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title: "Poder para Trámites de Sucesión y Herencia en Perú desde el Extranjero"
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canonical: https://modelo.pe/poder-para-tramites-de-sucesion-y-herencia-en-peru-desde-el-extranjero/
area: Trámites desde el Extranjero
category: Extranjero
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-04-22
legal_citations:
  - "Art. 156 CC"
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# Poder para Trámites de Sucesión y Herencia en Perú desde el Extranjero

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/poder-para-tramites-de-sucesion-y-herencia-en-peru-desde-el-extranjero/
**Área:** Trámites desde el Extranjero (Extranjero)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-04-22
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Poder por escritura pública para que un apoderado tramite la sucesión intestada o testamentaria de un peruano en el exterior y adjudique bienes hereditarios. Art. 156 CC.

## Base legal citada

- Art. 156 CC

## Contenido del modelo

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PODER ESPECIAL PARA TRÁMITES DE SUCESIÓN Y HERENCIA EN EL PERÚ

Señor Notario o Funcionario Consular: sírvase extender escritura pública de PODER ESPECIAL conforme a los artículos 155 y 156 del Código Civil.

PODERDANTE (heredero, peruano en el exterior):
Nombre: [NOMBRE_PODERDANTE]
DNI peruano N°: [DNI_PODERDANTE]
Domicilio en el exterior: [DOMICILIO_EXTERIOR]
En su calidad de heredero de: [NOMBRE_CAUSANTE]

APODERADO (en Perú):
Nombre: [NOMBRE_APODERADO]
DNI N°: [DNI_APODERADO]
Domicilio: [DOMICILIO_APODERADO]

PRIMERA: El poderdante confiere poder especial al apoderado para que, en su calidad de heredero del causante [NOMBRE_CAUSANTE], fallecido el [FECHA_FALLECIMIENTO], tramite la sucesión y administre la herencia que le corresponde en el Perú.

SEGUNDA: FACULTADES. El apoderado queda facultado para:
1. Iniciar y proseguir el procedimiento de sucesión intestada ante notario (Ley 26662) o ante el Poder Judicial, o presentar el testamento, según corresponda.
2. Solicitar la declaratoria de herederos y su inscripción en el Registro de Sucesiones Intestadas de SUNARP.
3. Suscribir el acta de división y partición y la escritura pública de adjudicación de bienes.
4. Disponer y adjudicar los bienes hereditarios y suscribir las escrituras públicas respectivas, facultad otorgada de forma indubitable conforme al Art. 156 del Código Civil.
5. Cobrar saldos, cuentas, fondos y acreencias del causante, y representar al poderdante ante SUNAT, bancos y SUNARP.

TERCERA: El apoderado rendirá cuentas y entregará al poderdante los bienes o el valor que le corresponda según su cuota hereditaria (Art. 660 y 844 del Código Civil).

CUARTA: VIGENCIA. El poder rige por [PLAZO_VIGENCIA] y es revocable conforme al Art. 152 del Código Civil.

NOTA DE LEGALIZACIÓN: Otorgado ante cónsul peruano (función notarial, D.S. 076-2005-RE), el parte se inscribe en SUNARP. Ante notario extranjero, requiere Apostilla del Convenio de La Haya y traducción oficial al español.

Lugar y fecha: [CIUDAD_OTORGAMIENTO], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_PODERDANTE]
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Poder para Trámites de Sucesión y Herencia en Perú desde el Extranjero. Disponible en https://modelo.pe/poder-para-tramites-de-sucesion-y-herencia-en-peru-desde-el-extranjero/. Licencia CC-BY-4.0.
