Contrato de Cesión de Vehículo en Garantía
Contrato por el que el deudor cede la posesión de su vehículo como garantía de una deuda, con pacto de restitución al pago. Regulado por la garantía mobiliaria del D.Leg. 1400 y los Arts. 1066 y 1969 CC.
Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
CONTRATO DE CESIÓN DE VEHÍCULO EN GARANTÍA Conste por el presente documento el contrato de cesión de vehículo en garantía que celebran: DE UNA PARTE, como DEUDOR Y CEDENTE, [NOMBRE_DEUDOR], identificado con DNI [DNI_DEUDOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEUDOR]. DE OTRA PARTE, como ACREEDOR Y CESIONARIO, [NOMBRE_ACREEDOR], identificado con DNI [DNI_ACREEDOR], con domicilio en [DOMICILIO_ACREEDOR]. PRIMERA: ANTECEDENTE Y DEUDA El DEUDOR reconoce adeudar al ACREEDOR la suma de [MONTO_DEUDA] soles, originada en [ORIGEN_DEUDA], con vencimiento el [FECHA_VENCIMIENTO]. SEGUNDA: OBJETO En garantía del pago de la deuda, el DEUDOR cede la posesión del vehículo de placa [PLACA], marca [MARCA], modelo [MODELO], año [ANIO_VEHICULO], con tarjeta de identificación [TARJETA_PROPIEDAD], cuya propiedad conserva. TERCERA: NATURALEZA DE LA GARANTÍA Las partes pactan que esta cesión constituye una garantía sobre bien mueble conforme al Decreto Legislativo 1400, Ley de la Garantía Mobiliaria. El ACREEDOR custodia el vehículo con la diligencia ordinaria del Art. 1819 CC y responde por los daños que cause conforme al Art. 1969 CC. CUARTA: PROHIBICIÓN DE USO Y DISPOSICIÓN El ACREEDOR no podrá usar, alquilar ni disponer del vehículo. Solo lo custodia hasta el pago total de la deuda. QUINTA: RESTITUCIÓN Pagada la deuda, el ACREEDOR restituirá el vehículo en el mismo estado, en un plazo de [DIAS_RESTITUCION] días, suscribiendo acta de entrega. SEXTA: EJECUCIÓN Si el DEUDOR no paga al vencimiento, el ACREEDOR podrá ejecutar la garantía mobiliaria conforme al D.Leg. 1400, no quedando autorizada la apropiación directa salvo pacto expreso de venta extrajudicial. SÉPTIMA: GASTOS Los gastos de legalización notarial e inscripción en el Registro Mobiliario de Contratos los asume [PARTE_GASTOS]. Firmado en [CIUDAD], el [FECHA]. _______________________ EL DEUDOR (CEDENTE) _______________________ EL ACREEDOR (CESIONARIO)
Cuando usar este modelo
Este contrato se usa cuando un deudor entrega la posesión de su vehículo a su acreedor como garantía del pago de una deuda, con el pacto de que le será restituido una vez cancelada la obligación. Se enmarca en la garantía mobiliaria regulada por el Decreto Legislativo 1400, que permite afectar bienes muebles, incluidos los vehículos, para respaldar el cumplimiento de una obligación. El acreedor conserva el vehículo o su afectación como respaldo, y el deudor recupera la libre disposición al pagar.
Es útil en préstamos entre particulares, refinanciamientos o acuerdos de pago donde el vehículo funciona como respaldo. A diferencia de una venta, aquí no se transfiere la propiedad: el deudor sigue siendo dueño y el acreedor solo tiene un derecho de garantía. Para oponerse a terceros, conviene inscribir la garantía mobiliaria en el registro correspondiente de la SUNARP.
Qué datos necesitas
- Nombre, DNI y domicilio del deudor cedente y del acreedor cesionario.
- Datos del vehículo: placa, marca, modelo, año, número de motor y de serie.
- Monto de la deuda garantizada, plazo e intereses pactados.
- Condiciones de restitución del vehículo al cancelarse la obligación.
- Partida registral del vehículo y su tarjeta de identificación.
Paso a paso
- Identifica con precisión el vehículo y verifica que esté libre de otros gravámenes.
- Define la obligación garantizada: monto, plazo, intereses y forma de pago.
- Redacta las cláusulas de entrega, conservación y restitución del vehículo.
- Firma el contrato entre deudor y acreedor, con firmas legalizadas ante notario.
- Inscribe la garantía mobiliaria del Decreto Legislativo 1400 en la SUNARP para oponerla a terceros.
Errores comunes
- Redactarlo como compraventa, lo que transferiría la propiedad en vez de garantizarla.
- No inscribir la garantía, con lo que no se puede oponer frente a terceros.
- Omitir el pacto de restitución del vehículo al cancelarse la deuda.
- No describir con detalle el vehículo ni su estado al momento de la entrega.
Preguntas frecuentes
¿El acreedor se queda con el vehículo si no pago? No de forma automática; ante el incumplimiento debe ejecutarse la garantía conforme al Decreto Legislativo 1400, respetando el procedimiento de venta o adjudicación.
¿Debo inscribir el contrato? Se recomienda inscribir la garantía mobiliaria en la SUNARP para que surta efectos frente a terceros y ordene la prelación de acreedores.
¿Sigo siendo dueño del vehículo? Sí, conservas la propiedad; el acreedor solo tiene un derecho de garantía hasta que canceles la deuda.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de cesión de vehículo en garantía
¿El modelo de contrato de cesión de vehículo en garantía es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-cesion-de-vehiculo-en-garantia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de cesión de vehículo en garantía sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Cesión de Uso de Vehículo
Contrato por el que el titular cede el uso de un vehículo a un tercero sin transferir la propiedad, con plazo y condiciones, conforme a los Arts. 1351 y 1354 del Código Civil.
Contrato de Compraventa de Vehículo Usado
Modelo de compraventa de vehículo usado entre particulares conforme al Art. 1529 del Código Civil, con saneamiento por evicción (Art. 1484 CC) y entrega de TIV.
Contrato de Compraventa de Vehículo con Reserva de Propiedad
Compraventa de vehículo a plazos con pacto de reserva de propiedad conforme al Art. 1583 del Código Civil. El vendedor conserva la propiedad hasta el pago total del precio.
Contrato de Alquiler de Vehículo
Contrato de arrendamiento de vehículo automotor regulado por el Art. 1666 del Código Civil, con renta, garantía, plazo y responsabilidad por infracciones de tránsito.
Contrato de Comodato de Vehículo
Contrato de comodato (préstamo de uso gratuito) de vehículo regulado por el Art. 1728 del Código Civil, con plazo, conservación y devolución del bien.
Contrato de Alquiler de Vehículo con Conductor
Contrato por el que el propietario alquila un vehículo prestando también el servicio de conductor (chofer), distinto del alquiler simple. Combina arrendamiento (Art. 1666 CC) y locación de servicios (Art. 1764 CC).
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras