Contratos

Contrato de Arrendamiento Financiero (Leasíng)

Contrato de arrendamiento financiero para adquisición de bienes muebles o inmuebles. D.Leg. 299 y D.S. 559-84-EFC.

Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

Ver en Markdown
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO

Conste por el presente instrumento el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO (LEASING) que celebran:

ARRENDADORA: [NOMBRE_EMPRESA_FINANCIERA], con RUC N.° [RUC], autorizada por la SBS para operar como empresa de arrendamiento financiero, con domicilio en [DOMICILIO], debidamente representada por [NOMBRE_REP], en adelante "LA ARRENDADORA".

ARRENDATARIA: [RAZÓN_SOCIAL_ARRENDATARIA], con RUC N.° [RUC], con domicilio en [DOMICILIO], debidamente representada por [NOMBRE_REP], en adelante "LA ARRENDATARIA".

PRIMERA: BIEN OBJETO DEL CONTRATO
La Arrendadora adquirirá de [NOMBRE_PROVEEDOR] el siguiente bien:
Descripción: [DESCRIPCIÓN_DETALLADA_DEL_BIEN]
Marca / Modelo: [MARCA_MODELO]
N.° de serie / VIN: [N°_SERIE]
Valor de adquisición: S/ [VALOR] (incluye IGV)

SEGUNDA: DURACIÓN Y CUOTAS
2.1. El plazo del arrendamiento es de [N°] meses, contados desde la recepción conforme del bien.
2.2. La Arrendataria pagará [N°] cuotas [mensuales / trimestrales] de S/ [MONTO_CUOTA] cada una, según el cronograma de pagos adjunto (Anexo "A").
2.3. Las cuotas incluyen amortización de capital, intereses y el IGV correspondiente.

TERCERA: OPCIÓN DE COMPRA
Al finalizar el contrato, la Arrendataria tiene el derecho de ejercer la OPCIÓN DE COMPRA del bien pagando el valor residual de S/ [VALOR_RESIDUAL] (equivalente al [%] del valor original).

CUARTA: USO Y CONSERVACIÓN DEL BIEN
La Arrendataria se obliga a:
a) Útilizar el bien únicamente para los fines propios de su actividad empresarial.
b) Mantener el bien en buen estado de conservación y funcionamiento.
c) Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo conforme a las especificaciones del fabricante.
d) Contratar y mantener vigente un seguro contra todo riesgo sobre el bien, designando a la Arrendadora como beneficiaria preferente.
e) No arrendar, subarrendar, ceder ni transferir el bien sin autorización escrita.

QUINTA: PROPIEDAD DEL BIEN
El bien objeto del presente contrato es y permanecerá de propiedad de la Arrendadora durante toda la vigencia del contrato, por lo que la Arrendataria no podrá gravarlo ni afectarlo de forma alguna. La propiedad se transmite a la Arrendataria únicamente cuando ejerza la opción de compra.

SEXTA: TRATAMIENTO TRIBUTARIO
Conforme al D.Leg. 299:
a) Los bienes objeto del contrato se consideran activo fijo de la Arrendataria para efectos del Impuesto a la Renta.
b) La Arrendataria podrá depreciar los bienes aplicando una tasa de depreciación acelerada.
c) El IGV de las cuotas es crédito fiscal de la Arrendataria.

SÉPTIMA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La Arrendadora podrá resolver el contrato en caso de:
a) Incumplimiento en el pago de [N°] cuotas consecutivas o alternadas.
b) Uso del bien para fines distintos al pactado.
c) Deterioro del bien por negligencia.
d) Incumplimiento de la obligación de seguro.

OCTAVA: LEGISLACIÓN APLICABLE
D.Leg. N.° 299 (Ley de Arrendamiento Financiero), D.S. N.° 559-84-EFC y normas de la SBS aplicables.

Firmado en [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO].

___________________________         ___________________________
LA ARRENDADORA                      LA ARRENDATARIA
[NOMBRE_REP]                        [NOMBRE_REP]
RUC: [RUC]                          RUC: [RUC]

Sobre este modelo de contrato de arrendamiento financiero (leasíng)

Este modelo pertenece al área de Contratos. Contratos civiles y comerciales: arrendamiento, compraventa, locación de servicios, mutuo, comodato, depósito.

Descárgalo gratis en formato Word (.docx), personalízalo con tus datos y úsalo como base para tu caso. Todos los modelos de Modelo.pe son gratuitos, sin registro ni límite de descargas.

Modelos relacionados

Calculadoras legales útiles

Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.

Ir a calculadoras