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title: "Solicitud judicial de readecuación de interdicción y curatela al régimen de apoyos y salvaguardias"
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area: "Discapacidad"
category: "Discapacidad"
jurisdiction: PE
language: es-PE
publisher: Modelo.pe
publisher_url: https://modelo.pe
license: CC-BY-4.0
license_url: https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Solicitud judicial de readecuación de interdicción y curatela al régimen de apoyos y salvaguardias

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/solicitud-judicial-de-readecuacion-de-interdiccion-y-curatela-al-regimen-de-apoyos-y-salvaguardias/
**Área:** Discapacidad (Discapacidad)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Escrito de readecuación en vía no contenciosa, ante el juzgado de familia del lugar donde se encuentra la persona con discapacidad, para dejar sin efecto una sentencia de interdicción anterior al D. Leg. 1384 y designar apoyos con salvaguardias.

## Contenido del modelo

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SUMILLA: SOLICITO READECUACIÓN DE LA SENTENCIA DE INTERDICCIÓN Y CURATELA AL RÉGIMEN DE APOYOS Y SALVAGUARDIAS

EXPEDIENTE N.° [NUMERO_DEL_EXPEDIENTE_DE_INTERDICCION]
ESPECIALISTA LEGAL: [NOMBRE_DEL_ESPECIALISTA]
CUADERNO: PRINCIPAL
ESCRITO N.° [NUMERO]

SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO_DE_FAMILIA / JUZGADO_CIVIL_DONDE_NO_EXISTA_JUZGADO_DE_FAMILIA] DE [PROVINCIA_O_DISTRITO_JUDICIAL], CORRESPONDIENTE AL LUGAR DONDE SE ENCUENTRA LA PERSONA CON DISCAPACIDAD

[NOMBRE_COMPLETO_DEL_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio real en [DIRECCION_COMPLETA], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica del Poder Judicial N.° [NUMERO_DE_CASILLA_ELECTRONICA], actuando en mi condición de [PERSONA_CON_DISCAPACIDAD_DECLARADA_INTERDICTA / CURADOR_A_DESIGNADO_A / CONYUGE_O_CONVIVIENTE / FAMILIAR_HASTA_EL_CUARTO_GRADO_DE_CONSANGUINIDAD_O_SEGUNDO_DE_AFINIDAD], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Solicito la READECUACIÓN de la sentencia de INTERDICCIÓN y del régimen de CURATELA recaídos sobre [NOMBRE_COMPLETO_DE_LA_PERSONA_CON_DISCAPACIDAD], con DNI N.° [NUMERO_DNI_PCD], al régimen de APOYOS Y SALVAGUARDIAS incorporado por el Decreto Legislativo N.° 1384, y en consecuencia pido:

1.1. Que se DEJE SIN EFECTO la declaración de interdicción y el nombramiento de curador dispuestos por sentencia de fecha [FECHA_DE_LA_SENTENCIA], recaída en el expediente N.° [NUMERO_DEL_EXPEDIENTE_DE_INTERDICCION], y se tenga por restituido el pleno ejercicio de la capacidad jurídica de la persona con discapacidad.
1.2. Que se DESIGNE como APOYO a [NOMBRE_COMPLETO_DEL_APOYO_PROPUESTO], con DNI N.° [NUMERO_DNI_APOYO], domiciliado(a) en [DIRECCION_APOYO], con las funciones detalladas en el punto 1.3, previa entrevista y recojo de la voluntad y preferencias de la persona con discapacidad.
1.3. Que se fije el ALCANCE del apoyo únicamente para los siguientes actos: [DETALLAR_ACTOS: cobro de pensión o subvención, trámites administrativos y de salud, operaciones bancarias hasta [MONTO_EN_SOLES], administración de bienes, otros].
1.4. Que se establezcan las siguientes SALVAGUARDIAS: rendición de cuentas [PERIODICIDAD] ante el juzgado, revisión de la medida cada [PLAZO], prohibición de actuar en conflicto de intereses, designación de apoyo suplente en la persona de [NOMBRE_DEL_APOYO_SUPLENTE] y [OTRAS_SALVAGUARDIAS].
1.5. Que se ordene la INSCRIPCIÓN de lo resuelto en el Registro Personal de la SUNARP, con el levantamiento de la anotación de interdicción, y la comunicación al RENIEC y a las entidades donde conste la restricción.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. Por sentencia de fecha [FECHA_DE_LA_SENTENCIA], expedida en el expediente N.° [NUMERO_DEL_EXPEDIENTE_DE_INTERDICCION], se declaró la interdicción civil de [NOMBRE_COMPLETO_DE_LA_PERSONA_CON_DISCAPACIDAD] por motivo de [MOTIVO_CONSIGNADO_EN_LA_SENTENCIA], y se nombró curador(a) a [NOMBRE_DEL_CURADOR]. La sentencia quedó consentida o ejecutoriada con fecha [FECHA_DE_CONSENTIDA].

2. Dicha sentencia fue dictada con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N.° 1384, norma que suprimió la interdicción y la curatela por motivo de discapacidad y reconoció la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones. Sus disposiciones complementarias transitorias encargan al juez la readecuación de los procesos y de las sentencias de interdicción al régimen de apoyos y salvaguardias.

3. La persona con discapacidad se encuentra actualmente en [DIRECCION_DONDE_SE_ENCUENTRA_LA_PERSONA_CON_DISCAPACIDAD], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], lo que fija la competencia territorial de su despacho conforme al artículo 21 del Código Procesal Civil.

4. Su situación actual es la siguiente: [DESCRIBIR_CONDICION_ACTUAL_APOYOS_QUE_REQUIERE_Y_FORMA_EN_QUE_MANIFIESTA_SU_VOLUNTAD], conforme al certificado de discapacidad N.° [NUMERO_DE_CERTIFICADO] y al informe médico de fecha [FECHA_INFORME].

5. La persona con discapacidad manifiesta su voluntad [DE_FORMA_ORAL / POR_ESCRITO / MEDIANTE_LENGUA_DE_SENAS_PERUANA / MEDIANTE_COMUNICACION_AUMENTATIVA_O_ALTERNATIVA / MEDIANTE_EL_SIGUIENTE_MEDIO: DESCRIBIR], y ha expresado su preferencia respecto de la persona de apoyo en los términos que constan en [DOCUMENTO_O_ACTA_QUE_SE_ADJUNTA].

6. El mantenimiento de la interdicción le impide [ACCEDER_A_LA_PENSION_NO_CONTRIBUTIVA / ABRIR_O_MANEJAR_CUENTAS_BANCARIAS / CONTRATAR / TRABAJAR / EJERCER_EL_DERECHO_DE_SUFRAGIO / OTRO], con evidente perjuicio de sus derechos.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El Decreto Legislativo N.° 1384 reconoce y regula la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, modificó el Código Civil suprimiendo la interdicción y la curatela por motivo de discapacidad e incorporó el régimen de APOYOS y SALVAGUARDIAS. Su disposición complementaria transitoria sobre los procesos de interdicción en trámite y con sentencia firme ordena su readecuación al nuevo régimen, que es la base directa de este pedido.

2. La competencia por materia corresponde al juez especializado de familia, conforme al artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y a lo acordado en el Pleno Jurisdiccional Distrital de Familia de Lima Este del año 2018, que atribuyó a los juzgados de familia el conocimiento de la designación de apoyos y salvaguardias. Donde no exista juzgado de familia, conoce el juzgado civil.

3. La competencia territorial se rige por el artículo 21 del Código Procesal Civil, que la fija en el lugar donde se encuentra la persona con discapacidad.

4. El reconocimiento judicial de apoyos y salvaguardias se tramita como proceso NO CONTENCIOSO, conforme al artículo 749 del Código Procesal Civil y a los artículos 841 a 847 del mismo cuerpo legal. La readecuación que aquí se pide se formula en el propio expediente de interdicción, ante el juez que dictó la sentencia o ante el que resulte competente conforme a los numerales anteriores.

5. La participación directa de la persona con discapacidad en el proceso es indispensable. El juez debe entrevistarla, recoger su voluntad y preferencias y otorgarle los ajustes razonables que requiera; su omisión acarrea la nulidad de lo actuado.

6. El Decreto Supremo N.° 016-2019-MIMP regula el otorgamiento de ajustes razonables, la designación de apoyos y la implementación de salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica, y establece que los apoyos deben respetar la voluntad y las preferencias de la persona con discapacidad.

7. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Resolución Legislativa N.° 29127 y ratificada por Decreto Supremo N.° 073-2007-RE, reconoce que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, y obliga al Estado a proporcionar apoyos con salvaguardias adecuadas.

8. La Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y el Decreto Legislativo N.° 1417, que promueve la inclusión de las personas con discapacidad, reconocen la igualdad ante la ley y la prohibición de discriminación por motivo de discapacidad.

IV. MEDIOS PROBATORIOS

4.1. Copia certificada de la sentencia de interdicción de fecha [FECHA_DE_LA_SENTENCIA] y de la constancia de consentida o ejecutoriada.
4.2. Certificado de discapacidad N.° [NUMERO_DE_CERTIFICADO] e informe médico actualizado de fecha [FECHA_INFORME].
4.3. Documento o acta que recoge la voluntad y las preferencias de la persona con discapacidad respecto del apoyo propuesto.
4.4. Copia del DNI de la persona con discapacidad y del apoyo propuesto.
4.5. Partida registral del Registro Personal donde consta la anotación de la interdicción.
4.6. Documento que acredita el lugar donde se encuentra la persona con discapacidad: [CONSTANCIA_DOMICILIARIA / CERTIFICADO_DE_RESIDENCIA / OTRO].
4.7. [OTROS_MEDIOS_PROBATORIOS].

V. ANEXOS

1-A a 1-G. Los documentos señalados en el rubro IV.
1-H. Copia del escrito y de sus anexos para la notificación a los interesados y al Ministerio Público.

POR TANTO:
A usted, señor Juez, pido admitir la presente solicitud, tramitarla en la vía del proceso no contencioso y declararla FUNDADA en su oportunidad.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Solicito que se dispongan los AJUSTES RAZONABLES necesarios para la participación directa de la persona con discapacidad en el proceso, en particular [INTERPRETE_DE_LENGUA_DE_SENAS_PERUANA / INFORMACION_EN_LECTURA_FACIL_O_BRAILLE / ENTREVISTA_EN_SU_DOMICILIO / TIEMPO_ADICIONAL], conforme al Decreto Supremo N.° 016-2019-MIMP.

SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Delego las facultades generales de representación previstas en el Código Procesal Civil al abogado que autoriza el presente escrito, y declaro estar instruido de sus alcances.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO].

____________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEL_SOLICITANTE]
DNI N.° [NUMERO_DNI]

____________________________
[NOMBRE_DEL_ABOGADO]
Abogado, C.A. [COLEGIO_DE_ABOGADOS] N.° [NUMERO_DE_COLEGIATURA]

BASE LEGAL
- Decreto Legislativo N.° 1384, que reconoce y regula la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, y su disposición complementaria transitoria sobre readecuación de los procesos de interdicción.
- Código Civil, en la parte modificada e incorporada por el Decreto Legislativo N.° 1384 (apoyos y salvaguardias).
- Código Procesal Civil, artículo 21 (competencia territorial), artículo 749 (procesos no contenciosos) y artículos 841 a 847 (reconocimiento judicial de apoyos y salvaguardias).
- Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 53 (competencia de los juzgados de familia).
- Decreto Supremo N.° 016-2019-MIMP, Reglamento sobre ajustes razonables, designación de apoyos y salvaguardias.
- Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
- Decreto Legislativo N.° 1417, que promueve la inclusión de las personas con discapacidad.
- Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Resolución Legislativa N.° 29127 y ratificada por Decreto Supremo N.° 073-2007-RE.

NOTA 1: Este escrito se presenta ante el juzgado de familia del lugar donde se encuentra la persona con discapacidad, o ante el juzgado civil donde no exista juzgado de familia. El juzgado de paz letrado carece de competencia en esta materia, de modo que dirigirle el pedido termina en una resolución de incompetencia y en pérdida de tiempo.

NOTA 2: La readecuación se pide en el propio expediente de interdicción y se tramita como proceso no contencioso. La persona con discapacidad debe participar y ser entrevistada por el juez, con los ajustes razonables que necesite, bajo sanción de nulidad.

NOTA 3: El Decreto Legislativo N.° 1384 derogó la interdicción y la curatela por motivo de discapacidad, y las sustituyó por el régimen de apoyos y salvaguardias, que se designan en sede notarial cuando la persona puede manifestar su voluntad y en sede judicial en los demás supuestos.
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Solicitud judicial de readecuación de interdicción y curatela al régimen de apoyos y salvaguardias. Disponible en https://modelo.pe/solicitud-judicial-de-readecuacion-de-interdiccion-y-curatela-al-regimen-de-apoyos-y-salvaguardias/. Licencia CC-BY-4.0.
