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Pesquero

Convenio de Administración de Desembarcadero Pesquero Artesanal con Organización de Pescadores

Convenio para encargar la administración y el mantenimiento de un desembarcadero pesquero artesanal a una organización social de pescadores, con obligaciones sanitarias y rendición de cuentas.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONVENIO DE ADMINISTRACIÓN DE DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL

Conste por el presente documento el convenio que celebran, de una parte, [NOMBRE_DE_LA_ENTIDAD_TITULAR], con RUC N.° [RUC_DE_LA_ENTIDAD], con domicilio en [DOMICILIO_DE_LA_ENTIDAD], debidamente representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_DE_LA_ENTIDAD], a quien se denominará LA ENTIDAD; y, de la otra parte, [NOMBRE_DE_LA_ORGANIZACION], con RUC N.° [RUC_DE_LA_ORGANIZACION], inscrita en la partida N.° [PARTIDA_REGISTRAL] del Registro de Personas Jurídicas de [OFICINA_REGISTRAL], representada por su presidente [NOMBRE_DEL_PRESIDENTE], a quien se denominará LA ORGANIZACIÓN, en los términos siguientes:

PRIMERA: ANTECEDENTES
LA ENTIDAD es titular de la infraestructura pesquera artesanal denominada Desembarcadero Pesquero Artesanal de [NOMBRE_DEL_DESEMBARCADERO], ubicada en [UBICACION_DEL_DESEMBARCADERO]. LA ORGANIZACIÓN agrupa a [NUMERO_DE_ASOCIADOS] pescadores artesanales de la zona.

SEGUNDA: OBJETO
LA ENTIDAD encarga a LA ORGANIZACIÓN la administración, operación y mantenimiento del desembarcadero, con el fin de garantizar el desembarque, la manipulación y la primera comercialización de los recursos hidrobiológicos en condiciones sanitarias adecuadas.

TERCERA: OBLIGACIONES DE LA ORGANIZACIÓN
3.1. Mantener operativos el muelle, la cámara de frío, la sala de manipuleo, los servicios higiénicos y el sistema de agua y desagüe.
3.2. Aplicar el plan de limpieza y desinfección, y llevar los registros sanitarios exigidos por la autoridad competente.
3.3. Cobrar únicamente las tarifas aprobadas y consignadas en el tarifario anexo, exhibiéndolo en lugar visible.
3.4. Llevar contabilidad separada y presentar rendición de cuentas [PERIODICIDAD_DE_RENDICION] ante LA ENTIDAD y ante su asamblea.
3.5. Destinar no menos del [PORCENTAJE_PARA_MANTENIMIENTO] % de los ingresos a mantenimiento e inversión en la infraestructura.
3.6. Contratar al personal necesario, asumiendo con carácter exclusivo las obligaciones laborales y de seguridad y salud en el trabajo.
3.7. Permitir el ingreso de todo pescador artesanal, sea o no asociado, sin discriminación.

CUARTA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD
4.1. Entregar la infraestructura mediante acta con inventario de bienes y equipos.
4.2. Brindar asistencia técnica y supervisar el cumplimiento del convenio.
4.3. Aprobar o observar las rendiciones de cuentas dentro de los [PLAZO_DE_REVISION] días de recibidas.

QUINTA: PLAZO
El convenio rige por [PLAZO_DEL_CONVENIO] años, contados desde el [FECHA_DE_INICIO], prorrogable por acuerdo escrito previa evaluación del desempeño.

SEXTA: PROHIBICIONES
LA ORGANIZACIÓN no podrá ceder, arrendar ni subcontratar la administración, ni destinar los ambientes a un uso distinto del pesquero, ni gravar los bienes entregados.

SÉPTIMA: RESOLUCIÓN
El convenio se resuelve por incumplimiento de las obligaciones sanitarias o de rendición de cuentas, por uso indebido de la infraestructura o por acuerdo de las partes, previa comunicación con [DIAS_DE_PREAVISO] días de anticipación.

OCTAVA: MARCO NORMATIVO
Las partes se sujetan al Decreto Ley N.° 25977, Ley General de Pesca, a su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 012-2001-PE, a la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobada por Decreto Supremo N.° 040-2001-PE y a la Ley N.° 30063, de creación del organismo de sanidad pesquera, con su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2019-PRODUCE.

Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA], en dos ejemplares.


____________________          ____________________
LA ENTIDAD                    LA ORGANIZACIÓN
¿Encontraste algo mal en este modelo?
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Cuándo usar este modelo

Los desembarcaderos pesqueros artesanales son la puerta de entrada del pescado al mercado. Allí se descarga, se selecciona, se enfría y se vende por primera vez. En el Perú, buena parte de esa infraestructura pública se entrega en administración a las propias organizaciones de pescadores de la zona, y esa entrega necesita un documento que fije reglas claras.

Este convenio sirve para eso: precisar quién opera el muelle, qué tarifas puede cobrar, qué condiciones sanitarias debe mantener y cómo rinde cuentas. Es útil tanto cuando se firma por primera vez como cuando toca renovar un encargo que venía funcionando de palabra.

El punto más delicado suele ser el acceso: un desembarcadero es infraestructura pública, de modo que la organización administradora no puede cerrarlo a los pescadores que no están afiliados a ella. Esa cláusula debe quedar expresa.

Marco legal en el Perú

El desembarque y la primera comercialización de recursos hidrobiológicos se rigen por el Decreto Ley N.° 25977, Ley General de Pesca, y por su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 012-2001-PE, que ordenan la actividad extractiva y la infraestructura asociada.

En materia sanitaria, la referencia obligada es la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobada por Decreto Supremo N.° 040-2001-PE, cuyo objeto es asegurar que el pescado que llega al consumidor sea inocuo. Sus exigencias sobre manipulación, cadena de frío, agua y limpieza recaen directamente sobre quien administra el desembarcadero.

La supervisión sanitaria corresponde al organismo creado por la Ley N.° 30063, reglamentada por el Decreto Supremo N.° 010-2019-PRODUCE. Y toda infracción a las reglas pesqueras se procesa conforme al Decreto Supremo N.° 017-2017-PRODUCE, Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.

Cómo completar la plantilla

Un convenio de administración fracasa por dos motivos recurrentes: tarifas improvisadas y falta de rendición de cuentas. Ambos se previenen escribiendo bien estas cláusulas.

  • Adjunta un tarifario aprobado como anexo y obliga a exhibirlo en lugar visible del desembarcadero.
  • Fija un porcentaje mínimo de los ingresos destinado a mantenimiento e inversión, y exígelo como obligación verificable.
  • Define la periodicidad de la rendición de cuentas y el plazo que tiene la entidad para observarla.
  • Levanta un acta de entrega con inventario detallado de equipos, cámaras, balanzas y mobiliario.
  • Incluye la obligación de llevar los registros sanitarios y el plan de limpieza y desinfección.
  • Deja constancia de que las obligaciones laborales del personal son exclusivas de la organización administradora.

Preguntas frecuentes

¿La organización administradora se vuelve dueña del desembarcadero?

No. El convenio transfiere la gestión, no la propiedad. La infraestructura sigue siendo del titular público y por eso el documento prohíbe cederla, arrendarla o gravarla. Al terminar el plazo, todo debe devolverse mediante acta, con el inventario contrastado contra el de entrega.

¿Se puede cobrar a los pescadores por usar el muelle?

Sí, pero solo las tarifas aprobadas y por servicios efectivamente prestados: uso de muelle, hielo, cámara, sala de manipuleo. Cobrar montos distintos, exigir cuotas de afiliación como condición de acceso o negar el servicio a quien no pertenece a la organización son prácticas que justifican la resolución del convenio.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de convenio de administración de desembarcadero pesquero artesanal con organización de pescadores

¿El modelo de convenio de administración de desembarcadero pesquero artesanal con organización de pescadores es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/convenio-de-administracion-de-desembarcadero-pesquero-artesanal-con-organizacion-de-pescadores/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de convenio de administración de desembarcadero pesquero artesanal con organización de pescadores sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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