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title: "Convenio de Donación de Alimentos entre Empresa y Banco de Alimentos"
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area: "Asociaciones y Cooperativas"
category: "Asociativo"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-07-19
legal_citations:
  - "Ley 30498"
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# Convenio de Donación de Alimentos entre Empresa y Banco de Alimentos

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/convenio-de-donacion-de-alimentos-entre-empresa-y-banco-de-alimentos/
**Área:** Asociaciones y Cooperativas (Asociativo)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-07-19
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Convenio para la donación de alimentos aptos para consumo humano que ya no son comercializables, entre una empresa donante y un banco de alimentos como entidad perceptora, con trazabilidad, destino a población vulnerable y deducción tributaria, conforme a la Ley 30498.

## Base legal citada

- Ley 30498

## Contenido del modelo

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CONVENIO DE DONACIÓN DE ALIMENTOS

Conste por el presente documento el convenio de donación de alimentos que celebran, de una parte, [NOMBRE_EMPRESA], con RUC N.° [RUC_EMPRESA] y domicilio en [DOMICILIO_EMPRESA], debidamente representada por [REPRESENTANTE_EMPRESA], a quien se denominará EL DONANTE; y de la otra parte, [NOMBRE_BANCO_ALIMENTOS], entidad perceptora de donaciones con RUC N.° [RUC_BANCO] y domicilio en [DOMICILIO_BANCO], representada por [REPRESENTANTE_BANCO], a quien se denominará EL PERCEPTOR; en los términos siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: MARCO LEGAL. El presente convenio se celebra al amparo de la Ley 30498, que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales, y de su reglamento, así como de las normas del Impuesto a la Renta y del IGV aplicables a las donaciones.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO. EL DONANTE dona a EL PERCEPTOR, a título gratuito, alimentos aptos para consumo humano que, por razones de presentación, temporada, proximidad de vencimiento u otras, ya no son comercializables pero conservan su inocuidad y valor nutricional, detallados en el Anexo 1.

CLÁUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL DONANTE. EL DONANTE se obliga a: a) entregar alimentos en buen estado de conservación e inocuidad; b) emitir el comprobante de donación conforme a las normas tributarias; c) informar la fecha de vencimiento y condiciones de almacenamiento; d) no donar alimentos vencidos, adulterados o contaminados.

CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL PERCEPTOR. EL PERCEPTOR se obliga a: a) recibir, almacenar y transportar los alimentos observando las condiciones sanitarias; b) destinarlos exclusivamente a la alimentación de personas en situación de vulnerabilidad, sin comercializarlos; c) llevar el registro de trazabilidad de la recepción y entrega; d) emitir constancia de recepción y rendir cuenta del destino de los alimentos.

CLÁUSULA QUINTA: VALORIZACIÓN Y EFECTOS TRIBUTARIOS. Los alimentos donados se valorizan en S/ [VALOR_DONACION], conforme al Anexo 1. La donación otorga a EL DONANTE el derecho a la deducción prevista en la Ley 30498 y en la Ley del Impuesto a la Renta, sujeta a los límites y requisitos legales, siendo EL PERCEPTOR entidad calificada para percibir donaciones.

CLÁUSULA SEXTA: RESPONSABILIDAD SANITARIA. Cada parte responde por las obligaciones sanitarias a su cargo conforme a las normas de inocuidad de los alimentos. EL PERCEPTOR asume la conservación de la cadena de frío y las condiciones de almacenamiento desde la recepción.

CLÁUSULA SÉTIMA: VIGENCIA. El presente convenio tiene vigencia desde el [FECHA_INICIO] hasta el [FECHA_FIN], renovable por acuerdo escrito de las partes.

CLÁUSULA OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las controversias se resuelven de buena fe y, en su defecto, ante los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL].

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente convenio en la ciudad de [CIUDAD], a los [FECHA].

____________________________
EL DONANTE - [NOMBRE_EMPRESA]

____________________________
EL PERCEPTOR - [NOMBRE_BANCO_ALIMENTOS]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Convenio de Donación de Alimentos entre Empresa y Banco de Alimentos. Disponible en https://modelo.pe/convenio-de-donacion-de-alimentos-entre-empresa-y-banco-de-alimentos/. Licencia CC-BY-4.0.
