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title: "Estatuto de Comité Vecinal o de Junta Vecinal Comunal"
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jurisdiction: PE
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-07-10
legal_citations:
  - "Ley 27972"
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# Estatuto de Comité Vecinal o de Junta Vecinal Comunal

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/estatuto-de-comite-vecinal-o-de-junta-vecinal-comunal/
**Área:** Asociaciones y Cooperativas (Asociativo)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-07-10
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Estatuto de Junta Vecinal Comunal reconocida por la Municipalidad conforme al Art. 116 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y CC Art. 111 al 123.

## Base legal citada

- Ley 27972

## Contenido del modelo

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ESTATUTO DE LA JUNTA VECINAL COMUNAL

DENOMINACIÓN: JUNTA VECINAL COMUNAL [NOMBRE_JVC]
DISTRITO: [DISTRITO_JVC]
PROVINCIA: [PROVINCIA_JVC]

TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- DENOMINACIÓN Y NATURALEZA

La presente organización se denomina Junta Vecinal Comunal "[NOMBRE_JVC]", de carácter participativo, sin fines de lucro, reconocida por la Municipalidad Distrital de [DISTRITO_JVC] como mecanismo de participación vecinal conforme al Art. 116 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y al Capítulo de Comités del Código Civil (Arts. 111 al 123).

ARTÍCULO 2.- DOMICILIO Y ÁMBITO

La Junta Vecinal Comunal tiene domicilio en [DOMICILIO_JVC] y su ámbito territorial comprende el sector vecinal de [SECTOR_VECINAL], delimitado por [LIMITES_SECTOR].

ARTÍCULO 3.- DURACIÓN

La duración de la Junta Vecinal Comunal es indefinida.

ARTÍCULO 4.- FINES

a) Promover la participación vecinal en la gestión municipal.
b) Canalizar las demandas vecinales ante las autoridades.
c) Coordinar la ejecución de obras y servicios.
d) Fomentar la seguridad ciudadana en coordinación con la PNP y serenazgo.
e) Promover la convivencia armónica y el desarrollo comunal.

TÍTULO II: DE LOS VECINOS

ARTÍCULO 5.- VECINOS HÁBILES

Son vecinos hábiles los mayores de edad con residencia permanente en el sector y que estén inscritos en el padrón vecinal.

ARTÍCULO 6.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS VECINOS

Derechos:
a) Participar en las asambleas con voz y voto.
b) Elegir y ser elegidos en la Junta Directiva.
c) Recibir información sobre la gestión de la Junta.
d) Presentar propuestas e iniciativas.

Obligaciones:
a) Participar activamente en las asambleas y actividades.
b) Cumplir los acuerdos y el presente Estatuto.
c) Aportar las cuotas vecinales acordadas.

TÍTULO III: ÓRGANOS DE GOBIERNO

ARTÍCULO 7.- ÓRGANOS

a) Asamblea General de Vecinos.
b) Junta Directiva.
c) Comisiones de Trabajo.

ARTÍCULO 8.- ASAMBLEA GENERAL

La Asamblea es el órgano supremo. Sesiona ordinariamente al menos cada [PERIODO_SESIONES_ASAMBLEA_JVC] meses y extraordinariamente cuando lo convoque la Junta Directiva o lo solicite el [PORCENTAJE_CONVOCATORIA]% de vecinos hábiles.

ARTÍCULO 9.- JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva está integrada por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Fiscal y dos Vocales, elegidos por la Asamblea para un periodo de [PERIODO_JD_AÑOS_JVC] años.

ARTÍCULO 10.- COMISIONES

Se constituyen comisiones de trabajo en obras, seguridad, salud, educación, deporte y cultura, según necesidad.

TÍTULO IV: RÉGIMEN ECONÓMICO

ARTÍCULO 11.- INGRESOS

Constituyen ingresos:
a) Cuotas vecinales ordinarias y extraordinarias.
b) Donaciones de personas naturales o jurídicas.
c) Apoyo de la municipalidad y otras entidades.

ARTÍCULO 12.- DESTINO DE LOS RECURSOS

Los recursos se destinan exclusivamente al cumplimiento de los fines de la Junta Vecinal.

TÍTULO V: RECONOCIMIENTO MUNICIPAL E INSCRIPCIÓN

ARTÍCULO 13.- RECONOCIMIENTO MUNICIPAL

La Junta Vecinal Comunal solicitará reconocimiento a la Municipalidad Distrital de [DISTRITO_JVC] conforme a la ordenanza vigente.

ARTÍCULO 14.- INSCRIPCIÓN EN SUNARP

La Junta Vecinal podrá inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de SUNARP a efectos de adquirir personalidad jurídica conforme al Art. 124 del Código Civil.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: Lo no previsto se rige por la Ley 27972, el Código Civil y las normas municipales aplicables.

[CIUDAD], [FECHA_ESTATUTO_JVC].

____________________            ____________________
[NOMBRE_PRESIDENTE_JVC]           [NOMBRE_SECRETARIO_JVC]
Presidente                         Secretario
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Estatuto de Comité Vecinal o de Junta Vecinal Comunal. Disponible en https://modelo.pe/estatuto-de-comite-vecinal-o-de-junta-vecinal-comunal/. Licencia CC-BY-4.0.
