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title: "Convenio Arbitral Independiente (Cláusula Arbitral)"
url: https://modelo.pe/convenio-arbitral-independiente-clausula-arbitral/
canonical: https://modelo.pe/convenio-arbitral-independiente-clausula-arbitral/
area: "Arbitraje y MARC"
category: "Arbitraje"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-06-28
legal_citations:
  - "Decreto Legislativo 1071"
  - "D.Leg. 1660"
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# Convenio Arbitral Independiente (Cláusula Arbitral)

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/convenio-arbitral-independiente-clausula-arbitral/
**Área:** Arbitraje y MARC (Arbitraje)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-06-28
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Convenio arbitral autónomo para someter controversias a arbitraje, conforme al Art. 13 del Decreto Legislativo 1071 (Ley de Arbitraje), actualizado por el D.Leg. 1660.

## Base legal citada

- Decreto Legislativo 1071
- D.Leg. 1660

## Contenido del modelo

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CONVENIO ARBITRAL INDEPENDIENTE

Conste por el presente documento el convenio arbitral que celebran:

LA PRIMERA PARTE: [NOMBRE_PARTE_UNO], identificado con [TIPO_DOC_PARTE_UNO] [NUMERO_DOC_PARTE_UNO], con domicilio en [DOMICILIO_PARTE_UNO].

LA SEGUNDA PARTE: [NOMBRE_PARTE_DOS], identificado con [TIPO_DOC_PARTE_DOS] [NUMERO_DOC_PARTE_DOS], con domicilio en [DOMICILIO_PARTE_DOS].

En los términos siguientes:

PRIMERA: NATURALEZA Y MARCO LEGAL
El convenio arbitral es el acuerdo por el que las partes deciden someter a arbitraje todas o ciertas controversias surgidas o que puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica, conforme al Art. 13 del Decreto Legislativo 1071 (Ley de Arbitraje). Este convenio se celebra como acuerdo independiente, distinto del contrato principal.

SEGUNDA: FORMA ESCRITA
Las partes dejan constancia de que este convenio consta por escrito, conforme exige el Art. 13 del D.Leg. 1071. Se entiende que el convenio es escrito cuando su contenido queda registrado en cualquier soporte, incluida la comunicación electrónica accesible para ulterior consulta.

TERCERA: RELACIÓN JURÍDICA SOMETIDA
Las partes someten a arbitraje todas las controversias derivadas de la siguiente relación jurídica: [DESCRIPCION_RELACION_JURIDICA], incluidas las relativas a su existencia, validez, eficacia, interpretación, ejecución, resolución y terminación.

CUARTA: TIPO DE ARBITRAJE
El arbitraje será de derecho. El laudo se dictará aplicando las normas jurídicas peruanas pertinentes a la controversia.

QUINTA: NÚMERO DE ÁRBITROS
El tribunal arbitral estará compuesto por [NUMERO_ARBITROS] árbitro(s). Si las partes pactan tres árbitros, cada una designará uno y los dos designados nombrarán al tercero, que presidirá el tribunal.

SEXTA: INSTITUCIÓN ARBITRAL
El arbitraje será administrado por [INSTITUCION_ARBITRAL] y se regirá por su reglamento vigente, el cual las partes declaran conocer y aceptar. A falta de institución designada, el arbitraje será ad hoc bajo el D.Leg. 1071.

SÉPTIMA: SEDE E IDIOMA
La sede del arbitraje será la ciudad de [SEDE_ARBITRAJE], Perú. El idioma del arbitraje será el español.

OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes, los árbitros y la institución mantienen la confidencialidad del arbitraje, conforme al Art. 51 del D.Leg. 1071, salvo las excepciones que la ley permite.

NOVENA: COSTOS
Los costos del arbitraje se distribuyen conforme decida el tribunal arbitral en el laudo, según los Arts. 70 a 73 del D.Leg. 1071.

DÉCIMA: RENUNCIA AL FUERO JUDICIAL
Las partes renuncian a someter las controversias indicadas al Poder Judicial, salvo las actuaciones de colaboración y control que la Ley de Arbitraje reserva a la justicia ordinaria.

DÉCIMO PRIMERA: CARÁCTER DEFINITIVO DEL LAUDO
El laudo arbitral es definitivo, inapelable y de obligatorio cumplimiento, conforme al Art. 59 del D.Leg. 1071.

En señal de conformidad, las partes firman en [CIUDAD], el [FECHA_FIRMA].

_______________________________
LA PRIMERA PARTE
[NOMBRE_PARTE_UNO]

_______________________________
LA SEGUNDA PARTE
[NOMBRE_PARTE_DOS]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Convenio Arbitral Independiente (Cláusula Arbitral). Disponible en https://modelo.pe/convenio-arbitral-independiente-clausula-arbitral/. Licencia CC-BY-4.0.
