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title: "Reglamento Interno de Faenas Comunales y Sanciones por Inasistencia"
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area: "Comunidades Campesinas y Nativas"
category: "Comunidades Campesinas y Nativas"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-08-06
legal_citations:
  - "Ley N.° 24656"
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# Reglamento Interno de Faenas Comunales y Sanciones por Inasistencia

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/reglamento-interno-de-faenas-comunales-y-sanciones-por-inasistencia/
**Área:** Comunidades Campesinas y Nativas (Comunidades Campesinas y Nativas)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-08-06
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Reglamento interno que regula las faenas comunales obligatorias y las sanciones por inasistencia, en el marco de la Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, y el Estatuto comunal.

## Base legal citada

- Ley N.° 24656

## Contenido del modelo

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REGLAMENTO INTERNO DE FAENAS COMUNALES Y SANCIONES POR INASISTENCIA DE LA COMUNIDAD CAMPESINA [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD]

Aprobado por Asamblea General de fecha [FECHA_DE_APROBACIÓN]

CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Objeto. El presente Reglamento regula la organización, convocatoria y ejecución de las faenas comunales, así como el régimen de sanciones aplicable a los comuneros que incumplan su asistencia, en el marco de la Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, y del Estatuto de la Comunidad Campesina [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD].

Artículo 2.- Definición. Se entiende por faena comunal el trabajo colectivo y obligatorio que realizan los comuneros calificados en beneficio de la Comunidad, orientado a [FINALIDAD: mantenimiento de canales de riego, caminos, linderos, infraestructura comunal, entre otros].

Artículo 3.- Ámbito de aplicación. El presente Reglamento es de cumplimiento obligatorio para todos los comuneros calificados inscritos en el padrón comunal, salvo las excepciones expresamente contempladas en este documento.

CAPÍTULO II - DE LAS FAENAS COMUNALES

Artículo 4.- Convocatoria. Las faenas comunales serán convocadas por la Junta Directiva con una anticipación mínima de [NÚMERO] días, mediante [MEDIO_DE_CONVOCATORIA], indicando fecha, hora, lugar y objeto de la faena.

Artículo 5.- Registro de asistencia. La Junta Directiva llevará un padrón de asistencia a cada faena, en el que se dejará constancia de los comuneros presentes, tardíos e inasistentes.

Artículo 6.- Excepciones justificadas. Se considerará inasistencia justificada la motivada por enfermedad acreditada, caso fortuito o fuerza mayor, o autorización previa de la Junta Directiva, debiendo el comunero comunicar la causal dentro de [PLAZO] días de ocurrida la faena.

CAPÍTULO III - DE LAS SANCIONES POR INASISTENCIA

Artículo 7.- Escala de sanciones. La inasistencia injustificada a las faenas comunales será sancionada de manera progresiva:
a) Primera inasistencia: amonestación escrita.
b) Segunda inasistencia: multa equivalente a [MONTO_O_JORNALES].
c) Tercera inasistencia y sucesivas: suspensión temporal de derechos comunales por [PLAZO_DE_SUSPENSIÓN], sin perjuicio de la multa correspondiente.

Artículo 8.- Registro de sanciones. La Junta Directiva llevará un registro de sanciones impuestas, el cual será puesto en conocimiento de la Asamblea General de manera periódica.

CAPÍTULO IV - DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

Artículo 9.- Notificación previa. Antes de imponer cualquier sanción, la Junta Directiva notificará al comunero la inasistencia detectada, otorgándole un plazo de [PLAZO] días para presentar su descargo por escrito.

Artículo 10.- Resolución. Vencido el plazo, con o sin descargo, la Junta Directiva o la Asamblea, según corresponda, resolverá la imposición de la sanción, debiendo motivar su decisión.

CAPÍTULO V - DISPOSICIONES FINALES

Artículo 11.- Vigencia. El presente Reglamento entra en vigencia al día siguiente de su aprobación por la Asamblea General y rige mientras no sea modificado por el mismo órgano.

Artículo 12.- Casos no previstos. Los casos no contemplados en el presente Reglamento se resolverán conforme a lo dispuesto por el Estatuto comunal y la Ley N.° 24656.

FIRMAS

_________________________
[NOMBRE_DEL_PRESIDENTE]
Presidente de la Junta Directiva

_________________________
[NOMBRE_DEL_SECRETARIO]
Secretario de la Junta Directiva
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Reglamento Interno de Faenas Comunales y Sanciones por Inasistencia. Disponible en https://modelo.pe/reglamento-interno-de-faenas-comunales-y-sanciones-por-inasistencia/. Licencia CC-BY-4.0.
