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title: "Contrato de Transporte de Combustibles Líquidos en Camión Cisterna"
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area: "Energía y Electricidad"
category: "Energía"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Contrato de Transporte de Combustibles Líquidos en Camión Cisterna

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/contrato-de-transporte-de-combustibles-liquidos-en-camion-cisterna/
**Área:** Energía y Electricidad (Energía)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Contrato para el traslado de combustible por carretera: unidades habilitadas, rutas, mermas, seguros, plan de respuesta a emergencias y responsabilidad por derrames.

## Contenido del modelo

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CONTRATO DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS EN CAMIÓN CISTERNA

Conste por el presente documento el contrato que celebran de una parte [RAZON_SOCIAL_DEL_CONTRATANTE], con RUC N.° [RUC_DEL_CONTRATANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_CONTRATANTE], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_DEL_CONTRATANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_REPRESENTANTE_CONTRATANTE], a quien se denominará EL CONTRATANTE; y de la otra parte [RAZON_SOCIAL_DEL_TRANSPORTISTA], con RUC N.° [RUC_DEL_TRANSPORTISTA], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_TRANSPORTISTA], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_DEL_TRANSPORTISTA], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEL_REPRESENTANTE_TRANSPORTISTA], a quien se denominará EL TRANSPORTISTA, en los términos siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: DECLARACIONES
EL TRANSPORTISTA declara contar con inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos para el transporte de combustibles líquidos, con unidades habilitadas y con conductores capacitados en el manejo de materiales peligrosos.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
EL TRANSPORTISTA se obliga a trasladar combustibles líquidos por cuenta de EL CONTRATANTE desde [ORIGEN_DE_LA_CARGA] hasta [DESTINO_DE_LA_CARGA], en las unidades cisterna detalladas en el anexo, conforme a los programas de despacho que se le comuniquen.

CLÁUSULA TERCERA: UNIDADES Y CAPACIDAD
3.1. Unidades asignadas: [NUMERO_DE_UNIDADES] cisternas, con capacidad de [CAPACIDAD_POR_UNIDAD] galones cada una.
3.2. Cada unidad portará la documentación exigida, señalización de peligro, extintores y equipo de contención de derrames.
3.3. EL TRANSPORTISTA acreditará la vigencia de las revisiones técnicas y de las certificaciones de los tanques.

CLÁUSULA CUARTA: TARIFA Y FACTURACIÓN
La tarifa asciende a S/ [TARIFA_POR_VIAJE_O_GALON] por [UNIDAD_DE_COBRO], facturable de forma [PERIODICIDAD_DE_FACTURACION] y pagadera dentro de los [DIA_DE_PAGO] días de recibida la factura conforme.

CLÁUSULA QUINTA: MERMAS Y FALTANTES
5.1. Se admite una tolerancia de merma de [PORCENTAJE_DE_MERMA] % por viaje, calculada conforme a los procedimientos de medición aceptados.
5.2. Los faltantes que excedan dicha tolerancia serán asumidos por EL TRANSPORTISTA al precio de reposición vigente.
5.3. La recepción se documentará con acta que consigne volumen, temperatura y precintos.

CLÁUSULA SEXTA: SEGURIDAD Y NORMATIVA
6.1. El servicio se sujeta al Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N.° 043-2007-EM, cuyos artículos 19 y 20, modificados por el Decreto Supremo N.° 036-2020-EM, exigen contar con Plan de Respuesta a Emergencias y Estudio de Riesgos de Seguridad.
6.2. Es aplicable el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N.° 045-2001-EM, así como el Reglamento del Registro de Hidrocarburos de Osinergmin, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N.° 150-2024-OS/CD.
6.3. Rige la Ley N.° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N.° 042-2005-EM.

CLÁUSULA SÉTIMA: SEGUROS Y RESPONSABILIDAD
EL TRANSPORTISTA mantendrá vigentes pólizas de responsabilidad civil frente a terceros y de daños ambientales por una suma no menor a [SUMA_ASEGURADA], y asumirá el costo de la remediación en caso de derrame imputable a su operación.

CLÁUSULA OCTAVA: PLAZO Y CONTROVERSIAS
El contrato rige por [PLAZO_EN_MESES] meses desde el [FECHA_DE_INICIO]. Las controversias se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA_DE_SUSCRIPCION].

_______________________          _______________________
EL CONTRATANTE                    EL TRANSPORTISTA
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Contrato de Transporte de Combustibles Líquidos en Camión Cisterna. Disponible en https://modelo.pe/contrato-de-transporte-de-combustibles-liquidos-en-camion-cisterna/. Licencia CC-BY-4.0.
