¿Cuánto demora un desalojo en Perú y cómo acelerarlo con la Ley 30933?
Publicado el 2026-07-09 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Desalojo judicial ordinario | 8 meses a 2 años (en la práctica) |
| Desalojo notarial (Ley 30933) | 1 a 3 meses |
| Norma clave | Ley 30933 y Art. 594 del CPC (Ley 30201) |
| Requisito indispensable | Cláusula de allanamiento futuro en el contrato |
| Causales que cubre | Vencimiento del plazo o falta de pago de 2 meses |
| Plazo del Juez de Paz Letrado | 3 días hábiles para ordenar el lanzamiento |
| Costo notarial aproximado | S/ 300 a S/ 800 |
| Costo con abogado (vía judicial) | S/ 1,500 a S/ 4,000 |
¿Cuánto demora realmente un desalojo en Perú?
Si tu contrato no tiene cláusula de allanamiento futuro, un desalojo judicial ordinario demora entre 8 meses y 2 años. Si sí la tiene, con la Ley 30933 (desalojo notarial) o el Art. 594 del Código Procesal Civil reduces ese tiempo a 1-3 meses. La diferencia no la decide el juez: la decidiste tú el día que firmaste el contrato.
El desalojo se tramita como proceso sumarísimo (Art. 546 del CPC). En teoría es rápido, pero en la práctica la carga de los juzgados de paz letrados de Lima, las notificaciones fallidas y las apelaciones estiran el proceso. Por eso el legislador creó dos vías express que se apoyan en un mismo requisito: que el inquilino haya aceptado, por adelantado, salir del inmueble cuando incurra en causal.
Las tres vías de desalojo y sus plazos
| Vía | Base legal | Requisito | Plazo real |
|---|---|---|---|
| Judicial ordinaria | Art. 585-596 CPC | Ninguno especial | 8 meses a 2 años |
| Judicial express | Art. 594 CPC (Ley 30201) | Cláusula de allanamiento futuro | 2 a 5 meses |
| Notarial | Ley 30933 | Allanamiento futuro + firmas legalizadas | 1 a 3 meses |
La vía notarial es la más rápida porque saca el conflicto del Poder Judicial: el notario constata la causal y recién al final el juez de paz letrado solo ordena el lanzamiento. Puedes complementar tu estrategia revisando qué es el allanamiento futuro en un alquiler antes de firmar.
Cómo funciona el desalojo notarial (Ley 30933) paso a paso
La Ley 30933 aplica solo a dos causales: vencimiento del plazo del contrato o falta de pago de la renta (dos meses y quince días, según el Art. 1697 inciso 1 del Código Civil). El contrato debe tener cláusula de allanamiento futuro, cláusula de sometimiento a la Ley 30933 y firmas legalizadas ante notario. El trámite es:
- Presentas la solicitud ante notario con el contrato y la constancia de la causal.
- El notario notifica al arrendatario por conducto notarial.
- El inquilino tiene 5 días hábiles para acreditar con documentos el pago o la vigencia del contrato.
- Si no acredita nada, el notario extiende el acta no contenciosa declarando procedente el desalojo.
- Con esa acta acudes al Juez de Paz Letrado, que en 3 días hábiles ordena el lanzamiento.
- El lanzamiento se ejecuta con auxilio de la PNP en un plazo breve.
Para arrancar necesitas el modelo correcto: la solicitud de lanzamiento (desalojo forzoso) y, si el problema es falta de pago, la carta de resolución de contrato por falta de pago.
Cómo blindar tu contrato para acelerar el desalojo
El 90% de los caseros que sufren un desalojo eterno firmó un contrato de una plantilla genérica bajada de internet, sin cláusula de allanamiento. Para tener derecho a la vía express tu contrato debe incluir:
- Cláusula de allanamiento futuro (el inquilino acepta desde ya desocupar al terminar o al incumplir).
- Cláusula de sometimiento expreso a la Ley 30933.
- Plazo y renta claros, con el detalle de servicios a cargo del inquilino.
- Firmas legalizadas notarialmente de ambas partes.
Usa un contrato de arrendamiento con allanamiento futuro (desalojo express) ya redactado. Firmar bien hoy te ahorra un año de juicio mañana.
Errores comunes que retrasan el desalojo
- Cortar la luz o el agua para presionar: es delito de coacción y te expone a una denuncia del propio inquilino.
- Cambiar la chapa o sacar las cosas sin orden judicial: constituye usurpación y hace justicia por mano propia.
- No requerir por conducto notarial: sin la carta previa el juez o el notario rechazan la solicitud.
- Contrato sin fecha cierta ni firmas legalizadas: te obliga a la vía ordinaria lenta.
- Esperar demasiado: mientras más meses de renta acumules, más difícil es cobrar.
Si ya estás en falta de pago, presenta cuanto antes la demanda de desalojo por falta de pago y revisa la guía sobre cómo desalojar a un inquilino que no paga.
¿Cuánto cuesta un desalojo?
Los costos dependen de la vía. Referencias 2026 en Lima:
| Concepto | Costo aproximado |
|---|---|
| Legalización de firmas del contrato | S/ 40 a S/ 120 |
| Trámite notarial Ley 30933 | S/ 300 a S/ 800 |
| Honorarios de abogado (vía judicial) | S/ 1,500 a S/ 4,000 |
| Tasas judiciales y cédulas | S/ 100 a S/ 400 |
Aunque el trámite notarial tiene un costo, casi siempre sale más barato que sostener un juicio de dos años sin cobrar renta. La inversión real está en el contrato bien hecho.
Qué pasa con el inquilino y sus cosas tras el lanzamiento
El lanzamiento es el acto por el cual, con orden judicial y apoyo de la Policía Nacional, se recupera físicamente el inmueble. Ese día un funcionario levanta un acta con el detalle de lo que hay dentro, y las pertenencias del inquilino deben entregarse a él o a un tercero designado. Nunca puedes botar sus cosas a la calle ni retenerlas como pago: retener bienes ajenos abre otro frente de conflicto y responsabilidad para ti.
Si el inquilino se resiste o vuelve a ingresar, se comete usurpación y la Policía puede intervenir. Por eso conviene que el acta de lanzamiento esté bien detallada y que cambies las cerraduras recién cuando el inmueble esté oficialmente entregado. Recuperar el bien es solo la mitad de la historia: las rentas y los servicios impagos se cobran en un proceso separado, y si el contrato tenía garantía, esta se imputa a esa deuda antes de reclamar el saldo. Con la solicitud de lanzamiento lista y la estrategia clara sobre cómo desalojar a un inquilino que no paga, evitas los errores que reinician el conflicto desde cero. La lección de fondo se repite en cada caso: la velocidad del desalojo se define en el contrato, no en el juzgado, así que invertir en un buen contrato desde el inicio es la mejor póliza contra un inquilino problemático.
Preguntas frecuentes
¿Puedo desalojar sin cláusula de allanamiento futuro?
Sí, pero solo por la vía judicial ordinaria, que demora entre 8 meses y 2 años. Sin esa cláusula no puedes usar ni la Ley 30933 ni el desalojo express del Art. 594 del CPC.
¿La Ley 30933 sirve si el inquilino solo debe un mes?
No. La causal de falta de pago exige que adeude dos meses y quince días de renta (Art. 1697 inciso 1 del Código Civil). Con un mes de atraso todavía no procede el desalojo notarial.
¿El inquilino puede frenar el desalojo notarial?
Solo si dentro de los 5 días hábiles acredita con documentos que pagó o que el contrato sigue vigente. Si no lo hace, el notario continúa y el juez ordena el lanzamiento.
¿Necesito abogado para el desalojo notarial?
No es obligatorio para iniciar el trámite ante notario, pero conviene que un abogado revise que el contrato cumpla todos los requisitos de la Ley 30933 para no perder tiempo.
¿Puedo cobrar las rentas atrasadas en el mismo proceso?
El desalojo notarial solo recupera el inmueble. Para cobrar las rentas y los servicios impagos debes iniciar aparte una demanda de obligación de dar suma de dinero.
Modelos relacionados (descarga gratis)
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Demanda ante Juez de Paz Letrado o Civil. Art. 585-596 CPC. Requiere carta notarial previa y acta de conciliación.
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