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title: "Estatuto de Iglesia Evangélica para su Inscripción como Asociación Religiosa"
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canonical: https://modelo.pe/estatuto-de-iglesia-evangelica-para-su-inscripcion-como-asociacion-religiosa/
area: "Entidades Religiosas"
category: "Entidades Religiosas"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Estatuto de Iglesia Evangélica para su Inscripción como Asociación Religiosa

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/estatuto-de-iglesia-evangelica-para-su-inscripcion-como-asociacion-religiosa/
**Área:** Entidades Religiosas (Entidades Religiosas)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Estatuto completo de una iglesia evangélica organizada como asociación religiosa bajo el Código Civil, listo para elevarse a escritura pública e inscribirse en SUNARP y en el Registro de Entidades Religiosas.

## Contenido del modelo

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ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN RELIGIOSA [DENOMINACIÓN_DE_LA_IGLESIA]

TÍTULO I: DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y FINES

ARTÍCULO PRIMERO: La asociación se denomina [DENOMINACIÓN_DE_LA_IGLESIA], en adelante la Iglesia. Es una asociación religiosa sin fines de lucro, constituida al amparo de los artículos 80 y siguientes del Código Civil y de la Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa, y su Reglamento.

ARTÍCULO SEGUNDO: El domicilio de la Iglesia es [DIRECCIÓN_DEL_TEMPLO], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], pudiendo establecer filiales o anexos en cualquier lugar de la República.

ARTÍCULO TERCERO: La duración de la Iglesia es indefinida y sus actividades se inician a partir de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas.

ARTÍCULO CUARTO: Son fines de la Iglesia: a) practicar y difundir la fe cristiana evangélica mediante el culto público, la predicación y la enseñanza bíblica; b) formar ministros, líderes y maestros; c) desarrollar obras de servicio social, educativo y de ayuda al necesitado; d) celebrar ceremonias religiosas de bautismo, presentación de niños, matrimonio religioso y honras fúnebres; e) sostener misioneros y establecer nuevas congregaciones.

TÍTULO II: DE LOS MIEMBROS

ARTÍCULO QUINTO: Son miembros las personas naturales que profesan la fe de la Iglesia, han recibido el bautismo conforme a su doctrina y son admitidas por el Consejo Directivo. Los miembros se registran en el libro padrón correspondiente.

ARTÍCULO SEXTO: Son derechos de los miembros: participar con voz y voto en la Asamblea General, elegir y ser elegidos para cargos directivos y recibir asistencia espiritual. Son deberes: cumplir el presente estatuto, sostener la obra con sus aportes voluntarios y guardar la doctrina de la Iglesia.

TÍTULO III: DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

ARTÍCULO SÉPTIMO: Son órganos de la Iglesia: la Asamblea General de miembros y el Consejo Directivo. La Asamblea General es el órgano supremo y se reúne en forma ordinaria una vez al año y en forma extraordinaria cuando la convoque el Presidente o lo solicite no menos de la décima parte de los miembros, conforme al artículo 85 del Código Civil.

ARTÍCULO OCTAVO: El Consejo Directivo se compone de: Presidente, quien ejerce la representación legal; Secretario; Tesorero; y [NÚMERO_DE_VOCALES] vocales. El mandato dura [AÑOS_DE_MANDATO] años, con posibilidad de reelección. El Pastor Principal, [NOMBRE_DEL_PASTOR_PRINCIPAL], dirige la vida espiritual y litúrgica de la congregación conforme a la doctrina.

ARTÍCULO NOVENO: El quórum y las mayorías de la Asamblea General se rigen por el artículo 87 del Código Civil. Los acuerdos constan en el libro de actas.

TÍTULO IV: DEL PATRIMONIO

ARTÍCULO DÉCIMO: El patrimonio está constituido por los diezmos, ofrendas y donaciones de los fieles, los bienes muebles e inmuebles que adquiera y los demás recursos lícitos. Los bienes se destinan exclusivamente a los fines de la Iglesia y en ningún caso se distribuyen entre sus miembros.

TÍTULO V: DE LA MODIFICACIÓN Y DISOLUCIÓN

ARTÍCULO UNDÉCIMO: El estatuto se modifica por acuerdo de Asamblea General Extraordinaria. La Iglesia se disuelve por las causales previstas en el Código Civil; el haber neto resultante de la liquidación se entrega a [ENTIDAD_RELIGIOSA_BENEFICIARIA], entidad de fines análogos, conforme al artículo 98 del Código Civil.

[CIUDAD], [FECHA].

[NOMBRE_DEL_PRESIDENTE], Presidente ( DNI [DNI_PRESIDENTE]
[NOMBRE_DEL_SECRETARIO], Secretario ) DNI [DNI_SECRETARIO]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Estatuto de Iglesia Evangélica para su Inscripción como Asociación Religiosa. Disponible en https://modelo.pe/estatuto-de-iglesia-evangelica-para-su-inscripcion-como-asociacion-religiosa/. Licencia CC-BY-4.0.
