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Inmobiliario

Solicitud de Lanzamiento (Desalojo Forzoso)

Escrito post-sentencia para ejecutar desalojo con auxilio de la PNP. Art. 592-593 CPC.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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        SOLICITUD DE LANZAMIENTO (DESALOJO FORZOSO)
               (Art. 592-593 del CPC)
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EXPEDIENTE      : [NÚMERO_EXPEDIENTE]
ESPECIALISTA    : [NOMBRE_ESPECIALISTA]
CUADERNO        : Principal
ESCRITO         : [NÚMERO_ESCRITO]

AL [JUZGADO] DE [DISTRITO]

[NOMBRE_DEMANDANTE], en el proceso de DESALOJO seguido contra
[NOMBRE_DEMANDADO]; a Ud. digo:

I. PETITORIO
Que, habiendo quedado CONSENTIDA/EJECUTORIADA la sentencia de
fecha [FECHA_SENTENCIA] que declaro FUNDADA la demanda de
desalojo, y habiendo vencido el plazo de [6] días otorgado
al demandado para la desocupación voluntaria del inmueble sin
que este haya cumplido, solicito a Su Despacho se sirva ordenar
el LANZAMIENTO del demandado, con el auxilio de la fuerza
pública (PNP), conforme al Art. 592 del CPC.

II. FUNDAMENTOS

2.1. Mediante sentencia de fecha [FECHA_SENTENCIA], confirmada
por [SALA/JUZGADO] mediante Resolución No. [NÚMERO] de fecha
[FECHA_CONFIRMA] [si aplica], se ordeno la restitución del
inmueble ubicado en [DIRECCIÓN_INMUEBLE].

2.2. La resolución quedo consentida/ejecutoriada el [FECHA].

2.3. El demandado fue debidamente notificado con el mandato
de desocupación, concediendosele el plazo de ley, sin que
haya procedido a la devolución voluntaria del inmueble.

2.4. El Art. 592 del CPC establece: "Consentida o ejecutoriada
la sentencia que declara fundada la demanda, el lanzamiento
se ejecutará contra todos los que ocupen el predio, aunque
no hayan participado en el proceso o no aparezcan en el acta
de notificación."

III. BASE LEGAL
- Art. 592 CPC: Lanzamiento
- Art. 593 CPC: Sentencia con condena de futuro
- Art. 713 CPC: Ejecución de resoluciones judiciales

IV. SOLICITO ESPECIFICAMENTE:
a) Se ordene el lanzamiento del demandado y de toda persona
   que ocupe el inmueble
b) Se oficie a la Comisaria PNP de [COMISARIA] para que
   preste auxilio de la fuerza pública en la diligencia
c) Se programe fecha y hora para la diligencia de lanzamiento
d) Se nombre Custodio Judicial o Depositario del inmueble
e) Se haga inventario de los bienes muebles del demandado
   que se encuentren en el inmueble

POR TANTO:
Solicito a Ud. proveer conforme a lo solicitado.

Lima, [FECHA]

_________________________
[NOMBRE_DEMANDANTE]
DNI: [DNI]

_________________________
[NOMBRE_ABOGADO]
Abogado - CAL No. [NÚMERO_CAL]
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Qué es y cuándo la usas

Usa esta solicitud cuando ya ganaste un proceso de desalojo, la sentencia quedó firme y el ocupante igual no entrega el inmueble. El lanzamiento es la ejecución forzada de la orden de desalojo: el juez dispone la entrega del bien y, de ser necesario, el descerraje con auxilio de la fuerza pública. No es una demanda nueva, sino el acto que materializa lo ya resuelto. Sin lanzamiento, una sentencia de desalojo a tu favor queda en el papel.

Requisitos

  • Sentencia firme o resolución que ordena la restitución del inmueble.
  • Que haya vencido el plazo concedido al ocupante para desocupar.
  • Solicitud al juez de ejecución pidiendo fijar fecha de lanzamiento.
  • Identificación precisa del inmueble a restituir.

Paso a paso

  • Con la sentencia firme, presentas el escrito solicitando el lanzamiento.
  • El juez fija día y hora para la diligencia.
  • Se notifica al ocupante la fecha del lanzamiento.
  • El día señalado, el juez o el funcionario comisionado ejecuta la entrega con apoyo policial.
  • Se levanta un acta de lanzamiento y se te entrega la posesión del inmueble.

Plazos y costos

La fijación de fecha depende de la carga del juzgado y suele tomar de algunas semanas a pocos meses. Los costos en esta etapa son menores que en el juicio, pero pueden incluir tasas y, eventualmente, el apoyo de cerrajería. El lanzamiento alcanza a todos los ocupantes del bien, no solo al demandado, por lo que también se desaloja a quienes derivan su posesión del vencido.

Errores frecuentes

  • Pedir el lanzamiento antes de que la sentencia quede firme.
  • No solicitar expresamente la fecha de diligencia. El juez no la fija de oficio sin pedido.
  • No prever la presencia policial, que evita resistencia del ocupante.
  • Confundir el lanzamiento con un nuevo desalojo. Es la ejecución del ya ganado.

Base legal

  • Código Procesal Civil: ejecución de la sentencia de desalojo y lanzamiento.
  • Art. 593 del Código Procesal Civil: lanzamiento ordenado en la ejecución.

Preguntas frecuentes

¿Necesito demandar otra vez? No. El lanzamiento es la fase de ejecución del mismo proceso de desalojo que ya ganaste.

¿Alcanza a los familiares del inquilino? Sí. El lanzamiento comprende a todos los ocupantes cuya posesión deriva del demandado vencido.

Si aún no demandaste, empieza con la demanda de desalojo por vencimiento de contrato o la demanda por ocupación precaria.

Cómo presentar solicitud de lanzamiento (desalojo forzoso): paso a paso

  1. Verifica la situación registral del inmueble. Solicita la Partida Electrónica del inmueble en SUNARP (búsqueda por dirección o código de partida) para confirmar titularidad, cargas, hipotecas y gravámenes vigentes.
  2. Reúne los títulos y contratos. Junta el contrato de arrendamiento, compraventa o título de propiedad, comprobantes de pago de renta o precio, notificaciones previas y cualquier comunicación escrita entre las partes.
  3. Identifica el juzgado competente. Jurisprudencia reiterada de la Corte Suprema: la reivindicación requiere: (i) probar el derecho de propiedad, (ii) individualización del bien, (iii) posesión del demandado sin derecho. El desalojo notarial (Ley 30933) tramita ante notario si el contrato tiene cláusula de allanamiento.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del inmueble (dirección, partida registral), de las partes, del incumplimiento o precariedad y de la pretensión que solicitas.
  5. Presenta con anexos. Adjunta copia de la partida electrónica de SUNARP, del contrato o título, de las notificaciones previas y del DNI. Presenta en la mesa de partes del juzgado o ante notario según la vía elegida.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de lanzamiento (desalojo forzoso)

¿El modelo de solicitud de lanzamiento (desalojo forzoso) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-lanzamiento-desalojo-forzoso/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de lanzamiento (desalojo forzoso) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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