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title: "Directiva de Uso y Custodia de las Grabaciones del Centro de Monitoreo de Videovigilancia Municipal"
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area: "Seguridad Ciudadana"
category: "Seguridad Ciudadana"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Directiva de Uso y Custodia de las Grabaciones del Centro de Monitoreo de Videovigilancia Municipal

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/directiva-de-uso-y-custodia-de-las-grabaciones-del-centro-de-monitoreo-de-videovigilancia-municipal/
**Área:** Seguridad Ciudadana (Seguridad Ciudadana)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Directiva interna que fija quién accede a las grabaciones del centro de monitoreo municipal, cuánto tiempo se conservan, cómo se entregan a la Policía o al Ministerio Público y qué responsabilidad genera su difusión indebida.

## Contenido del modelo

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DIRECTIVA QUE REGULA EL USO, LA CUSTODIA Y LA ENTREGA DE LAS GRABACIONES DEL CENTRO DE MONITOREO DE VIDEOVIGILANCIA MUNICIPAL

DIRECTIVA N.° [NUMERO_DE_DIRECTIVA]-[ANIO]-MD[DISTRITO]

I. OBJETO
Establecer las reglas de acceso, uso, conservación, entrega y eliminación de las imágenes y grabaciones captadas por las cámaras del sistema de videovigilancia de la Municipalidad Distrital de [DISTRITO].

II. FINALIDAD
Garantizar que el sistema sirva exclusivamente a la seguridad ciudadana y a la investigación de faltas y delitos, evitando cualquier uso político, comercial o personal de las imágenes.

III. ALCANCE
Alcanza a todo el personal del centro de monitoreo, a la Gerencia de [GERENCIA_RESPONSABLE], al Servicio de Serenazgo y a los terceros que presten servicios de mantenimiento del sistema.

IV. BASE LEGAL
4.1. Decreto Legislativo N.° 1218, que regula el uso de las cámaras de videovigilancia.
4.2. Ley N.° 30120, Ley de apoyo a la Seguridad Ciudadana con Cámaras de Videovigilancia Públicas y Privadas.
4.3. Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales.
4.4. Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
4.5. Ley N.° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.

V. DISPOSICIONES GENERALES
5.1. Las imágenes captadas constituyen datos personales y se tratan con finalidad exclusiva de seguridad ciudadana.
5.2. El plazo de conservación de las grabaciones es de [DIAS_DE_CONSERVACION] días calendario. Vencido el plazo se sobrescriben automáticamente, salvo que la grabación haya sido reservada por requerimiento de la autoridad.
5.3. Las cámaras no enfocan el interior de viviendas ni de predios privados. Cuando el encuadre lo haga inevitable, se aplica el enmascarado digital de la zona privada.
5.4. En cada acceso al servidor de grabaciones se registra automáticamente el usuario, la fecha, la hora y la cámara consultada.

VI. DEL PERSONAL AUTORIZADO
6.1. Solo acceden a las grabaciones los operadores acreditados por resolución de la Gerencia de [GERENCIA_RESPONSABLE], mediante usuario y contraseña personal e intransferible.
6.2. El personal suscribe una declaración de confidencialidad al asumir el cargo.
6.3. Está prohibido fotografiar o filmar las pantallas del centro de monitoreo con equipos personales.

VII. ENTREGA A LA AUTORIDAD
7.1. La entrega de grabaciones procede ante requerimiento escrito de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio Público o del Poder Judicial, indicando el número de caso o carpeta fiscal.
7.2. También procede a solicitud de la persona afectada por el hecho, en calidad de titular de los datos, para el ejercicio de sus derechos ante la autoridad.
7.3. La copia se entrega en soporte [TIPO_DE_SOPORTE], con acta de entrega firmada, indicando la cámara, el rango horario y el código de verificación del archivo.
7.4. El plazo interno de atención es de [DIAS_DE_ATENCION] días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.

VIII. PROHIBICIONES
8.1. Difundir imágenes por redes sociales, grupos de mensajería o medios de comunicación.
8.2. Entregar copias a terceros no autorizados, incluidos regidores y funcionarios sin competencia sobre la materia.
8.3. Usar las imágenes para fines publicitarios o de propaganda institucional.

IX. RESPONSABILIDAD
El incumplimiento genera responsabilidad administrativa disciplinaria, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que corresponda y de las sanciones que la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales pueda imponer a la entidad.

X. VIGENCIA
La presente directiva rige desde el día siguiente de su aprobación por [ORGANO_QUE_APRUEBA].

[DISTRITO], [FECHA_DE_APROBACION]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Directiva de Uso y Custodia de las Grabaciones del Centro de Monitoreo de Videovigilancia Municipal. Disponible en https://modelo.pe/directiva-de-uso-y-custodia-de-las-grabaciones-del-centro-de-monitoreo-de-videovigilancia-municipal/. Licencia CC-BY-4.0.
