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title: "Reglamento Interno del Comité del Vaso de Leche"
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area: "Organizaciones Sociales"
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jurisdiction: PE
language: es-PE
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Reglamento Interno del Comité del Vaso de Leche

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/reglamento-interno-del-comite-del-vaso-de-leche/
**Área:** Organizaciones Sociales (Organizaciones Sociales)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Reglamento que ordena el funcionamiento de un comité del vaso de leche: requisitos de las beneficiarias, turnos de preparación, control de entrega, aportes y sanciones.

## Contenido del modelo

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REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DEL VASO DE LECHE [NOMBRE_DEL_COMITE]

Aprobado en asamblea general del [FECHA_DE_APROBACION], sector [NOMBRE_DEL_SECTOR], distrito de [NOMBRE_DEL_DISTRITO].

TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. El presente reglamento regula el funcionamiento interno del comité, en el marco de la Ley N.° 24059, que creó el programa del vaso de leche, y de la Ley N.° 27470, que establece normas complementarias sobre su organización, administración de recursos y ejecución a cargo de los gobiernos locales, modificada por las Leyes N.° 31554 y N.° 31782.

Artículo 2. El comité es una organización social de base sin fines de lucro, cuya labor está declarada de prioritario interés nacional por la Ley N.° 25307, reglamentada por Decreto Supremo N.° 041-2002-PCM.

Artículo 3. El comité atiende preferentemente a niños de cero a seis años, madres gestantes y madres en periodo de lactancia, y a la población de segunda prioridad conforme a la ley y a la disponibilidad de insumos.

TÍTULO II: DE LAS BENEFICIARIAS

Artículo 4. Para ser empadronada se requiere residir en el ámbito del comité, presentar DNI y el documento que acredite la condición del beneficiario, y suscribir la declaración jurada de datos.

Artículo 5. Son deberes de la beneficiaria: recoger puntualmente la ración en el horario de [HORARIO_DE_ATENCION], asistir a las asambleas, cumplir los turnos que le corresponda y comunicar cualquier cambio de domicilio o de condición dentro de [PLAZO_PARA_COMUNICAR_CAMBIOS] días.

Artículo 6. Causan baja del padrón: el cambio de domicilio fuera del sector, la pérdida de la condición prioritaria, la inasistencia injustificada por más de [DIAS_DE_INASISTENCIA] días y la comprobación de datos falsos.

TÍTULO III: DE LOS TURNOS Y LA PREPARACIÓN

Artículo 7. La preparación se realiza por turnos rotativos de [NUMERO_DE_MADRES_POR_TURNO] madres, según el rol aprobado por la asamblea y publicado en el local del comité.

Artículo 8. Las encargadas del turno cumplen las reglas de higiene y manipulación de alimentos, usan mandil y gorro, y dejan el local y los utensilios limpios.

Artículo 9. La ración se prepara conforme a la receta y a las cantidades indicadas por la municipalidad, sin sustituir ni retirar insumos.

TÍTULO IV: DEL CONTROL Y LOS APORTES

Artículo 10. La entrega diaria se registra en el cuaderno de control con la firma de la madre o del responsable del beneficiario.

Artículo 11. La asamblea fija un aporte de [MONTO_DEL_APORTE] soles destinado exclusivamente a combustible, utensilios y limpieza. La tesorería lleva el registro de ingresos y egresos con comprobantes.

Artículo 12. La directiva rinde cuentas ante la asamblea cada [PERIODICIDAD_DE_RENDICION] y pone a disposición de las socias el cuaderno de control y los comprobantes.

TÍTULO V: FALTAS Y SANCIONES

Artículo 13. Son faltas: incumplir el turno sin aviso, retirar insumos del local, agredir a otra socia y falsear datos del padrón.

Artículo 14. Las sanciones son amonestación verbal, amonestación escrita, suspensión hasta por [DIAS_DE_SUSPENSION] días y baja del padrón, según la gravedad, previa oportunidad de descargo.

DISPOSICIÓN FINAL. Lo no previsto se resuelve en asamblea general, sin contravenir la normativa del programa ni las disposiciones de la Municipalidad [TIPO_DE_MUNICIPALIDAD] de [NOMBRE_DEL_DISTRITO].

_______________________       _______________________
[NOMBRE_DEL_PRESIDENTE]         [NOMBRE_DEL_SECRETARIO]
Presidenta                      Secretaria de actas
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Reglamento Interno del Comité del Vaso de Leche. Disponible en https://modelo.pe/reglamento-interno-del-comite-del-vaso-de-leche/. Licencia CC-BY-4.0.
