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title: "Escritura Pública de Permuta de Inmuebles"
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canonical: https://modelo.pe/escritura-publica-de-permuta-de-inmuebles/
area: Inmobiliario y Registral
category: Inmobiliario
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-04-22
legal_citations:
  - "Art. 1602 al 1605 del Código Civil"
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# Escritura Pública de Permuta de Inmuebles

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/escritura-publica-de-permuta-de-inmuebles/
**Área:** Inmobiliario y Registral (Inmobiliario)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-04-22
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Minuta para escritura pública de permuta de bienes inmuebles. Las partes intercambian la propiedad de dos inmuebles, con o sin pago de saldo. Cumple Art. 1602 al 1605 del Código Civil y exige escritura pública e inscripción en SUNARP.

## Base legal citada

- Art. 1602 al 1605 del Código Civil

## Contenido del modelo

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MINUTA DE ESCRITURA PÚBLICA DE PERMUTA DE INMUEBLES

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una de PERMUTA DE INMUEBLES que celebran:

[NOMBRE_PERMUTANTE_1], identificado(a) con DNI N° [DNI_1], [ESTADO_CIVIL_1: con autorización conyugal de [NOMBRE_CONYUGE] DNI [DNI_CONYUGE] / sin autorización por régimen de separación de patrimonios acreditado en escritura del [FECHA_ESCRITURA_REGIMEN]], con domicilio en [DOMICILIO_1], a quien en adelante se denominará EL PERMUTANTE 1; y

[NOMBRE_PERMUTANTE_2], identificado(a) con DNI N° [DNI_2], [ESTADO_CIVIL_2], con domicilio en [DOMICILIO_2], a quien en adelante se denominará EL PERMUTANTE 2;

en los términos siguientes:

PRIMERA.- OBJETO Y ANTECEDENTES

1.1. EL PERMUTANTE 1 es propietario del INMUEBLE 1, ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE_1], con [AREA_M2_1] m², inscrito en la Partida Electrónica N° [PARTIDA_1] del Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL_1]. Linderos: [DETALLE_LINDEROS_1].

1.2. EL PERMUTANTE 2 es propietario del INMUEBLE 2, ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE_2], con [AREA_M2_2] m², inscrito en la Partida Electrónica N° [PARTIDA_2] del Registro de Predios de [OFICINA_REGISTRAL_2]. Linderos: [DETALLE_LINDEROS_2].

1.3. Ambos inmuebles están libres de cargas, gravámenes y medidas cautelares, conforme acreditan las copias literales actualizadas que se acompañan.

SEGUNDA.- ACUERDO DE PERMUTA

Las partes acuerdan PERMUTAR la propiedad de sus inmuebles del modo siguiente:

a) EL PERMUTANTE 1 transfiere al PERMUTANTE 2 la propiedad del INMUEBLE 1.

b) EL PERMUTANTE 2 transfiere al PERMUTANTE 1 la propiedad del INMUEBLE 2.

c) [OPCIÓN - SALDO COMPENSATORIO]: Por la diferencia de valor entre ambos inmuebles, [EL_PERMUTANTE_1_O_2] entregará al otro la suma adicional de S/ [MONTO_SALDO], pagadero en [FORMA_DE_PAGO: efectivo / cheque de gerencia / transferencia bancaria / cronograma].

TERCERA.- VALORES Y BASE TRIBUTARIA

3.1. Para efectos del Impuesto de Alcabala (Ley de Tributación Municipal), las partes declaran que el valor de tasación de cada inmueble es:
- Inmueble 1: S/ [VALOR_INMUEBLE_1].
- Inmueble 2: S/ [VALOR_INMUEBLE_2].

3.2. El Impuesto de Alcabala correspondiente a cada transferencia será asumido por el adquirente del inmueble (Art. 23 D.S. 156-2004-EF), salvo pacto en contrario.

CUARTA.- ENTREGA Y POSESIÓN

4.1. Las partes acuerdan que la entrega de la posesión efectiva de los inmuebles permutados se realizará el [FECHA_ENTREGA_POSESION], simultánea para ambos.

4.2. Hasta esa fecha, cada permutante conserva el uso, los frutos y las cargas de su inmueble actual.

QUINTA.- SANEAMIENTO

Cada permutante garantiza al otro el saneamiento por evicción y por vicios ocultos del inmueble transferido, conforme a los Arts. 1484 al 1528 del Código Civil. El plazo para reclamar es de 1 año desde el conocimiento del vicio (Art. 1514 CC).

SEXTA.- INSCRIPCIÓN REGISTRAL

Las partes solicitan al señor notario que tramite la inscripción de la presente escritura en el Registro de Predios de las respectivas oficinas registrales de SUNARP, modificando la titularidad de cada inmueble.

SÉPTIMA.- JURISDICCIÓN Y NORMATIVA

Cualquier controversia derivada de la presente escritura se someterá a la competencia de los jueces y tribunales del distrito judicial donde se ubica el inmueble correspondiente. Se rige por la normativa peruana, en particular los Arts. 1602 al 1605 CC sobre permuta.

Sírvase usted, señor notario, agregar la introducción y conclusión de ley, e insertar:

a) Copia simple de DNI de ambos permutantes.
b) Copias literales actualizadas de ambos inmuebles (no mayor a 30 días).
c) Tasaciones o autoavalúos de ambos inmuebles.
d) Pago del Impuesto de Alcabala.
e) HR y PU vigentes (predial e impuesto vehicular si aplica).

[CIUDAD], [FECHA].

_____________________________     _____________________________
EL PERMUTANTE 1                    EL PERMUTANTE 2
[NOMBRE_PERMUTANTE_1]              [NOMBRE_PERMUTANTE_2]
DNI N° [DNI_1]                     DNI N° [DNI_2]

Firma del abogado autorizante: [NOMBRE_ABOGADO], CAL N° [CAL]

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**Cómo citar:** Modelo.pe. Escritura Pública de Permuta de Inmuebles. Disponible en https://modelo.pe/escritura-publica-de-permuta-de-inmuebles/. Licencia CC-BY-4.0.
