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title: "Contrato de Uso de Imagen y Embajador de Marca del Artista"
url: https://modelo.pe/contrato-de-uso-de-imagen-y-embajador-de-marca-del-artista/
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area: "Espectáculos y Entretenimiento"
category: "Espectáculos y Entretenimiento"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Contrato de Uso de Imagen y Embajador de Marca del Artista

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/contrato-de-uso-de-imagen-y-embajador-de-marca-del-artista/
**Área:** Espectáculos y Entretenimiento (Espectáculos y Entretenimiento)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Contrato por el cual un artista autoriza el uso de su nombre, voz e imagen como embajador de una marca, con territorio, plazo, piezas autorizadas y cláusula de conducta.

## Contenido del modelo

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CONTRATO DE USO DE IMAGEN Y EMBAJADOR DE MARCA DEL ARTISTA

Conste por el presente documento el contrato que celebran, de una parte, [RAZON_SOCIAL_DE_LA_MARCA], con RUC N.° [RUC_DE_LA_MARCA], representada por [REPRESENTANTE_DE_LA_MARCA], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_MARCA], en adelante LA MARCA; y, de la otra parte, [NOMBRE_DEL_ARTISTA], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_ARTISTA], conocido artísticamente como [NOMBRE_ARTISTICO], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_ARTISTA], en adelante EL ARTISTA, en los términos siguientes:

PRIMERA: OBJETO. EL ARTISTA autoriza a LA MARCA el uso de su nombre, nombre artístico, voz e imagen, y se compromete a actuar como embajador de la marca [MARCA_PROMOCIONADA] durante la vigencia del contrato.

SEGUNDA: FUNDAMENTO. La autorización se otorga conforme al artículo 15 del Código Civil, según el cual la imagen y la voz de una persona no pueden ser aprovechadas sin su asentimiento expreso. La actividad artística se rige, en lo pertinente, por la Ley N.° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, y los derechos sobre sus interpretaciones por el Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor.

TERCERA: PIEZAS AUTORIZADAS. La autorización comprende exclusivamente: [PIEZAS_AUTORIZADAS], para los medios [MEDIOS_AUTORIZADOS]. Todo uso distinto requiere autorización escrita adicional.

CUARTA: TERRITORIO Y PLAZO. La licencia se otorga para el territorio de [TERRITORIO_DE_LA_LICENCIA], por el plazo de [PLAZO_DE_LA_LICENCIA] meses, contados desde el [FECHA_DE_INICIO]. Vencido el plazo, LA MARCA retirará el material de sus canales dentro de [DIAS_PARA_RETIRO] días.

QUINTA: ACTIVIDADES COMPROMETIDAS. EL ARTISTA participará en: (i) [NUMERO_DE_SESIONES] sesiones de producción de hasta [HORAS_POR_SESION] horas; (ii) [NUMERO_DE_ACTIVACIONES] activaciones o eventos de marca; y (iii) [NUMERO_DE_PUBLICACIONES] publicaciones en sus redes sociales.

SEXTA: CONTRAPRESTACIÓN. LA MARCA pagará S/ [MONTO_TOTAL] más tributos, en [NUMERO_DE_ARMADAS] armadas, según el cronograma del Anexo 1. Los gastos de traslado, alojamiento y producción son asumidos por [PARTE_QUE_ASUME_GASTOS].

SÉPTIMA: EXCLUSIVIDAD. Durante la vigencia, EL ARTISTA no promocionará productos de la categoría [CATEGORIA_EXCLUSIVA]. Fuera de esa categoría conserva plena libertad contractual.

OCTAVA: APROBACIÓN DE MATERIALES. EL ARTISTA tendrá derecho a revisar y observar las piezas finales dentro de [DIAS_DE_REVISION] días, limitando su observación a la fidelidad de su imagen y a la ausencia de alteraciones que la distorsionen.

NOVENA: PROHIBICIÓN DE ASOCIACIÓN INDEBIDA. LA MARCA no podrá asociar la imagen de EL ARTISTA a mensajes políticos, religiosos o de contenido que menoscabe su honor, ni sugerir respaldo a productos no comprendidos en este contrato.

DÉCIMA: CLÁUSULA DE CONDUCTA. Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato si la otra incurre en hechos públicos y graves que afecten seriamente la reputación de la contraparte, comunicándolo por conducto notarial.

DÉCIMO PRIMERA: NATURALEZA. Este contrato no genera relación laboral. EL ARTISTA actúa con autonomía y asume sus obligaciones tributarias y de seguridad social.

DÉCIMO SEGUNDA: CONTROVERSIAS. Las partes se someten a [MECANISMO_DE_SOLUCION] y a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

Suscrito en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO].

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LA MARCA                         EL ARTISTA
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Contrato de Uso de Imagen y Embajador de Marca del Artista. Disponible en https://modelo.pe/contrato-de-uso-de-imagen-y-embajador-de-marca-del-artista/. Licencia CC-BY-4.0.
