Familia

Solicitud de Medidas de Protección - Violencia Familiar

Solicitud URGENTE de medidas de protección ante Juzgado de Familia. Ley 30364. Audiencia en 72 horas. Retiro del agresor.

Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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   SOLICITUD DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN POR VIOLENCIA FAMILIAR
         (Ley 30364 - Ley para Prevenir, Sancionar y
    Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los
           Integrantes del Grupo Familiar)
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                        *** URGENTE ***
         SOLICITO AUDIENCIA DENTRO DE 72 HORAS
              (Art. 16 de la Ley 30364)

AL JUZGADO DE FAMILIA DE TURNO DE [DISTRITO]

[NOMBRE_VICTIMA], identificada con DNI No. [DNI], con domicilio
en [DOMICILIO], ante Ud. respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Solicito se dicten MEDIDAS DE PROTECCIÓN a mi favor [y a favor
de mis hijos menores: NOMBRES Y EDADES], contra el agresor
[NOMBRE_AGRESOR], identificado con DNI No. [DNI_AGRESOR], con
domicilio en [DOMICILIO_AGRESOR], con quien mantengo relación
de [CONYUGE/CONVIVIENTE/EX PAREJA/PADRE DE MIS HIJOS], de
conformidad con la Ley 30364 y su Reglamento D.S. 009-2016-MIMP.

II. HECHOS DE VIOLENCIA

2.1. TIPO DE VIOLENCIA (Art. 8 Ley 30364):
[ ] Violencia FISICA (Art. 8.a): [DESCRIPCIÓN: golpes, empujones,
    patadas, bofetadas, jalones de cabello, uso de objetos
    contundentes, etc. FECHA, HORA, LUGAR de cada hecho]
[ ] Violencia PSICOLOGICA (Art. 8.b): [DESCRIPCIÓN: insultos,
    amenazas, humillaciones, control, aislamiento, etc.]
[ ] Violencia SEXUAL (Art. 8.c): [DESCRIPCIÓN]
[ ] Violencia ECONÓMICA/PATRIMONIAL (Art. 8.d): [DESCRIPCIÓN:
    destrucción de bienes, control económico, privación de
    recursos para necesidades básicas]

2.2. RELATO DE LOS HECHOS:
[NARRAR CRONOLOGICAMENTE LOS HECHOS MÁS RECIENTES DE VIOLENCIA,
INCLUYENDO FECHAS, CIRCUNSTANCIAS, Y SI HAY ANTECEDENTES
PREVIOS DE VIOLENCIA]

2.3. SITUACIÓN DE RIESGO ACTUAL:
[DESCRIBIR POR QUE LA VÍCTIMA SE ENCUENTRA EN RIESGO ACTUAL:
el agresor vive en el mismo domicilio, ha amenazado con mayor
violencia, tiene acceso a armas, consume alcohol/drogas, etc.]

III. MEDIDAS DE PROTECCIÓN SOLICITADAS (Art. 22 Ley 30364)
Solicito se ordene:
[ ] Retiro del agresor del domicilio
[ ] Impedimento de acercamiento a la víctima (distancia
    mínima de [METROS] metros)
[ ] Prohibición de comunicación con la víctima por cualquier
    medio (teléfono, redes sociales, terceros)
[ ] Prohibición de tenencia y porte de armas
[ ] Inventario de bienes del hogar
[ ] Asignación económica de emergencia (alimentos provisionales)
[ ] Tratamiento psicológico para la víctima e hijos
[ ] Cualquier otra medida que el Juzgado considere necesaria

IV. MEDIOS PROBATORIOS
1. Denuncia policial No. [NÚMERO] de fecha [FECHA]
   (Comisaria [NOMBRE_COMISARIA])
2. Certificado Médico Legal No. [NÚMERO] del Instituto de
   Medicina Legal / Certificado médico de [CENTRO_SALUD]
3. Informe psicológico del CEM [NOMBRE_CEM] [si aplica]
4. Fotografías de lesiones / daños materiales
5. Capturas de pantalla de amenazas (WhatsApp, mensajes)
6. Declaración testimonial de [TESTIGO_1]
7. Antecedentes de denuncias previas [si existen]
8. Ficha de Valoración de Riesgo de la PNP

V. BASE LEGAL
- Ley 30364 (Art. 8, 13, 16, 22, 23)
- D.S. 009-2016-MIMP (Reglamento)
- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
  Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Para)
- Constitución Política Art. 2 inc. 1 (derecho a la integridad)

SOLICITO TRÁMITE URGENTE: De conformidad con el Art. 16 de la
Ley 30364, solicito que la audiencia para el dictado de medidas
de protección se realice dentro de las SETENTA Y DOS (72) HORAS
de recibida la presente solicitud.

Lima, [FECHA]

_________________________
[NOMBRE_VICTIMA]
DNI: [DNI]

LÍNEAS DE AYUDA:
- Línea 100 (MIMP) - Atención 24 horas
- Línea 105 (PNP) - Emergencias
- CEM más cercano: [DIRECCIÓN_CEM]

Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando hayas sufrido o estés en riesgo inminente de violencia física, psicológica, sexual o económica por parte de tu cónyuge, conviviente, ex pareja, padres, hijos o cualquier integrante del grupo familiar. La solicitud activa el procedimiento especial de la Ley 30364 (violencia contra mujeres e integrantes del grupo familiar) y su reglamento D.S. 009-2016-MIMP. Es trámite gratuito, sin necesidad de abogado. El objetivo es obtener medidas de protección inmediatas en menos de 72 horas.

Dónde se presenta

Tienes tres canales: 1) Comisaría de la mujer o comisaría regular (las 24 horas); 2) Centro de Emergencia Mujer (CEM) del MIMP; 3) Juzgado de Familia o, en su ausencia, Juzgado Mixto. La denuncia policial se traslada inmediatamente al Juzgado de Familia, que tiene 72 horas para dictar las medidas de protección (Art. 16 Ley 30364). Si llamas a la línea 100, el MIMP te orienta y deriva al canal correspondiente.

Medidas de protección que puede dictar el juez

  • Retiro del agresor del domicilio (incluso siendo propietario).
  • Impedimento de acercamiento o proximidad a la víctima.
  • Prohibición de comunicación por cualquier medio (incluyendo redes sociales y mensajería).
  • Prohibición del derecho de tenencia y porte de armas.
  • Inventario de bienes (cuando hay riesgo de despojo patrimonial).
  • Tratamiento reeducativo o terapéutico para el agresor.
  • Asignación económica de emergencia para la víctima e hijos.
  • Restitución de la víctima e hijos al hogar familiar si fueron expulsados.

Documentos útiles (no obligatorios)

  • DNI tuyo.
  • Certificado médico legal o médico particular si tuviste lesiones.
  • Fotos, audios, videos, capturas de mensajes que prueben la violencia.
  • Datos del agresor: nombre, DNI, domicilio, lugar de trabajo.
  • Datos de testigos.
  • Antecedentes: si hubo denuncias previas, sus números.

Base legal citada literal

  • Ley 30364: prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra mujeres e integrantes del grupo familiar.
  • D.S. 009-2016-MIMP: reglamento de la Ley 30364.
  • Art. 16 Ley 30364: plazo de 72 horas para medidas de protección.
  • Art. 22 Ley 30364: tipos de medidas.
  • Art. 25 Ley 30364: ejecución de medidas a través de la PNP.
  • Arts. 122-A al 122-D CP: tipificación de lesiones y agresiones psicológicas en contexto familiar.

Después de obtener las medidas

El Juzgado notifica a la PNP, que ejecuta las medidas y vigila su cumplimiento. Si el agresor las incumple (se acerca, comunica, ingresa al domicilio), comete delito de desobediencia a la autoridad (Art. 368 CP). El proceso continúa con investigación fiscal por el delito subyacente (lesiones, agresión psicológica, feminicidio en grado de tentativa). Las medidas duran hasta que se dicte sentencia firme en el proceso penal. Tienes derecho a defensa pública gratuita del MIMP en todo el trámite.

Sobre este modelo de solicitud de medidas de protección - violencia familiar

Este modelo pertenece al área de Derecho de Familia. Alimentos, divorcio, tenencia, régimen de visitas, filiación y patria potestad (Código Civil, Art. 233 y ss.).

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