---
title: "Medida Cautelar en Proceso Constitucional"
url: https://modelo.pe/m/medida-cautelar-en-proceso-constitucional/
canonical: https://modelo.pe/m/medida-cautelar-en-proceso-constitucional/
area: Derecho Constitucional
category: Constitucional
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
publisher_url: https://modelo.pe
license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-04-22
legal_citations:
  - "Ley 31307"
---

# Medida Cautelar en Proceso Constitucional

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe) — Repositorio gratuito de formatos legales peruanos
**URL canónica:** https://modelo.pe/m/medida-cautelar-en-proceso-constitucional/
**Área:** Derecho Constitucional (Constitucional)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-04-22
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/) — uso libre con atribución

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Solicitud de medida cautelar innovativa o de no innovar en proceso constitucional (Art. 15-16 Ley 31307)

## Base legal citada

- Ley 31307

## Contenido del modelo

```
MEDIDA CAUTELAR EN PROCESO CONSTITUCIONAL

EXPEDIENTE: [NÚMERO_EXPEDIENTE_PRINCIPAL]

CUADERNO: CAUTELAR
ESCRITO N° [NÚMERO_ESCRITO]
SUMILLA: SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR [INNOVATIVA / DE NO INNOVAR / GENÉRICA]

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO [CONSTITUCIONAL/CIVIL/PENAL] DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_COMPLETO_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N° [NÚMERO_DNI], con domicilio procesal en [DIRECCIÓN_DOMICILIO_PROCESAL]; en el proceso constitucional de [AMPARO/HÁBEAS_CORPUS/HÁBEAS_DATA/CUMPLIMIENTO] seguido contra [DEMANDADO], Expediente N° [NÚMERO_EXPEDIENTE_PRINCIPAL]; a Ud. respetuosamente digo:

I. PETITORIO CAUTELAR

Que, al amparo de los artículos 15° y 16° de la Ley N° 31307 - Nuevo Código Procesal Constitucional, solicito a Su Despacho se sirva CONCEDER MEDIDA CAUTELAR [SELECCIONAR TIPO]:

[OPCIÓN A - MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA]
MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA, a fin de que se ordene a [DEMANDADO] [ACCIÓN_QUE_DEBE_REALIZAR: restituir al recurrente en su puesto de trabajo / restablecer el servicio suspendido / otorgar la prestación denegada], de manera provisional, hasta que se expida sentencia firme en el proceso principal.

[OPCIÓN B - MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR]
MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR, a fin de que se ordene a [DEMANDADO] [ABSTENCIÓN_REQUERIDA: abstenerse de ejecutar la resolución impugnada / suspender la demolición ordenada / mantener el estado de cosas actual], de manera provisional, hasta que se resuelva el proceso principal.

[OPCIÓN C - MEDIDA CAUTELAR GENÉRICA]
MEDIDA CAUTELAR GENÉRICA consistente en [DESCRIPCIÓN_DE_LA_MEDIDA_SOLICITADA], a fin de asegurar la eficacia de la sentencia que se expida en el proceso principal.

II. PRESUPUESTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR

Conforme al artículo 15° de la Ley N° 31307, los presupuestos para la concesión de la medida cautelar son:

2.1. APARIENCIA DEL DERECHO (FUMUS BONI IURIS):

Existe verosimilitud del derecho invocado, toda vez que:
a) La demanda principal tiene fundamento constitucional sólido al sustentarse en la vulneración del derecho a [DERECHO_FUNDAMENTAL_VULNERADO].
b) [EXPLICACIÓN_DE_POR_QUÉ_ES_VEROSÍMIL_LA_PRETENSIÓN_PRINCIPAL]
c) Los medios probatorios aportados en el proceso principal acreditan de manera suficiente [ELEMENTOS_QUE_SUSTENTAN_LA_VEROSIMILITUD].
d) El Tribunal Constitucional ha señalado en casos análogos (STC N° [NÚMERO_STC]) que [REFERENCIA_JURISPRUDENCIAL_FAVORABLE].

2.2. PELIGRO EN LA DEMORA (PERICULUM IN MORA):

Existe peligro inminente de que la demora en la resolución del proceso principal cause un daño irreparable al recurrente, por cuanto:
a) [DESCRIPCIÓN_DEL_DAÑO_IRREPARABLE_QUE_SE_BUSCA_EVITAR]
b) De no concederse la medida cautelar, [CONSECUENCIAS_NEGATIVAS_CONCRETAS].
c) El tiempo que demandará la tramitación del proceso principal [AGRAVARÁ_LA_SITUACIÓN_DEL_RECURRENTE_PORQUE].
d) La naturaleza del derecho vulnerado exige tutela urgente, pues [EXPLICACIÓN_DE_LA_URGENCIA].

2.3. ADECUACIÓN:

La medida cautelar solicitada es adecuada para garantizar la eficacia de la pretensión principal, toda vez que:
a) Guarda relación directa con la pretensión de fondo ([REPOSICIÓN/CESE_DE_VULNERACIÓN/CUMPLIMIENTO_DE_MANDATO]).
b) Es proporcional al derecho que se busca proteger.
c) No genera un perjuicio desproporcionado al demandado.

2.4. IRREVERSIBILIDAD (ANÁLISIS NEGATIVO):

La medida solicitada no es irreversible, pues de desestimarse la demanda principal, [EXPLICACIÓN_DE_CÓMO_PODRÍA_REVERTIRSE_LA_MEDIDA], sin causar perjuicio definitivo al demandado.

III. CONTRACAUTELA

Conforme al artículo 16° de la Ley N° 31307, ofrezco contracautela de naturaleza [PERSONAL/JURATORIA/REAL], consistente en [DESCRIPCIÓN_DE_LA_CONTRACAUTELA], para responder por los eventuales daños que pudiera causar la ejecución de la medida cautelar en caso de ser revocada.

[En caso de proceso de amparo contra entidad estatal, indicar que no se requiere contracautela real conforme a ley.]

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

4.1. Artículos 15° y 16° de la Ley N° 31307 - Nuevo Código Procesal Constitucional: Regulan la medida cautelar en los procesos constitucionales.
4.2. Artículo 139° inciso 3 de la Constitución: Tutela jurisdiccional efectiva, que comprende el derecho a la tutela cautelar.
4.3. STC N° 00023-2005-PI/TC: El Tribunal Constitucional ha señalado que la tutela cautelar es una manifestación del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva.
4.4. [JURISPRUDENCIA_ADICIONAL_RELEVANTE]

V. MEDIOS PROBATORIOS

5.1. Mérito de los actuados del expediente principal.
5.2. [DOCUMENTOS_QUE_ACREDITAN_EL_PELIGRO_EN_LA_DEMORA]
5.3. [DOCUMENTOS_QUE_ACREDITAN_LA_VEROSIMILITUD]
5.4. [OTROS_MEDIOS_PROBATORIOS]

VI. ANEXOS

1-A. Copia del escrito de demanda principal y auto admisorio.
1-B. [DOCUMENTOS_QUE_SUSTENTAN_LA_MEDIDA_CAUTELAR]
1-C. [OTROS_ANEXOS]

POR TANTO:

Solicito a Ud. Señor Juez se sirva CONCEDER la medida cautelar solicitada, ordenando [MANDATO_CAUTELAR_ESPECÍFICO], de manera provisional, hasta que se resuelva definitivamente el proceso principal.

[CIUDAD], [FECHA_PRESENTACIÓN]


_______________________________
[NOMBRE_ABOGADO]
Abogado
Reg. CAL N° [NÚMERO_COLEGIATURA]


_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO_SOLICITANTE]
DNI N° [NÚMERO_DNI]
```

---

**Cómo citar:** Modelo.pe — Medida Cautelar en Proceso Constitucional. Disponible en https://modelo.pe/m/medida-cautelar-en-proceso-constitucional/. Licencia CC-BY-4.0.
