Demanda Laboral por Gratificaciones No Pagadas
Demanda contra el empleador por gratificaciones legales de julio o diciembre no pagadas, incluida la bonificación extraordinaria del 9% (Ley 30334). Régimen privado.
Actualizado al 22 de abril de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
EXPEDIENTE : NUEVO ESCRITO : 01 SUMILLA : DEMANDA DE PAGO DE GRATIFICACIONES LEGALES NO PAGADAS SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO DE TRABAJO (O DE PAZ LETRADO LABORAL) DE [DISTRITO]: [NOMBRE_DEMANDANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], debidamente representado(a) por mi abogado(a) [NOMBRE_ABOGADO] con CAL N° [CAL], a usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Interpongo DEMANDA contra [RAZON_SOCIAL_EMPLEADOR], con RUC N° [RUC_EMPLEADOR], representado(a) por [REPRESENTANTE_LEGAL], con domicilio en [DOMICILIO_EMPLEADOR], a fin de que se declare FUNDADA la siguiente PRETENSIÓN: el pago de S/ [MONTO_TOTAL] por concepto de: a) GRATIFICACIONES LEGALES no pagadas correspondientes a [PERÍODOS]: S/ [MONTO_GRATIF]. b) BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA del 9% (Ley 30334): S/ [MONTO_BONIF]. c) INTERESES LEGALES MORATORIOS desde cada vencimiento. d) COSTAS Y COSTOS del proceso. II. FUNDAMENTOS DE HECHO PRIMERO.- RELACIÓN LABORAL. Vengo prestando servicios para la demandada desde el [FECHA_INICIO] hasta [FECHA_CESE_O_VIGENTE], conforme contrato de trabajo y boletas que adjunto. SEGUNDO.- REMUNERACIÓN COMPUTABLE. Mi remuneración mensual a la fecha de devengamiento de cada gratificación reclamada era de S/ [SUELDO], más asignación familiar por S/ [MONTO_AF] [SI_APLICA] y promedio de remuneraciones variables de S/ [PROMEDIO_VAR], totalizando S/ [REMUNERACION_COMPUTABLE]. TERCERO.- GRATIFICACIONES NO PAGADAS. Conforme a la Ley 27735, tenía derecho a recibir gratificación equivalente a una remuneración mensual cada 15 de julio (semestre enero-junio) y 15 de diciembre (semestre julio-diciembre). La demandada NO pagó las siguientes gratificaciones: - Julio [AÑO]: S/ [MONTO_J1] - Diciembre [AÑO]: S/ [MONTO_D1] - [SUMAR_PERIODOS_ADICIONALES] CUARTO.- BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA 9%. La Ley 30334 estableció la exoneración permanente de las gratificaciones del aporte a EsSalud (9%), debiendo el empleador entregar al trabajador dicha suma como bonificación extraordinaria. Por dicho concepto se me adeuda S/ [MONTO_BONIF]. QUINTO.- TOTAL ADEUDADO. Sumadas todas las gratificaciones impagas y la bonificación extraordinaria, el monto total reclamado asciende a S/ [MONTO_TOTAL], más intereses legales calculados desde cada vencimiento. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Ley N° 27735 - Gratificaciones de los trabajadores del régimen privado. - D.S. N° 005-2002-TR - Reglamento de la Ley N° 27735. - Ley N° 30334 - Inafectación permanente y bonificación extraordinaria del 9%. - Art. 24 Constitución - Derecho a remuneración suficiente y oportuna. - Ley N° 27321 - Prescripción de derechos laborales (4 años). - Ley N° 29497 - Nueva Ley Procesal del Trabajo. IV. MEDIOS PROBATORIOS 1. Boletas de pago de los semestres reclamados. 2. Contrato de trabajo o constancia de inicio. 3. Cuadro de liquidación detallado. 4. Pericia contable de oficio. 5. Declaración de parte del representante legal de la demandada. V. ANEXOS 1-A. DNI del demandante. 1-B. Contrato de trabajo. 1-C. Boletas de pago. 1-D. Cuadro de liquidación con cálculo detallado. 1-E. Tasa judicial correspondiente. POR TANTO: A usted Señor Juez pido ADMITIR la demanda, correr traslado a la demandada y, en su oportunidad, declarar FUNDADA la demanda ordenando el pago de los conceptos reclamados con sus intereses, costas y costos. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________ _______________________ [NOMBRE_DEMANDANTE] [NOMBRE_ABOGADO] DNI N° [DNI_DEMANDANTE] CAL N° [CAL]
Cuándo usar este modelo
Usa esta demanda cuando tu empleador no pagó las gratificaciones legales de julio o diciembre dentro de los plazos previstos por la Ley 27735. Las gratificaciones son derecho intangible de todo trabajador del régimen privado y equivalen a una remuneración mensual cada una (julio por el semestre enero-junio, diciembre por el semestre julio-diciembre). El empleador debe pagarlas en los primeros 15 días del mes correspondiente. Aplica también para gratificaciones truncas no pagadas al cese del vínculo.
Bonificación extraordinaria 9% (Ley 30334)
Desde 2015 las gratificaciones están exoneradas de aportes a EsSalud (9%) y AFP/ONP (Ley 30334). El empleador debe entregar adicionalmente al trabajador el 9% que hubiera correspondido a EsSalud como "bonificación extraordinaria". Si tu empleador no incluyó este 9%, también puedes reclamarlo en la misma demanda. Para trabajadores afiliados a AFP, suma adicional el porcentaje correspondiente.
Cómo se calculan
La gratificación legal equivale a una remuneración mensual completa. Remuneración computable: sueldo básico + asignación familiar + promedio de remuneraciones variables (horas extras regulares, comisiones, bonificaciones) de los últimos 6 meses. Si trabajaste menos del semestre completo, recibes proporcional por mes trabajado: gratificación = (remuneración / 6) × meses completos. Las fracciones de mes se calculan por treintavos. La bonificación extraordinaria del 9% se suma al final.
Plazo de prescripción: 4 años
Tienes 4 años desde el cese del vínculo para reclamar gratificaciones no pagadas (Ley 27321). Si sigues vigente en la relación laboral, el plazo no corre. Cada gratificación no pagada genera intereses moratorios desde el vencimiento (TIM SUNAT). Puedes acumular reclamos de varios semestres en una sola demanda.
Documentos a anexar
- DNI del demandante.
- Contrato de trabajo o constancia de inicio de la relación.
- Boletas de pago del semestre reclamado (acreditan remuneración computable).
- Boletas de los meses de pago (julio y diciembre) que demuestren no pago de gratificación o pago incompleto.
- Liquidación de beneficios sociales si hay cese.
- Cálculo detallado de la gratificación reclamada como anexo de planilla.
- Constancia SUNAFIL si denunciaste previamente.
Vía procesal
Es competente el Juzgado Laboral del lugar de la última prestación o domicilio del empleador, a elección del trabajador. Hasta 70 URP va al Juzgado de Paz Letrado Laboral. Por encima va al Especializado de Trabajo. La vía es el proceso ordinario laboral o abreviado según cuantía. La NLPT (Ley 29497) prevé dos audiencias: conciliación y juzgamiento. Si pretendes pago de gratificaciones por menos de 50 URP, puedes ir incluso por la conciliación previa ante centro de conciliación, no obligatoria.
Base legal citada literal
- Ley 27735: regula las gratificaciones de julio y diciembre del régimen privado.
- D.S. 005-2002-TR: reglamento de la Ley 27735.
- Ley 30334: exoneración permanente de aportes a EsSalud y AFP/ONP, bonificación extraordinaria del 9%.
- Art. 24 Constitución: remuneración suficiente y oportuna.
- Ley 27321: prescripción de 4 años.
Pretensiones acumulables
Junto a las gratificaciones impagas puedes pedir: bonificación extraordinaria del 9% (Ley 30334), CTS no pagada, vacaciones truncas, horas extras, indemnización por despido si lo hubo, intereses legales moratorios y costas del proceso. Calcula tus beneficios pendientes con la calculadora de liquidación laboral de Modelo.pe antes de demandar.
Sobre este modelo de demanda laboral por gratificaciones no pagadas
Este modelo pertenece al área de Derecho Laboral. Demandas laborales, liquidaciones, despido arbitrario y nulo, CTS, beneficios sociales (NLPT Ley 29497, D.S. 003-97-TR).
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