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title: "Solicitud de Despacho Urgente por Envio de Urgencia o de Socorro ante SUNAT-Aduanas"
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area: "Comercio Exterior y Aduanas"
category: "Comercio Exterior y Aduanas"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
publisher_url: https://modelo.pe
license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Solicitud de Despacho Urgente por Envio de Urgencia o de Socorro ante SUNAT-Aduanas

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/solicitud-de-despacho-urgente-por-envio-de-urgencia-o-de-socorro-ante-sunat-aduanas/
**Área:** Comercio Exterior y Aduanas (Comercio Exterior y Aduanas)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Pedido a la Administracion Aduanera para que califique la mercancia como envio de urgencia o de socorro por el literal residual del Reglamento, con un formato de instruccion al agente de aduana para numerar la DAM bajo modalidad urgente en los demas casos.

## Contenido del modelo

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SUMILLA: SOLICITO QUE SE CALIFIQUE LA MERCANCÍA COMO ENVÍO DE URGENCIA O COMO ENVÍO DE SOCORRO AL AMPARO DEL LITERAL RESIDUAL DEL ARTÍCULO 231 O DEL ARTÍCULO 232 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS. PLAZO: SIETE DÍAS CALENDARIO POSTERIORES AL TÉRMINO DE LA DESCARGA

NOTA PREVIA QUE DEBES LEER ANTES DE ESCRIBIR NADA, PORQUE UN ERROR AQUÍ TE PUEDE COSTAR LA MERCANCÍA

1. El despacho urgente funciona como una modalidad de la declaración y no requiere resolución previa del Intendente. El artículo 230 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2009-EF, dispone que las declaraciones bajo esta modalidad se tramitan antes de la llegada del medio de transporte y hasta siete días calendario posteriores a la fecha del término de la descarga. El procedimiento general "Importación para el consumo" DESPA-PG.01 recoge las tres modalidades de despacho: anticipado, diferido y urgente.

2. Si tu mercancía figura en alguno de los literales a) a m) del artículo 231 o a) a h) del artículo 232, no presentes ningún escrito. Instruye a tu agente de aduana para que numere la DAM bajo la modalidad urgente dentro del plazo. Usa la SEGUNDA PARTE de este documento.

3. El escrito de la PRIMERA PARTE solo sirve para un caso: cuando la mercancía no encaja en ninguno de los literales listados y necesitas que la Administración Aduanera la califique al amparo del literal n) del artículo 231, "otras mercancías que a criterio de la Administración Aduanera merezcan tal calificación", o del literal i) del artículo 232, "otras mercancías que a criterio de la Administración Aduanera constituyan envíos de socorro y aquellas que se establezcan por normas especiales".

4. Qué pasa si dejas vencer los siete días. El propio artículo 230 dispone que, transcurrido ese plazo, la destinación se tramita bajo la modalidad de despacho diferido. Y el artículo 130 de la Ley General de Aduanas concede para la destinación un plazo que corre hasta quince días calendario siguientes al término de la descarga. Si la mercancía no se solicita a destinación aduanera dentro del plazo del despacho diferido, cae en abandono legal a favor del Estado conforme al literal a) del artículo 178 de la misma Ley. Presentar un escrito en lugar de numerar la DAM es la vía más rápida de perder la carga.

5. El despacho urgente no exime de nada. El último párrafo del artículo 230 del Reglamento precisa que las declaraciones sujetas a esta modalidad no eximen al declarante de cumplir con todas las formalidades y documentos exigidos por el régimen solicitado.

Fecha del término de la descarga: [FECHA_DE_TERMINO_DE_LA_DESCARGA]. Vencimiento de los siete días calendario: [FECHA_DE_VENCIMIENTO_DEL_PLAZO_URGENTE].

PRIMERA PARTE. SOLICITUD DE CALIFICACIÓN AL AMPARO DEL LITERAL RESIDUAL

SEÑOR INTENDENTE DE LA [INTENDENCIA_DE_ADUANA_COMPETENTE]
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SUNAT)

[RAZON_SOCIAL_O_NOMBRE_DEL_SOLICITANTE], con RUC N.° [NUMERO_DE_RUC], con domicilio fiscal en [DIRECCION_DEL_DOMICILIO_FISCAL], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL], identificado con DNI N.° [NUMERO_DE_DNI], actuando a través del despachador de aduana [RAZON_SOCIAL_DE_LA_AGENCIA_DE_ADUANA], con código N.° [CODIGO_DE_LA_AGENCIA_DE_ADUANA], señalando correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO_DE_NOTIFICACIONES] y teléfono [NUMERO_DE_TELEFONO], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Solicito que la Administración Aduanera califique la mercancía descrita en el numeral 1 de los fundamentos de hecho como [ENVIO_DE_URGENCIA_AL_AMPARO_DEL_LITERAL_N_DEL_ARTICULO_231_O_ENVIO_DE_SOCORRO_AL_AMPARO_DEL_LITERAL_I_DEL_ARTICULO_232] del Reglamento de la Ley General de Aduanas, por no encontrarse comprendida en los literales expresamente listados. Pido que la calificación se emita dentro del plazo de siete días calendario posteriores al término de la descarga, a fin de que mi despachador de aduana pueda numerar la declaración bajo la modalidad de despacho urgente y destinar la mercancía al régimen de [REGIMEN_ADUANERO_SOLICITADO].

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Mercancía: [DESCRIPCION_DETALLADA_DE_LA_MERCANCIA], clasificada en la subpartida nacional [SUBPARTIDA_NACIONAL], en cantidad de [CANTIDAD] [UNIDAD_DE_MEDIDA], con un peso bruto de [PESO_BRUTO] kilogramos y un valor en aduana de US$ [VALOR_EN_ADUANA].
2. Datos del arribo: la mercancía llega o llegó por vía [MARITIMA_AEREA_O_TERRESTRE], amparada en el documento de transporte N.° [NUMERO_DEL_DOCUMENTO_DE_TRANSPORTE], manifiesto de carga N.° [NUMERO_DE_MANIFIESTO_DE_CARGA], con fecha de término de la descarga el [FECHA_DE_TERMINO_DE_LA_DESCARGA], y se encuentra en [NOMBRE_DEL_DEPOSITO_TEMPORAL_O_TERMINAL].
3. Razón por la que no encaja en los literales listados: [EXPLICACION_DE_POR_QUE_LA_MERCANCIA_NO_ESTA_COMPRENDIDA_EN_LOS_LITERALES_A_M_DEL_ARTICULO_231_O_A_H_DEL_ARTICULO_232]. Se ha revisado literal por literal antes de formular este pedido.
4. Justificación del tratamiento preferencial, con indicación del riesgo, de las condiciones de conservación, de la cadena de frío, del vencimiento o de la emergencia declarada, según el caso: [EXPLICACION_DEL_RIESGO_O_URGENCIA_CONDICIONES_DE_CONSERVACION_CADENA_DE_FRIO_VENCIMIENTO_O_EMERGENCIA_DECLARADA]. La demora en el levante generaría el siguiente perjuicio concreto: [CONSECUENCIA_CONCRETA_DEL_RETRASO]. La mercancía requiere un tratamiento preferencial por su naturaleza o por el lugar donde debe ser almacenada, en los términos del primer párrafo del artículo 231 del Reglamento.
5. Tratándose de envío de socorro, la mercancía está destinada a ayudar a las víctimas de [DESCRIPCION_DE_LA_CATASTROFE_NATURAL_EPIDEMIA_O_SINIESTRO] ocurrida en [LUGAR_DE_LA_EMERGENCIA], y será entregada a [ENTIDAD_O_BENEFICIARIO_DE_LA_AYUDA], conforme a la documentación de donación que se acompaña. Se indica también si existe una norma especial que la comprenda: [NORMA_ESPECIAL_APLICABLE_SI_EXISTE].
6. Régimen al que se destinará la mercancía: [REGIMEN_ADUANERO_SOLICITADO]. Se deja constancia de que los envíos de urgencia pueden destinarse a importación para el consumo, admisión temporal para perfeccionamiento activo, admisión temporal para reexportación en el mismo estado o depósito aduanero, y los envíos de socorro a importación para el consumo o admisión temporal para reexportación en el mismo estado.
7. Oportunidad: este pedido se formula [ANTES_DE_LA_LLEGADA_DEL_MEDIO_DE_TRANSPORTE_O_DENTRO_DE_LOS_SIETE_DIAS_CALENDARIO_POSTERIORES_AL_TERMINO_DE_LA_DESCARGA], dentro del plazo del artículo 230 del Reglamento.
8. Mi representada deja constancia de que la calificación como despacho urgente no la exime de cumplir con todas las formalidades ni de presentar los documentos exigidos por el régimen aduanero solicitado, obligación que asume expresamente.
9. La mercancía cuenta con las autorizaciones, permisos o certificaciones de [ENTIDADES_DE_CONTROL_SANITARIO_O_SECTORIAL_QUE_CORRESPONDAN], las cuales se adjuntan o se encuentran registradas en la Ventanilla Única de Comercio Exterior.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El artículo 230 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2009-EF, considera despachos urgentes a los envíos de urgencia y a los envíos de socorro, y dispone que las declaraciones bajo esta modalidad se tramitan antes de la llegada del medio de transporte y hasta siete días calendario posteriores a la fecha del término de la descarga. Transcurrido ese plazo, la destinación se tramita bajo la modalidad de despacho diferido.
2. El artículo 231 del mismo Reglamento define como envíos de urgencia las mercancías que por su naturaleza o por el lugar donde deben ser almacenadas requieren un tratamiento preferencial, enumera los supuestos en sus literales a) a m) y reserva en su literal n) la calificación de otras mercancías que a criterio de la Administración Aduanera merezcan tal calificación. Este último literal es el que sustenta el presente pedido cuando la mercancía no está listada.
3. El artículo 232 del Reglamento califica como envíos de socorro las mercancías destinadas a ayudar a las víctimas de catástrofes naturales, de epidemias y siniestros, enumera los supuestos en sus literales a) a h) y reserva en su literal i) las otras mercancías que a criterio de la Administración Aduanera constituyan envíos de socorro y aquellas que se establezcan por normas especiales.
4. El procedimiento general "Importación para el consumo" DESPA-PG.01 recoge las modalidades de despacho anticipado, diferido y urgente, y sitúa esta última antes de la llegada del medio de transporte y hasta siete días calendario posteriores al término de la descarga.
5. El artículo 130 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N.° 1053, dispone que la destinación aduanera se solicita mediante declaración aduanera por los despachadores de aduana o demás personas legalmente autorizadas, y que se tramita desde antes de la llegada del medio de transporte y hasta quince días calendario siguientes al término de la descarga. El literal a) del artículo 178 de la misma Ley produce el abandono legal a favor del Estado cuando las mercancías no han sido solicitadas a destinación aduanera dentro del plazo establecido para el despacho diferido o dentro de la prórroga otorgada conforme al artículo 132.
6. La Ley N.° 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, modificada por la Ley N.° 32129, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 008-2020-MINCETUR y modificado por el Decreto Supremo N.° 007-2025-MINCETUR, rigen la tramitación electrónica de los permisos, certificaciones y autorizaciones exigibles a la mercancía restringida. Esas normas sustentan la obtención de los permisos, no la modalidad de despacho.
7. El Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, obliga a la autoridad a atender los procedimientos con celeridad y eficacia.

IV. ANEXOS
1-A. Documento de transporte y factura comercial.
1-B. Lista de empaque y ficha técnica de la mercancía.
1-C. Documentación que acredita la urgencia o la finalidad de socorro invocada.
1-D. Certificado o autorización sectorial exigible a la mercancía.
1-E. Carta de donación y documento del beneficiario, en el caso de envíos de socorro.
1-F. Mandato al despachador de aduana y ficha RUC del solicitante.
1-G. Copia del DNI del representante legal y vigencia de poder.
1-H. Constancia de la fecha del término de la descarga.

POR TANTO:
A usted, señor Intendente, pido admitir la solicitud y calificar la mercancía dentro del literal residual invocado, dentro del plazo de siete días calendario posteriores al término de la descarga.

OTROSÍ DIGO: Que señalo como responsable de la coordinación operativa a [NOMBRE_DEL_RESPONSABLE_OPERATIVO], con teléfono [TELEFONO_DEL_RESPONSABLE_OPERATIVO], disponible durante las veinticuatro horas mientras dure el despacho.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO].

_______________________________
[NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL]
DNI N.° [NUMERO_DE_DNI]
[RAZON_SOCIAL_O_NOMBRE_DEL_SOLICITANTE]
RUC N.° [NUMERO_DE_RUC]

SEGUNDA PARTE. INSTRUCCIÓN AL DESPACHADOR DE ADUANA PARA NUMERAR LA DAM BAJO MODALIDAD URGENTE

Usa este formato cuando la mercancía sí está comprendida en los literales listados. No requiere pronunciamiento previo de la aduana.

SEÑORES
[RAZON_SOCIAL_DE_LA_AGENCIA_DE_ADUANA]
Agente de aduana con código N.° [CODIGO_DE_LA_AGENCIA_DE_ADUANA]
Presente.

[RAZON_SOCIAL_O_NOMBRE_DEL_SOLICITANTE], con RUC N.° [NUMERO_DE_RUC], por medio de la presente les instruyo lo siguiente:

1. Numerar y transmitir la declaración aduanera de mercancías bajo la modalidad de despacho urgente, destinando la mercancía al régimen de [REGIMEN_ADUANERO_SOLICITADO], dentro del plazo que vence el [FECHA_DE_VENCIMIENTO_DEL_PLAZO_URGENTE].
2. Consignar como sustento de la modalidad el literal [LETRA_DEL_LITERAL_DEL_ARTICULO_231_O_232_QUE_COMPRENDE_LA_MERCANCIA] del artículo [231_O_232] del Reglamento de la Ley General de Aduanas, referido a [SUPUESTO_DEL_LITERAL_INVOCADO].
3. Adjuntar los documentos digitalizados exigidos por el régimen solicitado, ya que la modalidad urgente no exime de esa obligación.
4. Verificar que los permisos, certificaciones o autorizaciones de mercancía restringida se encuentren registrados en la Ventanilla Única de Comercio Exterior antes de numerar.
5. Confirmar a mi representada la numeración el mismo día en que se produzca, y avisar de inmediato si surge cualquier impedimento que ponga en riesgo el plazo de siete días calendario.

Mercancía: [DESCRIPCION_DETALLADA_DE_LA_MERCANCIA], subpartida nacional [SUBPARTIDA_NACIONAL], documento de transporte N.° [NUMERO_DEL_DOCUMENTO_DE_TRANSPORTE], manifiesto de carga N.° [NUMERO_DE_MANIFIESTO_DE_CARGA], término de la descarga el [FECHA_DE_TERMINO_DE_LA_DESCARGA].

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO].

_______________________________
[NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_LEGAL]
DNI N.° [NUMERO_DE_DNI]
[RAZON_SOCIAL_O_NOMBRE_DEL_SOLICITANTE]
RUC N.° [NUMERO_DE_RUC]

BASE LEGAL
- Reglamento de la Ley General de Aduanas, Decreto Supremo N.° 010-2009-EF, artículos 230, 231 y 232, con especial referencia al literal n) del artículo 231 y al literal i) del artículo 232.
- Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N.° 1053, artículos 130, 132 y 178.
- Procedimiento general "Importación para el consumo" DESPA-PG.01 de la SUNAT, en cuanto a las modalidades de despacho anticipado, diferido y urgente, y el procedimiento general que corresponda al régimen aduanero solicitado.
- Ley N.° 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, modificada por la Ley N.° 32129, y su Reglamento, Decreto Supremo N.° 008-2020-MINCETUR, modificado por el Decreto Supremo N.° 007-2025-MINCETUR, solo en cuanto a los permisos de mercancía restringida tramitados por la VUCE.
- Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Solicitud de Despacho Urgente por Envio de Urgencia o de Socorro ante SUNAT-Aduanas. Disponible en https://modelo.pe/solicitud-de-despacho-urgente-por-envio-de-urgencia-o-de-socorro-ante-sunat-aduanas/. Licencia CC-BY-4.0.
