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title: "Solicitud notarial de apertura de nuevo Libro de Actas por pérdida"
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jurisdiction: PE
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license: CC-BY-4.0
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date_published: 2026-04-14
date_modified: 2026-09-02

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# Solicitud notarial de apertura de nuevo Libro de Actas por pérdida

**Fuente:** [Modelo.pe](https://modelo.pe). Repositorio gratuito de formatos legales peruanos.
**URL canónica:** https://modelo.pe/solicitud-notarial-de-apertura-de-nuevo-libro-de-actas-por-perdida/
**Área:** Propiedad Horizontal (Propiedad Horizontal)
**Jurisdicción:** Perú | **Idioma:** es-PE
**Última revisión:** 2026-09-02
**Licencia:** [CC-BY-4.0](https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/). Uso libre con atribución.

## Aviso utilitario

Modelo.pe es un repositorio de formatos legales gratuitos. **No brindamos asesoría legal** y los modelos no son revisados por especialistas. Cada caso tiene particularidades; verifica con un abogado colegiado antes de presentar cualquier documento.

## Descripción

Pedido al notario para certificar la apertura de un segundo Libro de Actas, con el acta de pérdida en hojas simples.

## Contenido del modelo

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SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE APERTURA DE NUEVO LIBRO DE ACTAS POR PÉRDIDA DEL ANTERIOR

SUMILLA: SOLICITO CERTIFICACIÓN DE APERTURA DE SEGUNDO LIBRO DE ACTAS DE JUNTA DE PROPIETARIOS.

Señor Notario Público de [PROVINCIA_O_DISTRITO_NOTARIAL]
[NOMBRE_DEL_NOTARIO]
Dirección: [DIRECCION_DE_LA_NOTARIA]

I. IDENTIFICACIÓN DEL SOLICITANTE
[NOMBRE_DEL_PRESIDENTE], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_PRESIDENTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_PRESIDENTE], teléfono [TELEFONO], correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO], en mi calidad de Presidente de la JUNTA DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO [NOMBRE_DEL_EDIFICIO_O_CONDOMINIO], ubicado en [DIRECCION_COMPLETA_DEL_EDIFICIO], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], cuya inscripción consta en la partida electrónica N.° [NUMERO_DE_PARTIDA_MATRIZ] del Registro de Predios de la Zona Registral N.° [NUMERO_DE_ZONA_REGISTRAL], asiento [ASIENTO_REGISTRAL] donde figura mi nombramiento.

II. PETITORIO
Solicito que su despacho certifique la apertura del Libro de Actas de la Junta de Propietarios N.° [NUMERO_DEL_NUEVO_LIBRO], de [NUMERO_DE_FOLIOS] folios, llevado en forma [SIMPLE_O_DOBLE], destinado a registrar las sesiones y los acuerdos de la Junta de Propietarios de la edificación antes identificada.

III. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. La Junta de Propietarios contaba con el Libro de Actas N.° [NUMERO_DEL_LIBRO_PERDIDO], legalizado ante la Notaría [NOMBRE_DE_LA_NOTARIA_ANTERIOR] con fecha [FECHA_DE_LEGALIZACION_ANTERIOR], en el que se asentaron las actas hasta el folio [ULTIMO_FOLIO_ASENTADO].
2. El libro se extravió en las circunstancias siguientes: [DESCRIPCION_DE_LAS_CIRCUNSTANCIAS_DE_LA_PERDIDA], hecho ocurrido el [FECHA_DE_LA_PERDIDA] en [LUGAR_DE_LA_PERDIDA].
3. La pérdida fue denunciada ante la Comisaría de [NOMBRE_DE_LA_COMISARIA] el [FECHA_DE_LA_DENUNCIA], según consta en la denuncia N.° [NUMERO_DE_DENUNCIA] que se adjunta en copia certificada.
4. Realizadas las búsquedas en las instalaciones del edificio, en la oficina de administración y en el domicilio del anterior responsable de su custodia, el libro no ha sido hallado.
5. En sesión extraordinaria de Junta de Propietarios de fecha [FECHA_DE_LA_SESION], celebrada en el predio y asentada en hojas simples por carecer de libro, se informó de la pérdida y se acordó por [PORCENTAJE_APROBATORIO] % de las participaciones autorizar al Presidente a solicitar la apertura de un nuevo Libro de Actas. Las firmas de cada interviniente en dicho acuerdo se encuentran certificadas notarialmente.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El artículo 112 del Decreto Legislativo N.° 1049 faculta al notario a certificar la apertura de libros u hojas sueltas de actas, de contabilidad y otros que la ley señale, y el artículo 113 fija la forma de la certificación.
2. El artículo 115 del mismo decreto legislativo, modificado por el Decreto Legislativo N.° 1232, dispone que para solicitar la certificación de un segundo libro debe acreditarse la conclusión del anterior o presentarse certificación que demuestre en forma fehaciente su pérdida. Tratándose de la pérdida del libro de actas, corresponde presentar el acta de la junta o asamblea, en hojas simples, donde se informe de la pérdida, con certificación notarial de la firma de cada interviniente.
3. El artículo 116 del referido decreto legislativo determina quién puede solicitar la certificación, calidad que acredito con la partida registral adjunta.
4. El artículo 148 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N.° 27157 exige que las sesiones de las Juntas de Propietarios y los acuerdos adoptados en ellas consten en el Libro de Actas legalizado conforme a ley, y el artículo 149 regula el contenido y la forma del acta.

V. ANEXOS
1. Copia del DNI del solicitante.
2. Copia literal vigente de la partida electrónica N.° [NUMERO_DE_PARTIDA_MATRIZ], donde consta el Reglamento Interno y la inscripción del Presidente.
3. Acta de la sesión de Junta de Propietarios de fecha [FECHA_DE_LA_SESION], extendida en hojas simples, con firmas certificadas notarialmente de cada interviniente.
4. Copia certificada de la denuncia policial N.° [NUMERO_DE_DENUNCIA].
5. Declaración jurada del anterior custodio del libro, señor [NOMBRE_DEL_CUSTODIO_ANTERIOR], sobre las circunstancias de la pérdida.
6. Nuevo Libro de Actas de [NUMERO_DE_FOLIOS] folios, sin uso.

POR TANTO:
Pido a usted acceder a la solicitud, extender la constancia de apertura en la primera foja útil del libro, sellar todos los folios y devolverlo con la anotación registral de su despacho.

DECLARACIÓN JURADA. Declaro bajo juramento que los hechos expuestos son ciertos, que el libro anterior se encuentra efectivamente extraviado y que asumo responsabilidad por la información proporcionada.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [AÑO].

_______________________________
[NOMBRE_DEL_PRESIDENTE]
Presidente de la Junta de Propietarios
DNI N.° [DNI_DEL_PRESIDENTE]

BASE LEGAL
- Decreto Legislativo N.° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, artículos 95 inciso e), 112, 113, 114, 115 y 116, estos dos últimos modificados por el Decreto Legislativo N.° 1232, y el Texto Único Ordenado de su Reglamento en lo referido a la certificación de apertura de libros.
- Ley N.° 27157, artículos 46, 47 y 48.
- Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N.° 27157, aprobado por Decreto Supremo N.° 035-2006-VIVIENDA, artículos 146, 148, 149, 150 y 152 inciso g).
- Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N.° 097-2013-SUNARP/SN, artículo 87.
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**Cómo citar:** Modelo.pe. Solicitud notarial de apertura de nuevo Libro de Actas por pérdida. Disponible en https://modelo.pe/solicitud-notarial-de-apertura-de-nuevo-libro-de-actas-por-perdida/. Licencia CC-BY-4.0.
