Qué es la casación civil en Perú y cuándo procede
Publicado el 2026-06-09 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Norma | Ley 29364 (modif. CPC) |
| Plazo | 10 días hábiles |
| Cuantía mínima | 500 URP (S/ 275,000 en 2026) |
| Resuelve | Corte Suprema |
¿Qué es la casación y en qué se diferencia de la apelación?
La casación es un recurso extraordinario que llega a la Corte Suprema. A diferencia de la apelación, no sirve para revisar los hechos ni para pedir un nuevo análisis de las pruebas: su finalidad es controlar que el derecho se haya aplicado correctamente y unificar la jurisprudencia.
Su regulación actual proviene de la Ley 29364, que modificó el Código Procesal Civil. Por eso muchos casos llegan a apelación, pero pocos a casación.
Cuándo procede: requisitos básicos
- Solo contra sentencias y autos de segunda instancia que ponen fin al proceso, expedidos por las Salas Superiores.
- Plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución impugnada.
- Que el recurrente no haya consentido la resolución de primera instancia cuando esta fue confirmada.
- Por regla, la cuantía debe superar las 500 URP (con la URP 2026 de S/ 550, equivale a S/ 275,000), salvo pretensiones inestimables en dinero.
Revisa el modelo de recurso de casación civil para ver la estructura del recurso.
Las causales de casación
La casación procede por:
- Infracción normativa que incida directamente sobre la decisión: aplicación indebida o errónea de una norma material o procesal.
- Apartamiento inmotivado del precedente judicial de la Corte Suprema o del Tribunal Constitucional.
El recurso debe describir con claridad la infracción y demostrar su incidencia directa en el fallo. También se exige indicar si el pedido es anulatorio o revocatorio.
Cómo se tramita ante la Corte Suprema
El recurso se presenta ante la Sala Superior que emitió la resolución o directamente ante la Corte Suprema. Primero pasa un filtro de admisibilidad y procedencia; muchas casaciones se declaran improcedentes por no cumplir los requisitos técnicos. Si se admite, la Sala Suprema cita a vista de la causa y resuelve.
Si la Corte ampara la casación, puede actuar como instancia y resolver el fondo, o anular y reenviar para que se emita nueva resolución.
Errores frecuentes que hacen improcedente la casación
- Querer que se revaloren las pruebas o los hechos (eso no es casación).
- No precisar la norma infringida ni cómo influyó en la decisión.
- Haber consentido la sentencia de primera instancia.
- Presentarlo fuera de los 10 días o sin cumplir la cuantía.
Por su tecnicismo, conviene asesoría especializada. Antes de llegar a casación, asegúrate de haber agotado bien la apelación de sentencia.
Preguntas frecuentes
¿La casación es una tercera instancia?
No. La casación no revisa hechos ni pruebas; controla la correcta aplicación del derecho y unifica la jurisprudencia. Es un recurso extraordinario.
¿Cuál es el plazo para interponer casación civil?
10 días hábiles contados desde el día siguiente de notificada la resolución de segunda instancia que se impugna.
¿Cuánto debe valer el caso para casar?
Por regla, la cuantía debe superar las 500 URP, que con la URP 2026 de S/ 550 equivale a S/ 275,000, salvo pretensiones inestimables en dinero.
¿Cuáles son las causales de casación?
La infracción normativa que incida directamente en la decisión y el apartamiento inmotivado del precedente de la Corte Suprema o del Tribunal Constitucional.
¿Por qué tantas casaciones se declaran improcedentes?
Porque suelen pedir revisar hechos, no precisan la norma infringida o no demuestran su incidencia en el fallo. La casación tiene requisitos técnicos estrictos.
¿Qué pasa si la Corte Suprema ampara mi casación?
Puede resolver el fondo actuando como sede de instancia o anular la resolución y reenviar el caso para que la Sala emita un nuevo pronunciamiento.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Recurso de Casación Civil
Recurso extraordinario ante la Corte Suprema por infracción normativa o apartamiento de doctrina jurisprudencial. Art. 384 CPC.
OtrosRecurso de Apelación de Sentencia
Recurso impugnatorio contra sentencias de primera instancia. Art. 364, 366 CPC. Plazos: 5 días (sumarísimo), 10 días (conocimiento).
PenalRecurso de Casación Penal (Art. 427 NCPP)
Recurso de casación penal ante la Sala Penal de la Corte Suprema contra sentencias y autos de la Sala Penal de Apelaciones, regulado en el Art. 427 del NCPP (D.Leg. 957).