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title: "Estatuto de Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada"
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area: "Empresarial y Societario"
category: "Societario"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-07-26
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  - "Ley N.° 26887"
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# Estatuto de Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/estatuto-de-sociedad-civil-de-responsabilidad-limitada/
**Área:** Empresarial y Societario (Societario)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-07-26
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Estatuto para la constitución de una Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, forma societaria del Libro Cuarto de la Ley N.° 26887 propia del ejercicio conjunto de una profesión, oficio o práctica.

## Base legal citada

- Ley N.° 26887

## Contenido del modelo

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ESTATUTO DE SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

TÍTULO I: DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN

Artículo 1.- Denominación
La sociedad se denomina "[DENOMINACIÓN DE LA SOCIEDAD] SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", pudiendo utilizar la abreviatura "[ABREVIATURA] S. CIVIL DE R.L.", constituida al amparo del Libro Cuarto de la Ley N.° 26887, Ley General de Sociedades, referido a las Sociedades Civiles.

Artículo 2.- Objeto social
La sociedad tiene por objeto dedicarse al ejercicio de una profesión, oficio, pericia, práctica u otro tipo de actividades personales conforme a lo establecido en el artículo 295 de la Ley General de Sociedades, específicamente: [DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL OBJETO SOCIAL, POR EJEMPLO: LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ASESORÍA LEGAL, CONTABLE O CONSULTORÍA]. Se entienden incluidos los actos relacionados con el objeto social que coadyuven a la realización de sus fines.

Artículo 3.- Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de [CIUDAD], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], pudiendo establecer sucursales, agencias u oficinas en cualquier lugar del país o del extranjero por acuerdo de los socios.

Artículo 4.- Duración
La sociedad tiene una duración indeterminada, iniciando sus operaciones en la fecha de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas.

TÍTULO II: CAPITAL SOCIAL Y PARTICIPACIONES

Artículo 5.- Capital social
El capital social de la sociedad es de S/ [MONTO DEL CAPITAL SOCIAL] ([MONTO EN LETRAS] Y 00/100 SOLES), dividido en [NÚMERO DE PARTICIPACIONES] participaciones de S/ [VALOR NOMINAL DE CADA PARTICIPACIÓN] cada una, íntegramente suscritas y pagadas por los socios fundadores en la proporción que se indica en la cláusula de constitución.

Artículo 6.- Responsabilidad de los socios
Conforme al artículo 295 de la Ley General de Sociedades, los socios responden personalmente y en forma subsidiaria, con beneficio de excusión, por las obligaciones sociales, y lo hacen en proporción a su participación en el capital, salvo pacto distinto en este estatuto.

TÍTULO III: ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD

Artículo 7.- Junta de Socios
La Junta de Socios es el órgano supremo de la sociedad y decide sobre los asuntos que le son propios conforme a la ley y al presente estatuto, incluyendo la modificación del estatuto, el nombramiento y remoción de administradores, la aprobación de los estados financieros y la distribución de utilidades.

Artículo 8.- Administración
La administración de la sociedad está a cargo de [UNO O MÁS ADMINISTRADORES / DIRECTORIO SI SE PACTA], quienes ejercen la representación legal de la sociedad y tienen las facultades de gestión y disposición necesarias para el cumplimiento del objeto social, conforme se detalle en el pacto social.

TÍTULO IV: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Artículo 9.- Disolución
La sociedad se disuelve por las causales previstas en la Ley General de Sociedades y por acuerdo de la Junta de Socios adoptado con el quórum y mayoría que este estatuto establece.

Artículo 10.- Liquidación
Disuelta la sociedad, se procede a su liquidación conforme a las normas generales previstas en la Ley N.° 26887 para las sociedades, distribuyéndose el haber social remanente entre los socios en proporción a su participación.

Fecha: [FECHA]

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[NOMBRE DEL SOCIO 1]
DNI N.° [NUMERO DE DNI]

_____________________________
[NOMBRE DEL SOCIO 2]
DNI N.° [NUMERO DE DNI]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Estatuto de Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada. Disponible en https://modelo.pe/estatuto-de-sociedad-civil-de-responsabilidad-limitada/. Licencia CC-BY-4.0.
