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title: "Estatuto de Comunidad Campesina"
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area: "Agrario y Rural"
category: "Agrario"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-07-19
legal_citations:
  - "Ley 24656"
  - "D.S. 008-91-"
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# Estatuto de Comunidad Campesina

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/estatuto-de-comunidad-campesina/
**Área:** Agrario y Rural (Agrario)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-07-19
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Estatuto de comunidad campesina para su inscripción o actualización en SUNARP, conforme a la Ley 24656 y el D.S. 008-91-TR, con régimen de comuneros, territorio comunal y órganos de gobierno.

## Base legal citada

- Ley 24656
- D.S. 008-91-

## Contenido del modelo

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ESTATUTO DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE [NOMBRE_COMUNIDAD]

TÍTULO I: DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y FINES
Artículo 1.- La Comunidad Campesina de [NOMBRE_COMUNIDAD] es una organización de interés público, con existencia legal y personería jurídica, regida por la Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 008-91-TR y el presente estatuto.
Artículo 2.- Su territorio se ubica en el distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO]. Tiene duración indefinida.
Artículo 3.- Son fines: el aprovechamiento sostenible de las tierras y recursos comunales, el desarrollo integral de los comuneros y la defensa de su territorio e identidad cultural.

TÍTULO II: DE LOS COMUNEROS
Artículo 4.- Son comuneros calificados los mayores de edad, con residencia estable no menor de [ANOS] años en la comunidad e inscritos en el padrón, conforme al artículo 5 de la Ley N.° 24656.
Artículo 5.- Son derechos del comunero calificado: participar con voz y voto en la asamblea, elegir y ser elegido, y acceder al usufructo de parcelas comunales.
Artículo 6.- Son deberes: cumplir el estatuto, asistir a las asambleas y faenas comunales y conservar los bienes de la comunidad.

TÍTULO III: DEL TERRITORIO COMUNAL
Artículo 7.- Las tierras de la comunidad son imprescriptibles e inembargables, y solo pueden disponerse por acuerdo de los dos tercios de los comuneros calificados en asamblea, dentro de los límites de la Constitución y la ley.
Artículo 8.- El uso de las parcelas se otorga en usufructo a los comuneros por acuerdo de asamblea, sin transferir la propiedad comunal.

TÍTULO IV: ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 9.- Son órganos: la Asamblea General, la Directiva Comunal y los comités especializados.
Artículo 10.- La Asamblea General es el órgano supremo. La Directiva Comunal se integra por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Fiscal y [OTROS_CARGOS], elegidos por dos años.
Artículo 11.- El quórum de la asamblea es la mitad más uno de los comuneros calificados hábiles; los acuerdos se adoptan por mayoría, salvo los que la ley exija mayoría calificada.

TÍTULO V: RÉGIMEN ECONÓMICO Y DISOLUCIÓN
Artículo 12.- El patrimonio lo constituyen las tierras, aguas, pastos, bienes y rentas de la comunidad, administrados en beneficio comunal con rendición de cuentas. La comunidad no se disuelve sino por las causales previstas en la ley.

[CIUDAD], [FECHA]

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[PRESIDENTE] - Presidente de la Directiva Comunal
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Estatuto de Comunidad Campesina. Disponible en https://modelo.pe/estatuto-de-comunidad-campesina/. Licencia CC-BY-4.0.
