Inmobiliario

Poder Notarial General

Poder general para representar a una persona en actos de administración. Art. 155 del Código Civil. Se eleva a escritura pública.

Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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PODER NOTARIAL GENERAL

SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE [CIUDAD]:

Sírvase Ud. extender en su Registro de Escrituras Públicas una de PODER GENERAL que otorga:

EL PODERDANTE:
  Nombre         : [NOMBRE_PODERDANTE]
  DNI N.°        : [DNI_PODERDANTE]
  Estado civil   : [ESTADO_CIVIL]
  Domicilio      : [DOMICILIO_PODERDANTE]
  Ocupación      : [OCUPACIÓN]

A FAVOR DE (EL APODERADO):
  Nombre         : [NOMBRE_APODERADO]
  DNI N.°        : [DNI_APODERADO]
  Estado civil   : [ESTADO_CIVIL_APODERADO]
  Domicilio      : [DOMICILIO_APODERADO]
  Parentesco/Vínculo: [PARENTESCO_O_RELACIÓN]

En los siguientes términos:

OBJETO DEL PODER

Por la presente escritura pública, EL PODERDANTE otorga PODER GENERAL amplio y suficiente a EL APODERADO para que en su nombre y representación pueda realizar los siguientes actos:

1. ACTOS DE ADMINISTRACIÓN ORDINARIA:
   a) Cobrar y percibir toda clase de cantidades, créditos, rentas, alquileres, honorarios y cualquier suma de dinero que le corresponda al poderdante.
   b) Pagar deudas, impuestos, tasas, arbitrios y cualquier obligación dineraria.
   c) Celebrar, renovar, prórrogar y resolver contratos de arrendamiento de inmuebles del poderdante.
   d) Administrar los bienes del poderdante con las facultades propias del buen padre de familia.

2. ACTOS BANCARIOS Y FINANCIEROS:
   a) Abrir, operar y cerrar cuentas bancarias, cuentas de ahorro y depósitos a plazo.
   b) Girar, endosar, cobrar y depositar cheques.
   c) Realizar transferencias bancarias e interacciones con entidades del sistema financiero.
   d) Contratar y resolver servicios bancarios.

3. REPRESENTACIÓN ANTE ENTIDADES PÚBLICAS:
   a) Representar al poderdante ante cualquier entidad del Estado: Ministerios, Municipalidades, SUNAT, SUNARP, MIGRACIONES, Registros Civiles, Poder Judicial y demás organismos públicos.
   b) Presentar escritos, solicitudes, recursos y documentos.
   c) Retirar documentos, certificados y resoluciones.
   d) Firmar declaraciones juradas de carácter no patrimonial.

4. FACULTADES ESPECIALES (marcar las que aplican):
   [  ] Comprar y vender bienes inmuebles.
   [  ] Gravar, hipotecar o constituir garantías sobre bienes.
   [  ] Celebrar contratos de mutuo (préstamos).
   [  ] Representar en procesos judiciales (requiere poder especial adicional).
   [  ] Donar bienes del poderdante.

VIGENCIA
El presente poder tendrá vigencia [INDEFINIDA / hasta el [FECHA_VENCIMIENTO]], pudiendo ser revocado en cualquier momento mediante comunicación escrita al apoderado y publicación en el diario oficial El Peruano.

SUSTITUIBILIDAD
EL APODERADO [SÍ / NO] podrá delegar o sustituir el presente poder a terceros.

En señal de conformidad, EL PODERDANTE suscribe la presente minuta en [CIUDAD], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO].

_________________________
     EL PODERDANTE
 [NOMBRE_PODERDANTE]
 DNI: [DNI_PODERDANTE]

_________________________
      ABOGADO
 [NOMBRE_ABOGADO]
 CAL N.°: [NÚMERO_CAL]

----------------------------------------------------------------------
Base legal: Arts. 155°, 156° y 167° del Código Civil Peruano.
Nota: Para enajenación de inmuebles o actos de disposición se requiere poder especial (Art. 156° CC).

Sobre este modelo de poder notarial general

Este modelo pertenece al área de Inmobiliario y Registral. Desalojo, reivindicación, saneamiento, inscripciones SUNARP y títulos de propiedad.

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