Prórroga de residencia en Perú: cómo renovarla en Migraciones 2026
Publicado el 2026-06-20 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Costo general | S/ 20.20 (código 07566) |
| Costo estudiante | S/ 25.60 |
| Plazo para solicitar | 30 días calendario antes del vencimiento |
| Resultado | 5 días hábiles |
| Vigencia carné residente | 4 años |
Qué es la prórroga de residencia
La prórroga de residencia es el trámite que extiende tu calidad migratoria de residente cuando está por vencer. No es lo mismo que el carné de extranjería: el carné es el documento físico y la prórroga es la renovación del periodo de residencia que ampara ese carné. Debes mantener al día tu residencia para conservar tus derechos en el país.
Cuándo solicitarla
La solicitud de prórroga debe presentarse dentro de los 30 días calendario previos al vencimiento de la residencia otorgada. Si dejas vencer el plazo, puedes caer en situación migratoria irregular, con multas y riesgo para tu permanencia.
El plazo de residencia suele ser de 1 año, prorrogable por el mismo plazo, por ejemplo en el caso de la calidad especial residente. Revisa la fecha exacta de tu carné y agenda con anticipación.
Costo del trámite en 2026
| Tipo | Costo | Código |
|---|---|---|
| Prórroga general | S/ 20.20 | 07566 |
| Prórroga para estudiantes | S/ 25.60 | 07566 |
El pago se realiza en Págalo.pe o en cualquier agencia del Banco de la Nación. Confirma el pago antes de iniciar el trámite en línea.
Paso a paso en la Agencia Digital
- Verifica la fecha de vencimiento de tu residencia en la consulta de Migraciones.
- Paga la tasa correspondiente (S/ 20.20 o S/ 25.60) con el código 07566.
- Ingresa a la Agencia Digital de Migraciones en migraciones.gob.pe.
- Selecciona Prórrogas de Residencia.
- Adjunta en archivo PDF todos los documentos requeridos según tu calidad migratoria.
- Envía la solicitud y espera el resultado en 5 días hábiles.
Después de la prórroga
Una vez aprobada la prórroga, tu residencia queda extendida y, cuando corresponda, deberás actualizar o renovar el carné de extranjería. El carné de extranjería tiene una vigencia de 4 años para residentes, 5 años para calidad migratoria permanente y 3 años para niños y adolescentes.
Si necesitas renovar el documento físico, revisa la solicitud de emisión o renovación de carné de extranjería. Si Migraciones deniega tu pedido, puedes presentar un recurso de apelación.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo debo solicitar la prórroga de residencia?
Dentro de los 30 días calendario previos al vencimiento de tu residencia. Si la dejas vencer, puedes caer en situación irregular con multas.
¿Cuánto cuesta la prórroga de residencia en 2026?
El costo general es S/ 20.20 (código 07566) y para estudiantes S/ 25.60. Se paga en Págalo.pe o en el Banco de la Nación.
¿Cuánto demora el resultado?
El resultado se recibe en 5 días hábiles tras enviar la solicitud completa por la Agencia Digital de Migraciones.
¿La prórroga es lo mismo que renovar el carné de extranjería?
No. La prórroga extiende tu periodo de residencia. El carné de extranjería es el documento físico, que tiene su propia vigencia (4 años para residentes).
¿Dónde hago el trámite?
En la Agencia Digital de Migraciones, en migraciones.gob.pe, eligiendo la opción Prórrogas de Residencia y adjuntando tus documentos en PDF.
¿Qué pasa si no prorrogo a tiempo?
Puedes pasar a situación migratoria irregular, con multas y riesgo para tu permanencia. Por eso conviene iniciar el trámite dentro de los 30 días previos al vencimiento.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Solicitud de Prórroga de Residencia
Escrito para solicitar a Migraciones la prórroga de la calidad migratoria de residente conforme al D.Leg. 1350 y al D.S. 007-2017-IN, antes del vencimiento del año de residencia.
MigratorioSolicitud de Emisión o Renovación de Carné de Extranjería
Escrito para solicitar a Migraciones la emisión o renovación del Carné de Extranjería del residente, conforme al D.Leg. 1350, el D.S. 007-2017-IN y el TUPA de Migraciones.
MigratorioRecurso de Apelación ante la Superintendencia de Migraciones
Recurso de apelación contra una resolución de Migraciones que deniega un trámite migratorio, fundado en la Ley 27444 y en el D.Leg. 1350, para que el superior jerárquico revise lo resuelto.