Cómo obtener residencia permanente en Perú 2026: requisitos, plazos y carné CE
Publicado el 2026-06-25 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Norma marco | D.Leg. 1350 (Ley de Migraciones) |
| Reglamento | D.S. 007-2017-IN |
| Entidad | Superintendencia Nacional de Migraciones |
| Vigencia residente temporal | 2 años renovables |
| Plazo para permanente | 3 años de residencia continua |
| Tasa cambio de calidad migratoria | S/ 161.40 (TUPA Migraciones) |
| Tasa carné de extranjería | S/ 49.20 (TUPA Migraciones) |
| UIT 2026 | S/ 5,500 |
Qué significa tener residencia en Perú y por qué importa la calidad migratoria
En el Perú no existe un único trámite llamado "residencia" en el que entras y sales con un sello. Lo que existe son calidades migratorias reguladas por el Decreto Legislativo 1350, Ley de Migraciones, y su Reglamento aprobado por D.S. 007-2017-IN. Cada calidad migratoria define qué puedes hacer en el país, cuánto tiempo puedes quedarte y si tienes derecho a un carné de extranjería.
Las calidades migratorias se dividen en tres grandes grupos:
- Temporales, hasta 183 días, sin derecho a residencia ni a trabajar de forma estable (turista, negocios, tripulante, etc.).
- Residentes, con permanencia prolongada y derecho a carné de extranjería (trabajador, familiar de peruano, familiar de residente, estudiante, religioso, rentista, inversionista, entre otros).
- Especiales, para casos específicos como refugio, asilo o regularización por razones humanitarias.
"Tener residencia" en el Perú equivale a contar con una calidad migratoria residente vigente y su correspondiente carné de extranjería (CE). Recién con esa base, después de tres años continuos, puedes pedir el cambio a residente permanente, que es la versión sin caducidad por plazo del estatus.
Toda la gestión la lleva la Superintendencia Nacional de Migraciones, principalmente a través de su Agencia Digital de Migraciones. Si vas a iniciar un trámite, conviene tener listos pasaporte vigente, antecedentes penales del Perú y del país donde viviste los últimos cinco años, y una declaración jurada de domicilio para trámite migratorio.
Calidades migratorias residentes: cuál te corresponde
El Reglamento del D.Leg. 1350 lista varias calidades residentes. Estas son las más usadas para vivir en el Perú.
| Calidad migratoria | A quién le aplica | Requisito clave |
|---|---|---|
| Trabajador residente | Extranjero con contrato laboral en una empresa peruana. | Contrato de trabajo registrado y aprobado, oferta laboral del empleador. |
| Familiar de peruano | Cónyuge, conviviente reconocido, padre, madre o hijo de peruano. | Acta o partida de matrimonio, de unión de hecho o de nacimiento que pruebe el vínculo. |
| Familiar de residente | Cónyuge o hijo dependiente de un extranjero con calidad residente vigente. | Acreditar el vínculo y que el familiar titular mantenga su residencia activa. |
| Estudiante residente | Quien viene a estudiar en una universidad, instituto o escuela autorizada. | Carta de admisión o constancia de matrícula de la institución educativa peruana. |
| Religioso residente | Sacerdotes, pastores, religiosos o religiosas que vienen por encargo de una iglesia o congregación. | Documento de la congregación o iglesia reconocida que respalda la designación. |
| Rentista | Personas con ingresos permanentes desde el exterior, sin necesidad de trabajar en el Perú. | Acreditar renta vitalicia o periódica suficiente desde el extranjero. |
Cada calidad tiene su propio formulario y lista de requisitos en el TUPA de Migraciones, pero todas comparten una lógica: acreditas el vínculo o la razón por la que vas a vivir en el Perú, pagas la tasa correspondiente y, una vez aprobada, te emiten o actualizan tu carné de extranjería.
Del estatus temporal al residente: el cambio de calidad migratoria
La ruta típica para llegar a la residencia tiene dos pasos. Primero entras al país con una calidad migratoria temporal, normalmente turista o negocios. Después solicitas el cambio de calidad migratoria a residente ante Migraciones, sin necesidad de salir del Perú en la mayoría de casos.
El procedimiento estándar:
- Identifica la calidad residente que te corresponde (trabajador, familiar de peruano, estudiante, etc.).
- Reúne los documentos: pasaporte vigente, antecedentes penales nacionales e internacionales legalizados o apostillados, partidas de matrimonio o nacimiento si corresponden, contrato de trabajo si vas como trabajador.
- Genera el pago de la tasa de cambio de calidad migratoria en Págalo.pe o Banco de la Nación. Según el TUPA vigente esa tasa bordea los S/ 161.40, equivalente a poco menos del 3% de una UIT 2026 (S/ 5,500). Verifica siempre el monto en el TUPA oficial antes de pagar.
- Ingresa la solicitud por la Agencia Digital de Migraciones, adjuntando los documentos escaneados y firmando la declaración jurada.
- Espera la resolución. Migraciones puede observar tu expediente y darte un plazo para subsanar.
- Aprobada la nueva calidad, pagas la tasa de emisión del carné de extranjería (alrededor de S/ 49.20 según el TUPA) y agendas tu cita para registro biométrico.
Para preparar el escrito con la calidad que corresponda, puedes apoyarte en la solicitud de cambio de calidad migratoria ante Migraciones. Si vas a entrar como trabajador, mira la solicitud de cambio de calidad migratoria a trabajador y, si vienes por estudios, la solicitud de cambio de calidad migratoria a estudiante ante Migraciones.
Carné de extranjería: vigencia, renovación y rectificación
El carné de extranjería (CE) es el documento físico que prueba que tienes una calidad migratoria residente vigente. Funciona como tu DNI mientras vivas en el Perú. Con el CE puedes abrir cuentas bancarias, firmar contratos, obtener el RUC, trabajar en planilla, registrar tu vehículo y atender cualquier trámite que pida documento de identidad.
Datos clave del CE:
- Vigencia inicial: 2 años para residentes temporales, renovables mientras mantengas la calidad migratoria.
- Renovación: debes solicitarla antes del vencimiento. Migraciones permite hacerla en línea pagando la tasa del TUPA y agendando cita biométrica para entrega del nuevo plástico. Si dejas vencer el CE sin renovar, podrías caer en situación migratoria irregular y pagar multas.
- Rectificación: si tu CE tiene un error en nombres, fecha de nacimiento, nacionalidad o estado civil, debes pedir la rectificación con la partida o documento oficial que pruebe el dato correcto.
- Prórroga: la prórroga aplica a la calidad migratoria. Si tu calidad vence pero sigues cumpliendo los requisitos, pides la prórroga antes del vencimiento y luego renuevas el carné.
Para los escritos típicos del CE puedes usar la solicitud de emisión o renovación de carné de extranjería y la solicitud de prórroga de residencia. Si te quedaste sin tramitar a tiempo, revisa la solicitud de prórroga de permanencia migratoria y la solicitud de regularización migratoria.
Residencia permanente: los 3 años continuos y cómo solicitarla
Después de 3 años de residencia continua con una calidad migratoria residente vigente, puedes solicitar a Migraciones el cambio a residente permanente. Es la figura más estable. Ya no debes renovar la calidad migratoria cada 2 años, aunque sí debes mantener el carné de extranjería vigente conforme al plazo que la propia Migraciones establece.
Para que te concedan la permanencia debes acreditar tres cosas:
- Residencia continua: las ausencias del país no deben superar los plazos que el Reglamento permite. Salidas largas pueden interrumpir el conteo de los 3 años.
- Buena conducta: no tener antecedentes penales ni procesos abiertos por delitos dolosos en el Perú o en el extranjero durante el periodo de residencia.
- Cumplimiento de obligaciones: estar al día con tus obligaciones tributarias si has tenido actividad económica, y haber renovado tu CE en su momento.
El procedimiento es parecido al del cambio de calidad migratoria: solicitud por la Agencia Digital, pago de la tasa TUPA correspondiente, antecedentes actualizados y resolución de Migraciones. Para armar el escrito con la fundamentación correcta puedes usar la solicitud de residencia permanente en Perú o, si vas por la vía formal de cambio dentro de las calidades migratorias residentes, la solicitud de cambio de calidad migratoria a residente permanente.
Aprobada la permanencia, Migraciones emite un nuevo carné de extranjería con la indicación de residente permanente. Desde ese momento, tu situación migratoria deja de depender de un contrato, de un vínculo familiar específico o de una matrícula, y pasa a estar respaldada por tu propio tiempo de vida en el país.
Plazos, costos y errores que te bloquean el trámite
Los plazos y costos cambian por norma, así que conviene revisar el TUPA vigente antes de iniciar el trámite. Como referencia 2026:
- Cambio de calidad migratoria: cerca de S/ 161.40 por tasa de derecho de trámite.
- Emisión o renovación del carné de extranjería: cerca de S/ 49.20.
- Plazo de resolución: el procedimiento general es de aproximadamente 30 días hábiles, prorrogables si Migraciones observa el expediente.
- Vigencia del residente temporal: 2 años renovables.
- Plazo para residencia permanente: 3 años de residencia continua.
Errores que suelen frenar el trámite:
- Presentar antecedentes penales sin apostilla o legalización del país de origen.
- Olvidar la traducción oficial de documentos en idioma distinto al español.
- Dejar vencer la calidad migratoria temporal antes de pedir el cambio, lo que te obliga a regularizar antes de pedir residencia.
- Acreditar mal el vínculo: una unión de hecho no inscrita en Reniec o Sunarp no acredita convivencia para familiar de peruano.
- Cambiar de empleador durante el trámite sin actualizar el contrato registrado, en el caso de trabajador residente.
Si Migraciones te observa el expediente, no pierdas el plazo. Subsana dentro del término que te dan, adjunta los nuevos documentos por la Agencia Digital y guarda el cargo de presentación. Eso evita que el procedimiento se archive y tengas que volver a pagar la tasa desde cero.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir directamente la residencia permanente en el Perú?
No. Primero necesitas una calidad migratoria residente vigente (trabajador, familiar de peruano, familiar de residente, estudiante, religioso o rentista) bajo el D.Leg. 1350 y su Reglamento D.S. 007-2017-IN. Recién después de 3 años continuos con esa residencia puedes solicitar el cambio a residente permanente ante Migraciones.
¿Cuánto dura el carné de extranjería y cuándo lo renuevo?
El carné de extranjería de un residente temporal dura 2 años renovables. Debes pedir la renovación antes del vencimiento por la Agencia Digital de Migraciones, pagar la tasa del TUPA y agendar cita para registro biométrico. Si dejas vencer el CE caes en situación migratoria irregular y puedes pagar multas.
¿Qué calidad migratoria me corresponde si vivo en pareja con un peruano?
Si estás casado o tienes unión de hecho reconocida con un peruano, te corresponde la calidad migratoria de familiar de peruano. Acreditas el vínculo con el acta de matrimonio o con la inscripción de la unión de hecho ante Reniec o el reconocimiento notarial o judicial, según el caso, y pides el cambio de calidad migratoria ante Migraciones.
¿Cuánto cuesta tramitar la residencia en Perú en 2026?
Según el TUPA de Migraciones vigente, el cambio de calidad migratoria a residente bordea los S/ 161.40 y la emisión del carné de extranjería alrededor de S/ 49.20. Estos montos pueden actualizarse, por lo que conviene confirmarlos en el TUPA y en Págalo.pe antes de pagar. La UIT 2026 es de S/ 5,500.
¿Cuánto tiempo demora Migraciones en resolver el cambio a residente?
El plazo general del procedimiento administrativo es de aproximadamente 30 días hábiles, pero puede extenderse si Migraciones observa tu expediente. Si te llega una observación, debes subsanarla por la Agencia Digital dentro del plazo que te otorguen, de lo contrario el procedimiento se archiva.
¿Las salidas del país afectan los 3 años para pedir la residencia permanente?
Sí. La residencia debe ser continua, lo que significa que tus ausencias del Perú no pueden superar los plazos que el Reglamento del D.Leg. 1350 permite. Salidas prolongadas o reiteradas pueden interrumpir el conteo de los 3 años. Conserva sellos de entrada y salida y movimientos migratorios para acreditar tu permanencia.
¿Qué hago si mi calidad migratoria temporal venció y aún no pedí el cambio?
Debes regularizar tu situación antes de pedir cualquier calidad residente. Puedes presentar una solicitud de prórroga de permanencia migratoria o una solicitud de regularización migratoria ante Migraciones, pagar las multas o derechos correspondientes y, una vez regular, recién iniciar el cambio de calidad migratoria a residente.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Solicitud de Cambio de Calidad Migratoria ante Migraciones
Escrito para solicitar a la Superintendencia Nacional de Migraciones el cambio de calidad migratoria conforme al D.Leg. 1350 y al D.S. 007-2017-IN, con datos, fundamentos y petitorio.
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Solicitud de cambio a calidad migratoria de residente permanente ante MIGRACIONES. D.Leg. 1350 y D.S. 007-2017-IN.
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Escrito para solicitar a Migraciones la emisión o renovación del Carné de Extranjería del residente, conforme al D.Leg. 1350, el D.S. 007-2017-IN y el TUPA de Migraciones.
MigratorioSolicitud de Prórroga de Residencia
Escrito para solicitar a Migraciones la prórroga de la calidad migratoria de residente conforme al D.Leg. 1350 y al D.S. 007-2017-IN, antes del vencimiento del año de residencia.