

## Contenido del modelo

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CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA Y KNOW-HOW

Conste por el presente documento, el contrato de transferencia de tecnología y know-how que celebran:

DE UNA PARTE:
[NOMBRE_PROVEEDOR], identificado con RUC N° [RUC_PROVEEDOR], con domicilio en [DOMICILIO_PROVEEDOR], [PAÍS_PROVEEDOR], debidamente representado por [REPRESENTANTE_PROVEEDOR], identificado con [DOCUMENTO_IDENTIDAD_PROVEEDOR]; a quien en adelante se denominará "EL PROVEEDOR" o "LA PARTE TRANSFERENTE".

DE OTRA PARTE:
[NOMBRE_RECEPTOR], identificado con RUC N° [RUC_RECEPTOR], con domicilio en [DOMICILIO_RECEPTOR], Lima, Perú, debidamente representado por [REPRESENTANTE_RECEPTOR], identificado con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE_RECEPTOR], según poder inscrito en la Partida Electrónica N° [PARTIDA_RECEPTOR] del Registro de Personas Jurídicas de Lima; a quien en adelante se denominará "EL RECEPTOR" o "LA PARTE RECEPTORA".

Ambas partes, en pleno ejercicio de su libertad contractual y de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1075, la Decisión 486 de la Comunidad Andina, el Decreto Legislativo N° 662 (Régimen de Estabilidad Jurídica a la Inversión Extranjera), y los artículos 1351° y siguientes del Código Civil peruano, celebran el presente contrato bajo los siguientes términos:

CLÁUSULA PRIMERA: DEFINICIONES
1.1. "Tecnología Transferida": Comprende el conjunto de conocimientos técnicos, procesos, métodos, fórmulas, diseños, especificaciones, manuales y demás información técnica descrita en el Anexo A del presente contrato.
1.2. "Know-How": Conocimientos técnicos no patentados, de carácter secreto, sustancial e identificado, relativos a [DESCRIPCIÓN_KNOW_HOW].
1.3. "Información Confidencial": Toda información técnica, comercial o de cualquier otra índole proporcionada por cualquiera de las partes.
1.4. "Territorio": [ÁMBITO_TERRITORIAL_DE_USO].
1.5. "Productos": [PRODUCTOS_O_PROCESOS_OBJETO_DE_LA_TRANSFERENCIA].

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
2.1. EL PROVEEDOR se compromete a transferir a EL RECEPTOR la tecnología y el know-how descritos en el Anexo A, necesarios para [OBJETIVO_DE_LA_TRANSFERENCIA: fabricación / producción / comercialización / implementación de procesos] de [PRODUCTOS_O_SERVICIOS].
2.2. La transferencia incluye:
   a) Documentación técnica completa (manuales, planos, especificaciones).
   b) Asistencia técnica para la implementación.
   c) Capacitación del personal de EL RECEPTOR.
   d) [OTROS_COMPONENTES_DE_LA_TRANSFERENCIA]
2.3. La transferencia se otorga con carácter [EXCLUSIVO / NO EXCLUSIVO] para el Territorio definido.

CLÁUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
3.1. Entregar la documentación técnica completa en un plazo de [NÚMERO] días calendario a partir de la firma del contrato.
3.2. Proporcionar asistencia técnica durante un período de [NÚMERO] meses, incluyendo:
   a) [NÚMERO] visitas técnicas al establecimiento de EL RECEPTOR.
   b) Soporte remoto por [MEDIOS_DE_SOPORTE].
   c) Resolución de consultas técnicas dentro de [NÚMERO] días hábiles.
3.3. Capacitar a [NÚMERO] profesionales designados por EL RECEPTOR en [LUGAR_CAPACITACIÓN] durante [PERÍODO_CAPACITACIÓN].
3.4. Garantizar que la tecnología transferida cumple con las especificaciones descritas en el Anexo A y es apta para el fin previsto.
3.5. Informar sobre actualizaciones y mejoras tecnológicas durante la vigencia del contrato.

CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL RECEPTOR
4.1. Utilizar la tecnología y el know-how exclusivamente para los fines establecidos en el presente contrato.
4.2. Mantener estricta confidencialidad sobre la Información Confidencial.
4.3. No sublicenciar ni transferir a terceros la tecnología recibida sin autorización escrita de EL PROVEEDOR.
4.4. Poner a disposición las instalaciones, equipos y personal necesarios para la implementación.
4.5. Informar a EL PROVEEDOR sobre las mejoras o adaptaciones realizadas a la tecnología.

CLÁUSULA QUINTA: CONTRAPRESTACIÓN
5.1. Como contraprestación por la transferencia, EL RECEPTOR pagará a EL PROVEEDOR:
   a) Un pago inicial (lump sum) de [MONTO_INICIAL] [MONEDA] ([MONTO_EN_LETRAS]).
   b) Regalías equivalentes al [PORCENTAJE]% de [BASE_DE_CÁLCULO: ventas netas / utilidades / unidades producidas], pagaderas [PERIODICIDAD].
   c) [OTROS_PAGOS: honorarios de asistencia técnica, gastos de capacitación]
5.2. Las regalías mínimas anuales serán de [MONTO_MÍNIMO] [MONEDA].
5.3. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta [DATOS_BANCARIOS_PROVEEDOR].
5.4. EL RECEPTOR asumirá las retenciones tributarias aplicables conforme a la legislación peruana vigente.

CLÁUSULA SEXTA: CONFIDENCIALIDAD
6.1. Las partes se comprometen a mantener estricta confidencialidad sobre toda la Información Confidencial intercambiada.
6.2. La obligación de confidencialidad se extiende por un período de [NÚMERO] años posteriores a la terminación del contrato.
6.3. No se considerará Información Confidencial aquella que: (a) sea de dominio público sin culpa de la parte receptora; (b) haya sido conocida previamente; (c) sea requerida por autoridad competente.

CLÁUSULA SÉPTIMA: PROPIEDAD INTELECTUAL
7.1. EL PROVEEDOR retiene todos los derechos de propiedad intelectual sobre la tecnología transferida, incluyendo patentes, derechos de autor y secretos empresariales.
7.2. Las mejoras desarrolladas conjuntamente serán de propiedad [CONJUNTA / DEL PROVEEDOR / DEL RECEPTOR], conforme se detalla en el Anexo B.
7.3. Las mejoras desarrolladas independientemente por EL RECEPTOR serán de su propiedad, siempre que no revelen el know-how confidencial de EL PROVEEDOR.

CLÁUSULA OCTAVA: PLAZO
8.1. El presente contrato tendrá una duración de [NÚMERO] años contados desde la fecha de suscripción.
8.2. Podrá renovarse por períodos de [NÚMERO] años mediante acuerdo escrito, comunicado con [NÚMERO] meses de anticipación al vencimiento.

CLÁUSULA NOVENA: GARANTÍAS
9.1. EL PROVEEDOR garantiza que tiene pleno derecho y capacidad para transferir la tecnología objeto del presente contrato.
9.2. EL PROVEEDOR garantiza que la tecnología no infringe derechos de propiedad intelectual de terceros en el Territorio.
9.3. EL PROVEEDOR indemnizará a EL RECEPTOR por cualquier reclamación de terceros derivada de la infracción de derechos de propiedad intelectual.

CLÁUSULA DÉCIMA: TERMINACIÓN
10.1. El contrato podrá terminarse por:
   a) Vencimiento del plazo.
   b) Mutuo acuerdo.
   c) Incumplimiento sustancial de cualquiera de las partes, previa comunicación con [NÚMERO] días de anticipación para subsanar.
   d) Quiebra o insolvencia de cualquiera de las partes.
10.2. A la terminación, EL RECEPTOR deberá devolver toda la documentación técnica y cesar el uso de la tecnología confidencial, salvo aquella que se haya integrado legítimamente en sus propios procesos.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
11.1. Las partes intentarán resolver amigablemente cualquier controversia en un plazo de [NÚMERO] días.
11.2. De no llegar a un acuerdo, las controversias se resolverán mediante arbitraje de derecho administrado por [CENTRO DE ARBITRAJE: Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima / CCI], aplicando la legislación peruana.
11.3. El idioma del arbitraje será [IDIOMA]. La sede será Lima, Perú.

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: DISPOSICIONES GENERALES
12.1. LEY APLICABLE: El presente contrato se rige por las leyes de la República del Perú.
12.2. REGISTRO: Las partes podrán registrar el presente contrato ante INDECOPI conforme a la normativa vigente.
12.3. TOTALIDAD DEL ACUERDO: Este contrato constituye el acuerdo íntegro entre las partes.
12.4. MODIFICACIONES: Solo serán válidas mediante adenda escrita firmada por ambas partes.
12.5. COMUNICACIONES: Las notificaciones se dirigirán a los domicilios señalados en la parte introductoria.

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente contrato en dos (2) ejemplares de igual valor, en la ciudad de Lima, a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO].

_______________________________
EL PROVEEDOR
[NOMBRE_PROVEEDOR]
RUC N° [RUC_PROVEEDOR]

_______________________________
EL RECEPTOR
[NOMBRE_RECEPTOR]
RUC N° [RUC_RECEPTOR]

ANEXO A: Descripción detallada de la Tecnología y Know-How
ANEXO B: Régimen de propiedad sobre mejoras
ANEXO C: Cronograma de implementación y capacitación
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**Cómo citar:** Modelo.pe — Contrato de Transferencia de Tecnología y Know-How. Disponible en https://modelo.pe/m/contrato-de-transferencia-de-tecnologia-y-know-how/. Licencia CC-BY-4.0.
