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title: "Recurso de Reclamacion contra Resolucion de Restitucion Indebida del Drawback y Multa"
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area: "Comercio Exterior y Aduanas"
category: "Comercio Exterior y Aduanas"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
publisher_url: https://modelo.pe
license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Recurso de Reclamacion contra Resolucion de Restitucion Indebida del Drawback y Multa

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/recurso-de-reclamacion-contra-resolucion-de-restitucion-indebida-del-drawback-y-multa/
**Área:** Comercio Exterior y Aduanas (Comercio Exterior y Aduanas)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Impugnacion en primera instancia ante SUNAT de la resolucion que ordena devolver el drawback abonado y aplica la multa por restitucion indebida.

## Contenido del modelo

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SUMILLA: INTERPONGO RECURSO DE RECLAMACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN N.° [NUMERO_DE_LA_RESOLUCION_IMPUGNADA] QUE DETERMINA RESTITUCIÓN INDEBIDA DE DERECHOS ARANCELARIOS Y APLICA MULTA

SEÑOR INTENDENTE DE LA [INTENDENCIA_DE_ADUANA_QUE_EMITIO_LA_RESOLUCION]
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT)
Expediente N.° [NUMERO_DE_EXPEDIENTE]

[RAZON_SOCIAL_DE_LA_EMPRESA_EXPORTADORA], con RUC N.° [NUMERO_DE_RUC], con domicilio fiscal en [DIRECCION_DEL_DOMICILIO_FISCAL], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL], identificado con DNI N.° [NUMERO_DE_DNI], con poder inscrito en la Partida Electrónica N.° [NUMERO_DE_PARTIDA_REGISTRAL] del Registro de Personas Jurídicas de [OFICINA_REGISTRAL], señalando domicilio procesal en [DIRECCION_DEL_DOMICILIO_PROCESAL] y correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO_DE_NOTIFICACIONES], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Interpongo recurso de reclamación contra la Resolución N.° [NUMERO_DE_LA_RESOLUCION_IMPUGNADA], notificada el [FECHA_DE_NOTIFICACION_DE_LA_RESOLUCION], que declara indebida la restitución de derechos arancelarios por S/ [MONTO_DE_LA_RESTITUCION_OBSERVADA] y aplica una multa de S/ [MONTO_DE_LA_MULTA], a fin de que se declare fundado el recurso y se deje sin efecto la resolución impugnada en todos sus extremos, disponiéndose el archivo definitivo del procedimiento.

II. ACTO IMPUGNADO Y REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
1. Acto reclamable: la resolución impugnada determina una deuda tributaria aduanera y aplica una sanción de multa, por lo que constituye acto reclamable conforme al Código Tributario.
2. Plazo: el recurso se interpone dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha de notificación, conforme al artículo 137 del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
3. Legitimidad: mi representada es la destinataria directa del acto y titular del interés afectado.
4. Firma de abogado hábil: el recurso está autorizado por letrado, cuyos datos de colegiatura constan al pie.

III. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Mi representada obtuvo la restitución de derechos arancelarios asociada a la solicitud N.° [NUMERO_DE_SOLICITUD_DE_RESTITUCION] y a la declaración aduanera de exportación N.° [NUMERO_DE_DAM_DE_EXPORTACION], por un valor FOB de US$ [VALOR_FOB_EXPORTADO], con abono efectuado el [FECHA_DEL_ABONO].
2. Como resultado de la fiscalización posterior, la Administración concluyó que [RESUMEN_DE_LA_OBSERVACION_DE_LA_ADMINISTRACION] y emitió la resolución impugnada.
3. La conclusión de la Administración parte de una apreciación incompleta de los hechos, por lo siguiente: [DESARROLLO_DEL_ERROR_DE_HECHO_O_DE_VALORACION_PROBATORIA].
4. Los insumos importados incorporados o consumidos en la producción del bien exportado corresponden a la declaración de importación para el consumo N.° [NUMERO_DE_DAM_DE_IMPORTACION], con pago efectivo de derechos arancelarios ad valorem, dentro del plazo reglamentario anterior a la exportación.
5. La trazabilidad entre el insumo importado y la mercancía exportada está acreditada con la estructura de costos, el kardex de existencias, las órdenes de producción y la hoja de rendimiento que se ofrecen como prueba.
6. La Administración no ha acreditado sobrevaluación de la mercancía exportada ni simulación de hechos, supuestos que la norma exige para aplicar la sanción en el monto determinado. La resolución tampoco identifica el medio probatorio concreto del que derivaría el supuesto infractor.
7. En el peor de los escenarios, la observación se limitaría a [MONTO_EFECTIVAMENTE_OBSERVABLE], monto sustancialmente menor al determinado, lo que evidencia un error en el cálculo de la base de la sanción.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El artículo 82 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N.° 1053, regula el drawback y el artículo 83 habilita el procedimiento simplificado aprobado por el Decreto Supremo N.° 104-95-EF y sus modificatorias, normas que mi representada ha cumplido en su integridad.
2. El artículo 205 de la Ley General de Aduanas dispone que los procedimientos contencioso y no contencioso en materia aduanera se rigen por el Código Tributario.
3. Los artículos 132, 135 y 137 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, regulan la facultad de interponer reclamación, los actos reclamables y los requisitos de admisibilidad. El artículo 142 fija el plazo con el que cuenta la Administración para resolver.
4. La Ley N.° 29326 y la Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Supremo N.° 418-2019-EF establecen los supuestos y montos de la sanción por restitución indebida. La aplicación de la multa exige que la Administración acredite de forma objetiva el supuesto de hecho imputado, con motivación suficiente.
5. El artículo 191 de la Ley General de Aduanas ordena aplicar las sanciones conforme a la Tabla de Sanciones vigente, respetando los principios de tipicidad y proporcionalidad.
6. El Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, consagra el debido procedimiento, la verdad material, la motivación del acto administrativo y la presunción de licitud en el ejercicio de la potestad sancionadora.

V. MEDIOS PROBATORIOS
1-A. Copia de la resolución impugnada y de su constancia de notificación.
1-B. Solicitud de restitución y declaración aduanera de exportación.
1-C. Declaración de importación para el consumo de los insumos y liquidación de tributos pagados.
1-D. Facturas de compra, declaraciones juradas de proveedores locales y contratos de producción por encargo.
1-E. Estructura de costos, hoja de rendimiento y kardex de existencias.
1-F. Informe técnico contable elaborado por [NOMBRE_DEL_PROFESIONAL_O_FIRMA] sobre la trazabilidad de insumos.
1-G. Ficha RUC, vigencia de poder y copia del DNI del representante legal.

POR TANTO:
A usted, señor Intendente, pido admitir a trámite el recurso, actuar los medios probatorios ofrecidos y declararlo fundado, dejando sin efecto la determinación y la multa impuestas.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Que solicito el uso de la palabra en informe oral, conforme al Código Tributario.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Que dejo constancia de que el recurso se interpone dentro del plazo de veinte (20) días hábiles, por lo que no corresponde exigir el pago previo de la deuda reclamada.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO].

_______________________________
[NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL]
DNI N.° [NUMERO_DE_DNI]
[RAZON_SOCIAL_DE_LA_EMPRESA_EXPORTADORA]
RUC N.° [NUMERO_DE_RUC]

_______________________________
[NOMBRE_DEL_ABOGADO]
Abogado, Reg. CA[COLEGIO_DE_ABOGADOS] N.° [NUMERO_DE_COLEGIATURA]

BASE LEGAL
- Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N.° 1053, artículos 82, 83, 191 y 205.
- Reglamento de la Ley General de Aduanas, Decreto Supremo N.° 010-2009-EF.
- Decreto Supremo N.° 104-95-EF, Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, y sus modificatorias.
- Ley N.° 29326, sobre restitución indebida de derechos arancelarios.
- Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, Decreto Supremo N.° 418-2019-EF.
- Texto Único Ordenado del Código Tributario, Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, artículos 132, 135, 137 y 142.
- Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Recurso de Reclamacion contra Resolucion de Restitucion Indebida del Drawback y Multa. Disponible en https://modelo.pe/recurso-de-reclamacion-contra-resolucion-de-restitucion-indebida-del-drawback-y-multa/. Licencia CC-BY-4.0.
