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title: "Solicitud de Asistencia Religiosa para Paciente Hospitalizado"
url: https://modelo.pe/solicitud-de-asistencia-religiosa-para-paciente-hospitalizado/
canonical: https://modelo.pe/solicitud-de-asistencia-religiosa-para-paciente-hospitalizado/
area: "Entidades Religiosas"
category: "Entidades Religiosas"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
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license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Solicitud de Asistencia Religiosa para Paciente Hospitalizado

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/solicitud-de-asistencia-religiosa-para-paciente-hospitalizado/
**Área:** Entidades Religiosas (Entidades Religiosas)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Pedido del paciente o su familiar para que el establecimiento de salud permita el ingreso del ministro de culto, con bloques de fundamentación separados para hospitales públicos y para clínicas privadas.

## Contenido del modelo

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SUMILLA: SOLICITO ASISTENCIA RELIGIOSA A FAVOR DE PACIENTE HOSPITALIZADO

SEÑOR(A) DIRECTOR(A) DEL [NOMBRE_DEL_ESTABLECIMIENTO_DE_SALUD]
[DIRECCION_DEL_ESTABLECIMIENTO_DE_SALUD]
Naturaleza del establecimiento: [PUBLICO_MINSA_ESSALUD_DIRESA_GERESA_SANIDAD_FFAA_O_PNP_O_PRIVADO_CLINICA]

[NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI / C.E. N.° [NUMERO_DE_DOCUMENTO], con domicilio en [DIRECCION_DEL_SOLICITANTE], teléfono [TELEFONO] y correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO], actuando en mi condición de [PACIENTE_O_FAMILIAR_CON_INDICACION_DEL_PARENTESCO]; ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Solicito que se autorice la asistencia religiosa a favor del paciente [NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_PACIENTE], identificado(a) con DNI / C.E. N.° [DOCUMENTO_DEL_PACIENTE], internado(a) en el servicio de [SERVICIO_O_AREA_DE_HOSPITALIZACION], cama N.° [NUMERO_DE_CAMA], historia clínica N.° [NUMERO_DE_HISTORIA_CLINICA]; y que, en consecuencia, se permita el ingreso al establecimiento del ministro de culto o agente pastoral [NOMBRE_DEL_MINISTRO_DE_CULTO], identificado(a) con DNI / C.E. N.° [DOCUMENTO_DEL_MINISTRO], designado(a) por la entidad religiosa [DENOMINACION_DE_LA_ENTIDAD_RELIGIOSA], para brindar atención espiritual en los días [DIAS_SOLICITADOS] y en el horario de [HORARIO_SOLICITADO], con sujeción a las normas internas y a las indicaciones del personal asistencial.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1. El paciente se encuentra hospitalizado desde el [FECHA_DE_INGRESO_AL_ESTABLECIMIENTO] por el diagnóstico registrado en su historia clínica, con un pronóstico de permanencia de [TIEMPO_ESTIMADO_DE_HOSPITALIZACION].

2.2. El paciente profesa la confesión religiosa [CONFESION_O_CREDO_QUE_PROFESA] y ha manifestado su voluntad de recibir asistencia religiosa, consistente en [TIPO_DE_ASISTENCIA_ORACION_SACRAMENTOS_LECTURA_ACOMPANAMIENTO_ESPIRITUAL].

2.3. El ministro de culto propuesto ha sido designado por su entidad religiosa y cuenta con la credencial que dicha comunidad emite, renovada dentro del año en curso, según el documento N.° [NUMERO_O_REFERENCIA_DE_LA_CREDENCIAL] con vigencia hasta el [FECHA_DE_VENCIMIENTO_DE_LA_CREDENCIAL], que se adjunta. Esa credencial anual es el documento que el establecimiento exige en mesa de partes para permitir el ingreso.

2.4. El ministro de culto se compromete a cumplir las normas de bioseguridad, los horarios de visita y las restricciones clínicas que disponga el establecimiento.

2.5. La asistencia solicitada se limita al acompañamiento espiritual del paciente, quien conserva su derecho a aceptarla o a rechazarla en cualquier momento. Ninguna de las actividades propuestas interfiere con el tratamiento médico ni sustituye indicación médica alguna.

2.6. Con fecha [FECHA_DE_LA_GESTION_PREVIA] se realizó la siguiente gestión previa ante el servicio: [DESCRIPCION_DE_LA_GESTION_PREVIA_Y_SU_RESULTADO].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Instrucción de uso: conserve el bloque A o el bloque B según la naturaleza del establecimiento y suprima el bloque restante antes de imprimir el escrito.

BLOQUE A. ESTABLECIMIENTO DE SALUD PÚBLICO (MINSA, EsSalud, DIRESA, GERESA, sanidad de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú)

3.1. El artículo 2 inciso 3 de la Constitución Política del Perú reconoce la libertad de conciencia y de religión en forma individual o asociada, sin persecución por razón de ideas o creencias.

3.2. El artículo 3 de la Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa, reconoce el derecho a recibir asistencia religiosa conforme al propio credo a las personas que se encuentran en instituciones públicas, entre ellas los establecimientos de salud del Estado.

3.3. El artículo 6 del Reglamento de la Ley N.° 29635, aprobado por Decreto Supremo N.° 006-2016-JUS, establece que la asistencia religiosa la brindan los ministros de culto o agentes pastorales designados por las entidades religiosas, quienes se identifican con la credencial emitida por su propia comunidad y renovada cada año. El ministro propuesto cumple esa condición, conforme al anexo 1-C.

3.4. El TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, rige el derecho de petición, los plazos de respuesta y los recursos frente a lo que se resuelva.

BLOQUE B. CLÍNICA O ESTABLECIMIENTO DE SALUD PRIVADO

3.5. El artículo 2 inciso 3 de la Constitución Política del Perú reconoce la libertad de conciencia y de religión, cuyo ejercicio acompaña a la persona durante su hospitalización y vincula también a los particulares.

3.6. El artículo 15 de la Ley N.° 26842, Ley General de Salud, modificado por la Ley N.° 29414, reconoce los derechos de la persona usuaria de los servicios de salud, entre ellos el respeto de su dignidad, de su personalidad y de sus convicciones, así como el acompañamiento espiritual acorde con su credo durante la atención.

3.7. El Reglamento de la Ley N.° 29414, aprobado por Decreto Supremo N.° 027-2015-SA, desarrolla el ejercicio de esos derechos ante los establecimientos de salud públicos y privados y ante los servicios médicos de apoyo.

3.8. La Ley N.° 29635 y su Reglamento rigen la asistencia religiosa en instituciones públicas, de modo que el presente pedido dirigido a un establecimiento privado se sustenta en las normas citadas en los numerales 3.5 a 3.7 y en el reglamento interno de la clínica. El TUO de la Ley N.° 27444 queda fuera de este supuesto, porque regula la actuación de las entidades de la administración pública.

IV. ANEXOS

1-A. Copia del documento de identidad del solicitante.
1-B. Copia del documento de identidad del paciente y documento que acredita el vínculo, de ser el caso.
1-C. Credencial vigente del ministro de culto o agente pastoral, emitida por su entidad religiosa y renovada dentro del año en curso (anexo obligatorio).
1-D. Copia del documento de identidad del ministro de culto.
1-E. Constancia de inscripción de la entidad religiosa en el Registro de Entidades Religiosas del MINJUSDH, de contarse con ella.
1-F. Declaración de voluntad del paciente de recibir asistencia religiosa, de ser posible su suscripción.

NOTA DE USO: al emplear el bloque B conviene revisar el texto vigente del artículo 15 de la Ley N.° 26842 y precisar el literal aplicable al acompañamiento espiritual, dato que la clínica suele requerir en mesa de partes. La clínica privada resuelve conforme a su reglamento interno y a los derechos del usuario de los servicios de salud, de manera que la respuesta puede diferir de la que corresponde a un establecimiento público.

POR TANTO:
Pido a usted acceder a la solicitud, disponiendo lo necesario ante el servicio asistencial y ante las áreas de admisión y seguridad.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO].

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[NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_SOLICITANTE]
DNI / C.E. N.° [NUMERO_DE_DOCUMENTO]

BASE LEGAL

Para establecimientos de salud públicos:
- Constitución Política del Perú de 1993, artículo 2 inciso 3.
- Ley N.° 29635, Ley de Libertad Religiosa, artículo 3.
- Decreto Supremo N.° 006-2016-JUS, Reglamento de la Ley N.° 29635, artículo 6.
- TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Para clínicas y establecimientos de salud privados:
- Constitución Política del Perú de 1993, artículo 2 inciso 3.
- Ley N.° 26842, Ley General de Salud, artículo 15, modificado por la Ley N.° 29414.
- Decreto Supremo N.° 027-2015-SA, Reglamento de la Ley N.° 29414.
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Solicitud de Asistencia Religiosa para Paciente Hospitalizado. Disponible en https://modelo.pe/solicitud-de-asistencia-religiosa-para-paciente-hospitalizado/. Licencia CC-BY-4.0.
