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title: "Petición de consulta previa ante la entidad promotora de una medida que afecta a la comunidad"
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area: "Comunidades Campesinas y Nativas"
category: "Comunidades Campesinas y Nativas"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
publisher_url: https://modelo.pe
license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02
legal_citations:
  - "Ley N.° 29785"
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# Petición de consulta previa ante la entidad promotora de una medida que afecta a la comunidad

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/peticion-de-consulta-previa-ante-la-entidad-promotora-de-una-medida-que-afecta-a-la-comunidad/
**Área:** Comunidades Campesinas y Nativas (Comunidades Campesinas y Nativas)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Escrito para pedir a la entidad promotora la inclusión en un proceso de consulta previa al amparo del artículo 9 de la Ley N.° 29785, con identificación de la medida, sustento de la afectación directa, referencia a la BDPI y vía impugnatoria ante la respuesta negativa.

## Base legal citada

- Ley N.° 29785

## Contenido del modelo

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SUMILLA: EJERZO EL DERECHO DE PETICIÓN DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY N.° 29785 Y SOLICITO LA CONSULTA PREVIA DE LA MEDIDA [IDENTIFICACION_DE_LA_MEDIDA]

SEÑOR(A) [TITULAR_DEL_ORGANO_DE_LA_ENTIDAD_PROMOTORA]
[NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_PROMOTORA]
(Con copia al Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura)

[NOMBRE_COMPLETO_DEL_REPRESENTANTE], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], en mi calidad de [PRESIDENTE_O_JEFE_APU] de la COMUNIDAD [CAMPESINA_O_NATIVA] [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD], perteneciente al pueblo indígena u originario [NOMBRE_DEL_PUEBLO_INDIGENA], reconocida por [RESOLUCION_DE_RECONOCIMIENTO_Y_ENTIDAD] e inscrita en la Partida N.° [NUMERO_DE_PARTIDA_REGISTRAL] de la Zona Registral N.° [NUMERO_ZONA_REGISTRAL], con domicilio en [DIRECCION_DE_LA_COMUNIDAD], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO]; ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Solicito que la entidad a su cargo, en su condición de ENTIDAD PROMOTORA, resuelva lo siguiente:

1. Que EVALÚE Y RESUELVA esta petición de consulta previa, formulada al amparo del artículo 9 de la Ley N.° 29785 y del artículo 9 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2012-MC, con pronunciamiento expreso y motivado.

2. Que IDENTIFIQUE como medida administrativa o legislativa susceptible de afectar de manera directa los derechos colectivos de mi representada la siguiente: [IDENTIFICACION_DE_LA_MEDIDA: número de expediente, resolución, proyecto, concesión, lote o autorización], tramitada en el expediente N.° [NUMERO_DE_EXPEDIENTE].

3. Que DISPONGA EL INICIO DEL PROCESO DE CONSULTA PREVIA, libre e informada, o la INCLUSIÓN de mi representada en el proceso que se encuentre en curso, con la participación de la comunidad y de la organización representativa [NOMBRE_DE_LA_ORGANIZACION_REPRESENTATIVA], cumpliendo las etapas de la Ley N.° 29785 y de su Reglamento.

4. Que se ABSTENGA DE EMITIR EL ACTO ADMINISTRATIVO DEFINITIVO sobre la medida identificada mientras se evalúa esta petición y, de ampararse, hasta que culmine el proceso de consulta, porque la consulta debe realizarse antes de la adopción de la medida.

5. Que CURSE COPIA al Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura para su acompañamiento, para la designación de intérpretes en la lengua [IDIOMA_ORIGINARIO] y, de ser necesario, para la emisión de opinión sobre la identificación del pueblo indígena u originario.

6. Que se disponga la INCLUSIÓN o la actualización de los datos de mi representada en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios (BDPI) del Ministerio de Cultura.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. La comunidad ocupa el territorio ubicado en [UBICACION_DEL_TERRITORIO], con una extensión de [AREA_EN_HECTAREAS] hectáreas, donde residen [NUMERO_DE_FAMILIAS] familias que conservan el idioma [IDIOMA_ORIGINARIO], instituciones sociales propias y una relación colectiva con la tierra, y que se autoidentifican como parte del pueblo [NOMBRE_DEL_PUEBLO_INDIGENA].

2. Mi representada figura en la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios con el estado de [SITUACION_EN_LA_BDPI: registrada / en trámite / no registrada], según la consulta realizada con fecha [FECHA_DE_CONSULTA_A_LA_BDPI].

3. Con fecha [FECHA_EN_QUE_SE_TOMO_CONOCIMIENTO] tomamos conocimiento de la medida antes identificada, referida a [DESCRIPCION_DE_LA_MEDIDA_Y_SU_ALCANCE], que se ejecutaría en [AREA_O_ZONA_AFECTADA] y se superpone de manera total o parcial con nuestro territorio o con las áreas de uso tradicional destinadas a [USOS_TRADICIONALES_AFECTADOS].

4. La medida afecta de manera directa los siguientes derechos colectivos: [DERECHOS_COLECTIVOS_AFECTADOS: territorio, identidad cultural, salud, medio ambiente, uso de recursos naturales, entre otros]. El nexo entre la medida y cada derecho afectado se sustenta en [SUSTENTO_DE_LA_AFECTACION_DIRECTA].

5. Hasta la fecha la entidad promotora no ha convocado proceso de consulta alguno sobre esta medida, ni ha emitido pronunciamiento sobre la afectación directa, pese a [ANTECEDENTES_DE_PEDIDOS_ANTERIORES_O_INDICAR_NINGUNO].

6. Mi representada no ha ejercido antes el derecho de petición respecto de esta misma medida ante otra entidad, de modo que la presente solicitud se formula por única vez y sin simultaneidad, conforme lo exige el Reglamento.

7. En Asamblea General de fecha [FECHA_DE_LA_ASAMBLEA] la comunidad acordó formular esta petición y designó como representantes al proceso de consulta a [NOMBRES_DE_LOS_REPRESENTANTES_DESIGNADOS].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El Convenio 169 de la OIT, aprobado por Resolución Legislativa N.° 26253 y en vigor para el Perú desde el 2 de febrero de 1995, obliga al Estado a consultar a los pueblos indígenas, mediante procedimientos apropiados y a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles de manera directa.

2. El artículo 9 de la Ley N.° 29785 faculta a los pueblos indígenas u originarios y a sus organizaciones representativas a solicitar la aplicación del proceso de consulta respecto de una medida que consideren afecta sus derechos colectivos, o su inclusión en un proceso ya iniciado, y obliga a la entidad promotora a evaluar y resolver la petición.

3. El artículo 9 del Reglamento de la Ley N.° 29785, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2012-MC, desarrolla ese derecho de petición, establece que se ejerce por una sola vez y sin simultaneidad, regula la evaluación a cargo de la entidad promotora y prevé la intervención del Viceministerio de Interculturalidad frente a la respuesta negativa.

4. El artículo 7 de la Ley N.° 29785 fija los criterios objetivos y subjetivos de identificación de los pueblos indígenas u originarios, que mi representada acredita con el sustento de los fundamentos de hecho de este escrito.

5. Los artículos 88, 89 y 149 de la Constitución Política del Perú reconocen la propiedad imprescriptible de las tierras comunales con la salvedad del abandono, la existencia legal y la autonomía de las comunidades, y la jurisdicción especial comunal.

6. La Ley N.° 24656 y el Decreto Ley N.° 22175, según se trate de comunidad campesina o de comunidad nativa, reconocen su régimen especial de tierras y de organización.

7. La Ley N.° 28736 y su reglamento resultan aplicables si la medida incide en áreas colindantes o superpuestas con reservas indígenas, bajo la rectoría del Ministerio de Cultura.

8. El TUO de la Ley N.° 27444 ampara el derecho de petición administrativa y obliga a la entidad a emitir pronunciamiento motivado dentro del plazo legal.

IV. ANEXOS

A. Copia del Documento Nacional de Identidad del representante y vigencia de poder de la directiva comunal inscrita.
B. Copia literal de la partida registral y de la resolución administrativa de reconocimiento de la comunidad.
C. Copia certificada del acta de la Asamblea General de fecha [FECHA_DE_LA_ASAMBLEA] que acordó formular esta petición.
D. Documentación que acredita la afectación directa a los derechos colectivos: [DETALLE_DE_LOS_MEDIOS_PROBATORIOS].
E. Mapa o croquis de superposición entre el área de la medida y el territorio comunal, con coordenadas de referencia.
F. Constancia de afiliación a la organización representativa [NOMBRE_DE_LA_ORGANIZACION_REPRESENTATIVA] y acta de designación de representantes.
G. Constancia o reporte de consulta a la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios del Ministerio de Cultura.
H. Declaración jurada de no haber ejercido antes el derecho de petición respecto de la misma medida.

POR TANTO:

A usted solicito tener por ejercido el derecho de petición del artículo 9 de la Ley N.° 29785, admitir la solicitud, evaluarla y resolverla de manera expresa y motivada dentro del plazo de ley, disponiendo el inicio del proceso de consulta previa o la inclusión de mi representada en el que se encuentre en curso.

OTROSÍ DIGO: Solicito que las comunicaciones se realicen en la lengua [IDIOMA_ORIGINARIO] con apoyo de intérprete registrado, y que se nos entregue copia íntegra del expediente administrativo N.° [NUMERO_DE_EXPEDIENTE].

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [AÑO].

____________________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEL_REPRESENTANTE]
[PRESIDENTE_O_JEFE_APU] de la Comunidad [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD]
DNI N.° [NUMERO_DNI]

BASE LEGAL
- Convenio 169 de la OIT, aprobado por Resolución Legislativa N.° 26253, en vigor para el Perú desde el 2 de febrero de 1995.
- Ley N.° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, artículo 9 sobre el derecho de petición y artículo 7 sobre los criterios de identificación.
- Decreto Supremo N.° 001-2012-MC, Reglamento de la Ley N.° 29785, artículo 9.
- Constitución Política del Perú de 1993, artículos 88, 89 y 149.
- Ley N.° 24656 y Decreto Ley N.° 22175, según el tipo de comunidad.
- Ley N.° 28736, régimen de protección de pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial.
- TUO de la Ley N.° 27444.

ADVERTENCIAS

1. El derecho de petición de consulta se ejerce por una sola vez respecto de una misma medida y sin simultaneidad ante varias entidades, según el artículo 9 del Reglamento. Presentarlo dos veces expone la petición a que se declare improcedente.

2. Frente a la respuesta negativa de la entidad promotora, el Reglamento habilita el cuestionamiento de esa decisión con intervención del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, que emite opinión en el marco de sus competencias.

3. La consulta previa carece de derecho de veto y su solo pedido tampoco suspende de manera automática el trámite de la medida. La finalidad del proceso es alcanzar un acuerdo mediante diálogo intercultural, y la decisión final corresponde a la entidad estatal, que asume la obligación de adoptar las medidas necesarias para garantizar los derechos colectivos del pueblo consultado.

4. El reconocimiento como comunidad campesina o nativa carece de equivalencia automática con la condición de pueblo indígena u originario, que se acredita con los criterios objetivos y subjetivos del artículo 7 de la Ley N.° 29785 y del Convenio 169. La BDPI del Ministerio de Cultura tiene carácter referencial y declarativo respecto de esa condición.

5. La entidad promotora es la que dicta la medida y la que conduce el proceso de consulta. El Ministerio de Cultura acompaña, capacita y emite opinión, sin sustituir a la entidad promotora en la conducción del proceso.
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Petición de consulta previa ante la entidad promotora de una medida que afecta a la comunidad. Disponible en https://modelo.pe/peticion-de-consulta-previa-ante-la-entidad-promotora-de-una-medida-que-afecta-a-la-comunidad/. Licencia CC-BY-4.0.
