Contrato de mutuo: préstamo de dinero entre particulares en Perú
Publicado el 2026-04-25 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Norma base | Art. 1648 al 1665 Código Civil peruano |
| Tasa de interés máxima | Tasa activa promedio de mercado publicada por BCRP (art. 1243 CC) |
| Interés compensatorio | Por el uso del dinero durante el plazo pactado |
| Interés moratorio | Por el retraso en la devolución; puede pactarse o aplicar tasa legal BCRP |
| Obligación tributaria | Intereses recibidos por personas naturales tributan como rentas de 2.a categoría (5% via retención o declaración) |
| Prueba en juicio | Documento con fecha cierta (firma legalizada o escritura pública) o declaración de partes |
| Prescripción | 10 años para acciones personales (art. 2001 inc. 1 CC) |
| Monto sin bancarización | Operaciones mayores a S/ 3,500 o USD 1,000 deben usar sistema financiero (Ley 28194) |
Qué es el contrato de mutuo y cuándo se usa
El artículo 1648 del Código Civil define el mutuo como el contrato por el que el mutuante se obliga a entregar al mutuatario una determinada cantidad de dinero o bienes consumibles, y el mutuatario se obliga a devolver otros del mismo género, calidad y cantidad. En la práctica peruana, se usa casi exclusivamente para préstamos de dinero entre personas naturales o entre empresas fuera del sistema bancario.
No necesitas ser un banco para prestar dinero. Dos personas naturales pueden celebrar un mutuo válidamente. La ley solo pone límites a la tasa de interés y exige que el pacto de intereses conste por escrito (art. 1663 CC).
Interés compensatorio e interés moratorio: cuál es cuál
Estos dos tipos de interés tienen funciones distintas y es importante diferenciarlos en el contrato:
- Interés compensatorio: es el precio por usar el dinero durante el plazo del préstamo. Se cobra desde que el mutuatario recibe el dinero hasta que lo devuelve dentro del plazo. Si no se pacta por escrito, no se puede cobrar (art. 1663 CC).
- Interés moratorio: es la penalidad por devolverlo tarde. Corre desde que el deudor incumple hasta que paga. Si no se pacta, se aplica la tasa de interés legal que publica el BCRP.
El tope para ambos es la tasa activa promedio de mercado que el BCRP publica mensualmente. Pactar una tasa mayor convierte el exceso en nulo de pleno derecho (art. 1243 CC), aunque el resto del contrato sigue válido.
Formalidad del contrato: qué tan formal necesita ser
El mutuo entre particulares no requiere escritura pública para ser válido. Puede ser un documento privado firmado por ambas partes. Sin embargo, la formalidad importa para la prueba en juicio:
- Documento privado simple: válido entre las partes, pero su fecha puede cuestionarse frente a terceros.
- Firma legalizada ante notario: da fecha cierta al documento. El notario certifica que las firmas se pusieron en esa fecha, no el contenido.
- Escritura pública: el notario da fe del acto completo. Es la prueba más sólida y se puede ejecutar directamente si se incluye cláusula de mérito ejecutivo.
Para préstamos mayores a S/ 20,000, la escritura pública vale el costo extra. Para montos menores, la firma legalizada es suficiente.
Obligaciones tributarias del mutuante
Si eres persona natural y prestas dinero cobrando intereses, esos intereses son renta de segunda categoría según la Ley del Impuesto a la Renta. La tasa es el 5% sobre el interés bruto recibido.
Si el mutuatario es una empresa, esta actúa como agente de retención: descuenta el 5% del pago de intereses y lo paga a SUNAT en tu nombre. Si el mutuatario es otra persona natural, tú eres quien declara y paga directamente mediante el Formulario Virtual 710 o PDT de segunda categoría.
Si los intereses no se declaran y SUNAT los detecta, aplica multa del 50% del tributo omitido más intereses moratorios diarios. Vale la pena declarar.
Bancarización: cuándo es obligatorio usar el sistema financiero
La Ley 28194 obliga a canalizar por el sistema financiero (banco, billetera digital, transferencia) todas las operaciones que superen S/ 3,500 o USD 1,000. Esto incluye los préstamos y sus devoluciones.
Si entregas o recibes en efectivo un monto mayor sin usar el sistema financiero, el contrato sigue siendo válido entre las partes, pero pierdes el derecho a deducir la operación como gasto si eres empresa, y SUNAT puede cuestionar la fehaciencia del préstamo en una auditoría.
Qué debe incluir un contrato de mutuo bien redactado
Para que el contrato sea sólido y ejecutable, debe tener al menos estos elementos:
- Datos completos de mutuante y mutuatario (DNI, domicilio).
- Monto exacto del préstamo en números y letras.
- Fecha de entrega y mecanismo de entrega (transferencia bancaria, cheque, número de cuenta).
- Tasa de interés compensatorio anual o mensual, con indicación si es nominal o efectiva.
- Tasa de interés moratorio o remisión a la tasa BCRP.
- Cronograma de pagos o fecha única de devolución.
- Consecuencias del incumplimiento y vencimiento anticipado.
- Garantías adicionales si las hay (fianza, garantía mobiliaria).
Preguntas frecuentes
¿Puedo prestar dinero sin cobrar intereses?
Sí. El mutuo gratuito es válido en Perú. Si no pactaste interés compensatorio, no puedes cobrarlos después (art. 1663 CC). Solo podrías exigir el interés moratorio legal del BCRP si el deudor se retrasa.
¿Qué pasa si el deudor no devuelve el dinero?
Puedes demandar en proceso de conocimiento o, si el contrato tiene mérito ejecutivo (escritura pública o documento con firma legalizada), en proceso único de ejecución. En el proceso ejecutivo la resolución es más rápida porque el juez no discute el fondo: ordena el pago salvo que el deudor oponga excepciones válidas.
¿Cuánto tiempo tengo para cobrar un préstamo impago?
La acción personal prescribe en 10 años (art. 2001 inc. 1 CC). Ese plazo corre desde que la obligación es exigible. Si el préstamo venció el 1 de enero de 2020, puedes demandar hasta el 1 de enero de 2030.
¿El contrato de mutuo puede ser en dólares?
Sí. En Perú es válido pactar obligaciones en moneda extranjera (art. 1237 CC). El deudor puede pagar en dólares o su equivalente en soles al tipo de cambio de venta del día del pago, salvo que el contrato establezca otra cosa.
¿Tengo que ir al notario para que el contrato sea válido?
No es obligatorio para la validez. Basta con un documento escrito y firmado. Pero si quieres fecha cierta o ejecutabilidad directa, el notario aporta seguridad extra. Para préstamos de poco monto entre conocidos, un documento privado firmado por ambas partes ante dos testigos ya es prueba suficiente en juicio.