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Comunidades Campesinas y Nativas

Acta electoral de elección de la Directiva Comunal de comunidad campesina, suscrita por el Comité Electoral

Acta electoral que levanta el Comité Electoral de una comunidad campesina después de la elección por listas completas, con cronograma, padrón de electores, escrutinio, credenciales y transcripción al Libro de Actas para inscribir la Directiva en SUNARP.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SUMILLA: ACTA ELECTORAL DE ELECCIÓN DE LA DIRECTIVA COMUNAL, PERIODO [FECHA_INICIO_PERIODO] AL [FECHA_FIN_PERIODO]

SEÑORES INTEGRANTES DE LA ASAMBLEA GENERAL Y DE LA DIRECTIVA COMUNAL DE LA COMUNIDAD CAMPESINA [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD]
Partida Registral N.° [NUMERO_DE_PARTIDA_REGISTRAL] del Libro de Comunidades Campesinas y Nativas, Zona Registral N.° [NUMERO_ZONA_REGISTRAL], Sede [SEDE_REGISTRAL].
(Documento levantado para su transcripción al Libro de Actas de la Asamblea General, conforme al artículo 90 del Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas.)

DATOS DE QUIENES SUSCRIBEN

Los suscritos conformamos el COMITÉ ELECTORAL de la Comunidad Campesina [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD], elegido en Asamblea General Extraordinaria celebrada el [FECHA_ELECCION_COMITE_ELECTORAL], con domicilio en el local comunal de [LUGAR_DEL_LOCAL_COMUNAL], sector [NOMBRE_DEL_SECTOR], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO]:

1. Presidente del Comité Electoral: [NOMBRE_COMPLETO_PRESIDENTE_COMITE], identificado con DNI N.° [DNI_PRESIDENTE_COMITE], comunero calificado hábil inscrito en el padrón comunal.
2. Secretario del Comité Electoral: [NOMBRE_COMPLETO_SECRETARIO_COMITE], identificado con DNI N.° [DNI_SECRETARIO_COMITE], comunero calificado hábil inscrito en el padrón comunal.
3. Vocal del Comité Electoral: [NOMBRE_COMPLETO_VOCAL_COMITE], identificado con DNI N.° [DNI_VOCAL_COMITE], comunero calificado hábil inscrito en el padrón comunal.

I. PETITORIO

En nuestra condición de órgano encargado de dirigir, organizar y supervisar el proceso electoral de la comunidad, dejamos constancia del resultado de las elecciones y solicitamos a la Asamblea General y a la Directiva Comunal lo siguiente:

1. Que la presente acta electoral se transcriba de manera íntegra al Libro de Actas de la Asamblea General, con indicación del folio y de la fecha de la transcripción.
2. Que se tenga por proclamada e instalada la Directiva Comunal electa, por el periodo de dos años comprendido entre el [FECHA_INICIO_PERIODO] y el [FECHA_FIN_PERIODO].
3. Que se tengan por otorgadas las credenciales que este Comité Electoral entrega a cada uno de los directivos electos, con indicación de su cargo.
4. Que se autorice a [NOMBRE_DE_LA_PERSONA_AUTORIZADA_PARA_TRAMITES], con DNI N.° [DNI_PERSONA_AUTORIZADA], para solicitar la inscripción del acto ante el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP, con facultad de subsanar observaciones, presentar documentos y recoger los títulos.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. La Asamblea General Extraordinaria celebrada el [FECHA_ELECCION_COMITE_ELECTORAL], dentro del plazo que vence el 15 de octubre, eligió a los tres integrantes de este Comité Electoral, quienes asumimos el cargo en el mismo acto y juramentamos ante la asamblea.

2. El padrón comunal vigente, actualizado y aprobado en la asamblea de fecha [FECHA_APROBACION_PADRON], registra [NUMERO_TOTAL_DE_COMUNEROS_CALIFICADOS] comuneros calificados hábiles, universo que sirvió de base para elaborar la lista de electores.

3. Este Comité aprobó el cronograma electoral mediante [DOCUMENTO_QUE_APRUEBA_EL_CRONOGRAMA] de fecha [FECHA_DEL_CRONOGRAMA] y lo difundió mediante [MEDIOS_DE_DIFUSION_UTILIZADOS], además de la citación domiciliaria a los comuneros de los sectores y anexos de la comunidad.

4. Dentro del plazo de inscripción se presentaron las siguientes listas completas de candidatos, cada una con todos los cargos de la Directiva Comunal: [DETALLE_DE_LAS_LISTAS_INSCRITAS]. Las tachas y observaciones formuladas fueron resueltas según el detalle de [DETALLE_DE_TACHAS_RESUELTAS_O_INDICAR_NINGUNA].

5. El acto electoral se realizó el [DIA] de [MES] de [AÑO], fecha comprendida dentro del periodo que corre del 15 de noviembre al 15 de diciembre. La mesa de sufragio se instaló a las [HORA_DE_INSTALACION] horas en [LUGAR_DE_LA_VOTACION] y se cerró a las [HORA_DE_CIERRE_DE_MESA] horas, con la presencia de los personeros [NOMBRES_DE_LOS_PERSONEROS].

6. Emitieron su voto [NUMERO_DE_VOTANTES] comuneros calificados hábiles, previa identificación con su documento y firma o impresión dactilar en la lista de electores, que se anexa y forma parte integrante de esta acta.

7. Realizado el escrutinio en acto público, el resultado fue el siguiente: [DETALLE_DE_VOTOS_POR_LISTA], además de [NUMERO_DE_VOTOS_EN_BLANCO] votos en blanco y [NUMERO_DE_VOTOS_NULOS] votos nulos.

8. En consecuencia, este Comité Electoral PROCLAMA ganadora a la lista N.° [NUMERO_DE_LISTA_GANADORA], denominada [NOMBRE_DE_LA_LISTA_GANADORA], quedando la Directiva Comunal integrada de la siguiente manera:
   a) Presidente: [NOMBRE_COMPLETO_PRESIDENTE], identificado con DNI N.° [DNI_PRESIDENTE], comunero calificado hábil del padrón.
   b) Vicepresidente: [NOMBRE_COMPLETO_VICEPRESIDENTE], identificado con DNI N.° [DNI_VICEPRESIDENTE], comunero calificado hábil del padrón.
   c) Secretario: [NOMBRE_COMPLETO_SECRETARIO], identificado con DNI N.° [DNI_SECRETARIO], comunero calificado hábil del padrón.
   d) Tesorero: [NOMBRE_COMPLETO_TESORERO], identificado con DNI N.° [DNI_TESORERO], comunero calificado hábil del padrón.
   e) Fiscal: [NOMBRE_COMPLETO_FISCAL], identificado con DNI N.° [DNI_FISCAL], comunero calificado hábil del padrón.
   f) Vocal: [NOMBRE_COMPLETO_VOCAL], identificado con DNI N.° [DNI_VOCAL], comunero calificado hábil del padrón.

9. Dentro del plazo previsto en el cronograma se presentaron [NUMERO_DE_IMPUGNACIONES] impugnaciones, resueltas según el detalle de [DETALLE_DE_LAS_IMPUGNACIONES_O_INDICAR_NINGUNA], de modo que el resultado quedó consentido.

10. Este Comité Electoral otorgó a cada directivo electo su credencial, con indicación del cargo y del periodo de dos años para el que resultó elegido.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El artículo 89 de la Constitución Política del Perú reconoce a las comunidades campesinas existencia legal, personería jurídica y autonomía en su organización y en el trabajo comunal.

2. El artículo 20 de la Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, fija en dos años el mandato de la Directiva Comunal.

3. El Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N.° 008-91-TR, encarga en su artículo 79 la dirección, la organización y la supervisión del proceso electoral a un Comité Electoral de tres miembros elegido en asamblea general extraordinaria a más tardar el 15 de octubre; su artículo 80 fija las elecciones cada dos años entre el 15 de noviembre y el 15 de diciembre; su artículo 84 reserva el voto a los comuneros calificados hábiles; su artículo 86 establece la elección por listas completas; su artículo 87 encarga al Comité Electoral el otorgamiento de las credenciales; y su artículo 90 dispone que el resultado conste en acta electoral, que luego se transcribe al Libro de Actas de la Asamblea General.

4. Los artículos 81 y 83 del mismo Reglamento regulan las causales de nulidad de las elecciones comunales, cuyo cumplimiento este Comité ha verificado en cada etapa del proceso.

5. Los artículos 138 y 139 del Código Civil (Decreto Legislativo N.° 295) regulan a la Asamblea General como órgano supremo de la comunidad y el padrón general de comuneros actualizado y depurado.

6. La Directiva N.° 10-2013-SUNARP/SN, aprobada por Resolución N.° 343-2013-SUNARP/SN, regula la calificación registral de los actos inscribibles de las comunidades campesinas. El Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas, aprobado por Resolución N.° 038-2013-SUNARP/SN, se aplica de manera supletoria y en lo que resulte compatible.

IV. ANEXOS

A. Copia certificada del acta de la asamblea general extraordinaria que eligió al Comité Electoral, con fecha anterior al 15 de octubre.
B. Cronograma electoral aprobado por el Comité Electoral y constancias de su difusión en los sectores de la comunidad.
C. Padrón de comuneros calificados hábiles usado como lista de electores, con la firma o la impresión dactilar de cada votante.
D. Actas de inscripción de listas, resolución de tachas y designación de personeros de cada lista participante.
E. Acta de instalación de la mesa de sufragio y acta de escrutinio con el conteo de votos por cada lista.
F. Copia de las credenciales otorgadas por el Comité Electoral a cada uno de los directivos proclamados.
G. Copia simple del Documento Nacional de Identidad de cada integrante de la Directiva Comunal electa.

V. CONSTANCIA DE TRANSCRIPCIÓN AL LIBRO DE ACTAS

La presente acta electoral fue transcrita de manera íntegra al Libro de Actas de la Asamblea General de la comunidad, legalizado por [NOTARIO_O_JUEZ_DE_PAZ_QUE_LEGALIZO] con fecha [FECHA_DE_LEGALIZACION_DEL_LIBRO], en los folios [NUMERO_DE_FOLIOS], durante la asamblea de fecha [FECHA_DE_LA_ASAMBLEA_DE_TRANSCRIPCION], en la que los comuneros asistentes tomaron conocimiento del resultado electoral.

LUGAR Y FECHA

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [AÑO].

FIRMAS

____________________________          ____________________________
[NOMBRE_COMPLETO_PRESIDENTE_COMITE]    [NOMBRE_COMPLETO_SECRETARIO_COMITE]
Presidente del Comité Electoral        Secretario del Comité Electoral
DNI N.° [DNI_PRESIDENTE_COMITE]        DNI N.° [DNI_SECRETARIO_COMITE]

____________________________
[NOMBRE_COMPLETO_VOCAL_COMITE]
Vocal del Comité Electoral
DNI N.° [DNI_VOCAL_COMITE]

(Siguen las firmas de los personeros de cada lista y de los directivos electos que reciben su credencial.)

BASE LEGAL
- Constitución Política del Perú de 1993, artículo 89.
- Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, artículo 20 sobre el mandato de dos años de la Directiva Comunal.
- Decreto Supremo N.° 008-91-TR, Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas, artículos 24, 79, 80, 81, 83, 84, 86, 87, 88 y 90.
- Decreto Legislativo N.° 295, Código Civil, artículos 138 y 139.
- Directiva N.° 10-2013-SUNARP/SN, aprobada por Resolución N.° 343-2013-SUNARP/SN, sobre calificación de los actos inscribibles de las comunidades campesinas.
- Resolución N.° 038-2013-SUNARP/SN, Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas, de aplicación supletoria.

ADVERTENCIAS

1. Este modelo sirve únicamente a las comunidades campesinas. Las comunidades nativas se rigen por el Decreto Ley N.° 22175, por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 003-79-AA, por su estatuto y por sus usos y costumbres, y sus actos se califican con arreglo a la Directiva N.° 05-2013-SUNARP/SN, aprobada por Resolución N.° 122-2013-SUNARP/SN.

2. El artículo 79 del Reglamento entrega todo el proceso al Comité Electoral, de modo que una elección resuelta de manera directa en asamblea general queda expuesta a la nulidad de los artículos 81 y 83, además de la observación registral.

3. La elección por aclamación en asamblea extraordinaria procede solo en el supuesto excepcional del artículo 88 del Reglamento, esto es, cuando renuncia o es removida la totalidad de la Directiva Comunal después de más de un año de ejercicio. Para ese caso corresponde usar un acta distinta que invoque de manera expresa dicho artículo.

4. La lista de electores debe permitir contrastar a cada votante con el padrón de comuneros calificados actualizado conforme al artículo 24 del Reglamento, ya que sin ese contraste la inscripción suele ser observada.
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Para qué sirve

La elección se hizo un domingo, con la comunidad entera presente, y el resultado nadie lo discute. El problema aparece meses después, cuando la nueva directiva va a inscribirse y observan el título porque el acta no dice quién convocó, cuántos comuneros hábiles votaron ni quién dirigió el escrutinio. La directiva queda elegida en los hechos y sin poder firmar nada frente a terceros.

Esta acta es el documento que levanta el Comité Electoral al cerrar el proceso. Deja constancia del cronograma, del padrón de electores, de las listas completas que compitieron, del escrutinio y de las credenciales entregadas. Después se transcribe al Libro de Actas de la Asamblea General, y esa transcripción es la que sustenta la inscripción de la Directiva Comunal en SUNARP.

Cuándo conviene usarlo

  • Al cerrar la elección de la Directiva Comunal por listas completas, el mismo día del sufragio y con el Comité Electoral todavía reunido.
  • Cuando la comunidad va a inscribir a su directiva y le exigen el acta que originó el acuerdo.
  • Cuando el periodo de la directiva anterior venció y hay que dejar constancia ordenada del relevo.
  • Cuando hubo tachas, impugnaciones o listas retiradas, y conviene que todo eso quede escrito antes de convertirse en conflicto.

Cómo llenarlo

  1. Verifica que el Comité Electoral haya sido elegido antes en asamblea general y consigna la fecha de esa asamblea. Un comité improvisado el mismo día de la votación deja el proceso abierto a cuestionamientos.
  2. Cierra el padrón de electores con anticipación y anótalo en el acta. Solo votan los comuneros calificados hábiles inscritos en el padrón comunal, y ese número es el que sirve de referencia para todos los cálculos.
  3. Detalla el cronograma completo: convocatoria, inscripción de listas, periodo de tachas, sufragio y proclamación. Este es el punto que más se descuida, y el primero que revisa quien quiere anular la elección.
  4. Haz que las cifras del escrutinio cuadren. Los votos emitidos deben ser iguales a la suma de válidos, blancos y nulos, y nunca superar el total de electores hábiles.
  5. Firma con los tres miembros del comité, entrega las credenciales y transcribe el acta al Libro de Actas de la Asamblea General. La transcripción es el paso que la gente olvida y sin ella el trámite registral no avanza.

Base legal

El acta se levanta para su transcripción al Libro de Actas de la Asamblea General, conforme al artículo 90 del Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas. El marco general lo dan esa ley y su reglamento, junto con el estatuto de cada comunidad, que puede fijar reglas propias sobre plazos, requisitos de los candidatos y funciones del Comité Electoral. La inscripción posterior de la Directiva Comunal se tramita en el Libro de Comunidades Campesinas y Nativas del Registro de Personas Jurídicas de SUNARP.

¿La directiva puede firmar desde el día de la elección?

Hacia adentro de la comunidad el acuerdo rige desde la asamblea, pero los bancos, notarios y entidades piden la partida registral actualizada. Mientras la inscripción no salga, la directiva anterior sigue apareciendo como representante frente a terceros.

¿Qué pasa si un comunero no figura en el padrón?

No puede votar en esa elección. La vía es pedir su admisión o su reincorporación como comunero calificado ante la directiva y la asamblea, con el trámite propio del padrón comunal, antes del cierre del siguiente proceso electoral.

¿Sirve el mismo modelo para una comunidad nativa?

Conviene adaptarlo con cuidado, porque el régimen de las comunidades nativas es distinto y sus órganos tienen otra denominación. Revisa el estatuto de la comunidad antes de reutilizar el formato tal cual.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta electoral de elección de la directiva comunal de comunidad campesina, suscrita por el comité electoral

¿El modelo de acta electoral de elección de la directiva comunal de comunidad campesina, suscrita por el comité electoral es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-electoral-de-eleccion-de-la-directiva-comunal-de-comunidad-campesina-suscrita-por-el-comite-electoral/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta electoral de elección de la directiva comunal de comunidad campesina, suscrita por el comité electoral sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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