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Notarial

Adición del Apellido Paterno del Menor por Reconocimiento Posterior

Solicitud de adición del apellido paterno en la partida de nacimiento del menor tras el reconocimiento posterior del padre ante RENIEC, con base en el Código Civil y la Ley 28720. Incorpora el apellido en el acta.

Actualizado al 6 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE ADICIÓN DE APELLIDO PATERNO POR RECONOCIMIENTO POSTERIOR

Señor Jefe de la Oficina Registral del RENIEC
Oficina Registral de [DISTRITO]
Presente.-

Yo, [NOMBRE_PADRE], identificado(a) con Documento Nacional de Identidad N.° [DNI], con domicilio en [DIRECCION], en mi condición de padre del menor [NOMBRE_MENOR], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Solicito que se ADICIONE MI APELLIDO PATERNO "[APELLIDO_PATERNO]" en el Acta de Nacimiento N.° [NUMERO_ACTA] del menor [NOMBRE_MENOR], inscrita en la Oficina Registral de [DISTRITO], en mérito al reconocimiento de paternidad que efectúo por el presente acto, debiendo el menor quedar registrado como [NOMBRE_MENOR_COMPLETO].

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. El menor [NOMBRE_MENOR] nació el [FECHA_NACIMIENTO] y fue inscrito únicamente con el apellido materno "[APELLIDO_MATERNO]", por cuanto a la fecha de la inscripción no se había producido el reconocimiento paterno.

2. Por el presente acto reconozco de manera libre, expresa y voluntaria mi paternidad respecto del citado menor, manifestando ser su padre biológico, por lo que corresponde adicionar mi apellido paterno conforme a ley.

3. La madre del menor, doña [NOMBRE_MADRE], identificada con DNI N.° [DNI_MADRE], presta su conformidad, la cual se acredita con su firma al pie del presente documento.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Invoco los artículos 20 y 21 del Código Civil, referidos a los apellidos que corresponden al hijo, así como el artículo 388 y siguientes sobre el reconocimiento del hijo extramatrimonial. Sustento el pedido en la Ley N.° 28720, que modifica los artículos 20 y 21 del Código Civil, y en la Ley N.° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, y su Reglamento (D.S. 015-98-PCM), que regulan la anotación registral del reconocimiento y la consecuente adición del apellido.

IV. MEDIOS PROBATORIOS

a) Copia certificada del Acta de Nacimiento del menor.
b) Copia del DNI del padre reconociente.
c) Copia del DNI de la madre.

V. ANEXOS
1-A. Acta de nacimiento del menor.
1-B. DNI del padre.
1-C. DNI de la madre.

POR LO EXPUESTO:
Solicito admitir la presente y disponer la anotación del reconocimiento y la adición del apellido paterno, expidiéndose la partida con la nueva denominación del menor.

[DISTRITO], [FECHA]

_______________________________        _______________________________
[NOMBRE_PADRE]                          [NOMBRE_MADRE] (conforme)
DNI N.° [DNI]                            DNI N.° [DNI_MADRE]

Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando el menor fue inscrito solo con el apellido materno y el padre decide reconocerlo tiempo después, de modo que corresponde adicionar el apellido paterno en la partida. Se sustenta en los artículos 20 y 21 del Código Civil, en la Ley N.° 28720 y en las normas de reconocimiento del hijo extramatrimonial (artículo 388 del Código Civil), con anotación registral ante el RENIEC conforme a la Ley N.° 26497.

Qué datos necesitas

  • Nombre y DNI del padre reconociente.
  • Nombre y DNI de la madre, que presta su conformidad.
  • Datos del menor: nombre, fecha de nacimiento y número de acta.
  • Apellido paterno que se adicionará y nombre completo final del menor.
  • Oficina registral donde se inscribió el nacimiento.

Paso a paso

  1. Completa la solicitud con los datos del padre, la madre y el menor.
  2. El padre firma reconociendo la paternidad y la madre firma en señal de conformidad.
  3. Presenta la solicitud junto con las copias del acta y de ambos DNI en la Oficina Registral del RENIEC.
  4. Sigue las indicaciones sobre el acta de reconocimiento que el registrador levante.
  5. Recoge la partida con el apellido paterno ya incorporado.

Errores comunes

  • Creer que basta la voluntad del padre sin considerar el orden de los apellidos que fija el Código Civil.
  • No consignar la conformidad de la madre cuando el registrador la requiere.
  • Confundir la adición de apellido con una impugnación de paternidad, que es un proceso judicial distinto.
  • Olvidar actualizar luego el DNI del menor con el nuevo nombre completo.

Preguntas frecuentes

¿El menor cambia de nombre? No cambia su prenombre; solo se adiciona el apellido paterno, quedando finalmente con apellido paterno y materno conforme al Código Civil.

¿Se necesita prueba de ADN? No, si el padre reconoce voluntariamente. El ADN se exige cuando hay impugnación o negativa, no en el reconocimiento espontáneo.

¿Puede el padre reconocer siendo el menor mayor de edad? El reconocimiento es posible, pero el hijo mayor debe prestar su consentimiento para que surta plenos efectos.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de adición del apellido paterno del menor por reconocimiento posterior

¿El modelo de adición del apellido paterno del menor por reconocimiento posterior es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/adicion-del-apellido-paterno-del-menor-por-reconocimiento-posterior/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de adición del apellido paterno del menor por reconocimiento posterior sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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