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Empresarial

Acuerdo de Reducción de Capital Social

Acta de junta general que acuerda la reducción del capital social de una sociedad. Aplica para SAC, SA y SRL. Arts. 215 al 220 de la Ley General de Sociedades (Ley 26887). Requiere mayoría calificada del Art. 126 LGS.

Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE [RAZON_SOCIAL]
ACUERDO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL

En la ciudad de [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [AÑO], siendo las [HORA] horas, en el domicilio social ubicado en [DOMICILIO_SOCIAL], se reunieron los señores accionistas de la empresa [RAZON_SOCIAL], con RUC N° [RUC], inscrita en la Partida Electrónica N° [PARTIDA] del Registro de Personas Jurídicas de [OFICINA_SUNARP], en Junta General Extraordinaria convocada conforme a Ley y al Estatuto Social.

I. ACCIONISTAS ASISTENTES

Asistieron los siguientes accionistas, titulares en conjunto del [PORCENTAJE_ASISTENCIA]% del capital social suscrito, número que supera el quórum calificado exigido por el Art. 126 de la Ley General de Sociedades:

1. [NOMBRE_ACCIONISTA_1], DNI N° [DNI_1], titular de [N_ACCIONES_1] acciones, equivalentes al [PORCENTAJE_1]% del capital.
2. [NOMBRE_ACCIONISTA_2], DNI N° [DNI_2], titular de [N_ACCIONES_2] acciones, equivalentes al [PORCENTAJE_2]% del capital.
[AGREGAR_ACCIONISTAS_RESTANTES]

II. PRESIDENCIA Y SECRETARÍA DE LA JUNTA

Preside la junta [NOMBRE_PRESIDENTE], en su calidad de [CARGO_PRESIDENTE]. Actúa como secretario [NOMBRE_SECRETARIO].

III. CONVOCATORIA

La presente junta ha sido convocada mediante [MEDIO_CONVOCATORIA: aviso publicado en el diario oficial El Peruano y en uno de mayor circulación / esquela cursada a los accionistas / junta universal con asistencia del 100%], con la antelación y formalidades del Art. 116 y siguientes de la LGS.

IV. AGENDA

Único: Reducción del capital social de S/ [CAPITAL_ACTUAL] a S/ [CAPITAL_NUEVO], y consecuente modificación del Estatuto Social.

V. ACUERDOS

PRIMERO.- Por unanimidad de los accionistas asistentes, equivalentes al [PORCENTAJE_ASISTENCIA]% del capital social, se ACUERDA:

a) REDUCIR el capital social de la empresa, de la suma de S/ [CAPITAL_ACTUAL] dividido en [N_ACCIONES_ACTUAL] acciones de valor nominal S/ [VALOR_NOMINAL] cada una, a la nueva suma de S/ [CAPITAL_NUEVO], dividido en [N_ACCIONES_NUEVO] acciones de valor nominal S/ [VALOR_NOMINAL_NUEVO] cada una.

b) La reducción se efectúa mediante [MODALIDAD: amortización de acciones / disminución del valor nominal / devolución de aportes / condonación de dividendos pasivos], conforme al Art. 215 de la Ley General de Sociedades.

c) El monto retirado del capital, equivalente a S/ [MONTO_REDUCCION], se [DESTINO: devolverá proporcionalmente a los accionistas en efectivo dentro del plazo de 30 días desde la inscripción del acuerdo en SUNARP / acreditará a la cuenta de resultados acumulados / destinará a reserva legal].

SEGUNDO.- Se ACUERDA modificar el Artículo [NUMERO_ARTICULO] del Estatuto Social, que quedará redactado en los siguientes términos:

"ARTÍCULO [NUMERO].- El capital social de la sociedad es de S/ [CAPITAL_NUEVO] (TOTALMENTE PAGADO), dividido en [N_ACCIONES_NUEVO] acciones de valor nominal S/ [VALOR_NOMINAL_NUEVO] cada una, suscritas y pagadas conforme se acredita en la matrícula de acciones."

TERCERO.- Se ACUERDA cumplir con la publicación del acuerdo en el diario oficial El Peruano y en uno de mayor circulación del domicilio social, conforme al Art. 217 de la LGS. La reducción de capital surtirá efecto en el plazo de TREINTA (30) DÍAS posteriores a la última publicación.

CUARTO.- Durante el plazo señalado, los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción si esta afectara su garantía, conforme al Art. 219 LGS. La sociedad podrá garantizar las acreencias mediante fianza solidaria u otra forma equivalente.

QUINTO.- Se otorga poder amplio y suficiente a [NOMBRE_APODERADO], identificado con DNI N° [DNI_APODERADO], para suscribir la escritura pública de modificación estatutaria ante notario, realizar las publicaciones, gestionar la inscripción registral en SUNARP y demás actos necesarios para formalizar el acuerdo.

VI. CIERRE

No habiendo otros asuntos que tratar, se levantó la sesión a las [HORA_CIERRE] horas, leyéndose y aprobándose el acta por unanimidad de los asistentes, quienes firman en señal de conformidad.

_____________________________     _____________________________
[NOMBRE_PRESIDENTE]                [NOMBRE_SECRETARIO]
Presidente de la Junta            Secretario
DNI N° [DNI_PRESIDENTE]           DNI N° [DNI_SECRETARIO]

[FIRMAS_DE_ACCIONISTAS_ASISTENTES]

El acuerdo de reducción de capital social es la decisión de la sociedad para disminuir su capital, sea para devolver aportes a los socios, absorber pérdidas acumuladas o reordenar su estructura financiera. Por afectar la garantía que el capital representa frente a los acreedores, la ley rodea esta operación de protecciones especiales, y su acuerdo debe inscribirse en SUNARP.

Para qué sirve y cuándo usarlo

Usa este modelo cuando la empresa tiene un capital excesivo y quiere devolver parte a los socios, o cuando arrastra pérdidas que conviene reflejar reduciendo el capital para sincerar el patrimonio. También se utiliza para reorganizaciones societarias. Distingue siempre si la reducción es real (con devolución de aportes) o nominal (para absorber pérdidas), porque las reglas y los derechos de los acreedores cambian.

Base legal vigente 2026

Se rige por la Ley General de Sociedades, Ley N.º 26887, artículos 215 al 220. El artículo 215 indica que la reducción se acuerda por junta general con los requisitos de modificación del estatuto y debe constar en escritura pública. El artículo 217 regula las formas de reducción. El artículo 218 establece el derecho de oposición de los acreedores cuando la reducción implica devolución de aportes o liberación de obligaciones pendientes, suspendiendo la ejecución hasta que la sociedad pague o garantice los créditos.

Cómo rellenarlo bien

  • Causa. Indica el motivo de la reducción (devolución de aportes, absorción de pérdidas, etc.).
  • Tipo. Precisa si es reducción real o nominal.
  • Montos. Detalla capital anterior, monto de la reducción y capital resultante.
  • Publicidad. Considera la publicación del acuerdo cuando corresponda, para activar el plazo de oposición de acreedores.
  • Aprobación. Registra el quórum y la mayoría calificada.

Errores comunes

  • Devolver aportes sin respetar el derecho de oposición de los acreedores.
  • No diferenciar la reducción real de la nominal, con efectos legales distintos.
  • Dejar el capital por debajo de lo necesario para la operación o para cumplir requisitos sectoriales.
  • Omitir la publicación cuando la ley la exige para iniciar el cómputo del plazo de oposición.

Preguntas frecuentes

¿Los acreedores pueden oponerse?

Sí, cuando la reducción implica devolución de aportes. El artículo 218 les reconoce derecho de oposición y la sociedad debe pagar o garantizar sus créditos para continuar.

¿Puedo reducir el capital a cero?

Solo en el marco de operaciones específicas y casi siempre acompañadas de un aumento simultáneo (operación acordeón). No se puede dejar la sociedad sin capital.

¿La reducción para absorber pérdidas devuelve dinero?

No. La reducción nominal solo ajusta contablemente el capital frente a las pérdidas, sin entregar recursos a los socios.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acuerdo de reducción de capital social

¿El modelo de acuerdo de reducción de capital social es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acuerdo-de-reduccion-de-capital-social/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acuerdo de reducción de capital social sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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